Diferencia entre revisiones de «Ciudadano»

De Wikipedia, la enciclopedia libre
Contenido eliminado Contenido añadido
Deshecha la edición 30213951 de 190.78.250.140 (disc.)
Línea 17: Línea 17:
Respecto del [[Derecho Administrativo]], ciudadano es toda persona no sujeta a una relación especial frente a la Administración (ya que si la tuviese pasaría a ser lo que se conoce como "interesado").
Respecto del [[Derecho Administrativo]], ciudadano es toda persona no sujeta a una relación especial frente a la Administración (ya que si la tuviese pasaría a ser lo que se conoce como "interesado").


== Véase también ==
Hahahahahaah Puraz Porkeriaz o vainaz lOkaaz xD
* [[Ciudadano del Universo]]

* [[Apátrida]]
FLOJOS VAIIAN A LA BIBLIOTECA
* [[Educación para la Ciudadanía]]
* [[Ciudadanía europea]]
* [[Ciudadano del mundo]]
* [[Ciudadano de segunda clase]]
* [[Ciudadanía digital]]
* [[Construcción de la Ciudadanía]]
* [[Ius sanguinis]] (''derecho de sangre'')
* [[Ius soli]] (''derecho del suelo'')
* [http://en.wikipedia.org/wiki/Civitas_sine_suffragio|Civitas sine suffragio]
* [[Múltiple nacionalidad]]
* [[Nacionalidad]]
* [[Naturalización]] (nacionalización)
* [[Ciudadanía en el Perú]]


== Bibliografía ==
== Bibliografía ==

Revisión del 04:48 1 oct 2009

Un ciudadano es un miembro de una comunidad política. La condición de miembro de dicha comunidad se conoce como ciudadanía, y conlleva una serie de deberes y una serie de derechos.

La ciudadanía se puede definir como "El derecho y la disposición de participar en una comunidad, a través de la acción autorregulada, inclusiva, pacífica y responsable, con el objetivo de optimizar el bienestar público."

Entre los más importantes derechos, destacan por su importancia los de participación en los beneficios de la vida en común. Además de la imprescindible participación política, mediante el derecho al voto, que es la seña de identidad de las democracias representativas predominantes en el mundo.

Entre los deberes, destacan la obligación de respetar los derechos de los demás, de contribuir al bien común respetar los valores predominantes - que incluyen el sentido de justicia y de equidad -, y otros que contribuyen a afirmar la tesitura social y la paz. En ese sentido, tanto más democrática es una sociedad cuanto más incluyente, es decir, cuanto más ciudadanos plenos la conforman.

El concepto de ciudadanía ha cambiado a lo largo de la historia occidental, haciéndose cada vez menos excluyente. En las democracias más antiguas, incluida la famosa democracia ateniense, en principio sólo eran considerados ciudadanos los varones (con la excepción del esclavo, del meteco y del extranjero) que tuvieran la capacidad de adquirir armas militares para defender la ciudad, siendo una de las principales virtudes del ciudadano poseer la capacidad de defender su "polis". Las mujeres, por su parte, tenían privado el derecho a todo tipo de participación en la vida política. Con el tiempo el requisito económico se tornó prescindible, ya que los trirremes (barcos atenienses impulsados a remo) eran movidos, justamente, por los remeros, quienes reclamaron sus derechos políticos por participar en la defensa de la polis. El concepto fue adquirido y desarrollado posteriormente por el Imperio Romano.

En las democracias actuales, tal como se conciben, normalmente tienen la condición de ciudadanos todos los hombres y mujeres mayores de edad (siendo la mayoría de edad fijada generalmente en los 18 años), aunque en algunos lugares, por razones excepcionales como es el caso de quienes han sido condenados por la justicia, se pierde dicha condición; de hecho, así sucede en algunos lugares de Estados Unidos.

En cuanto a su etimología, el término tiene su origen en ciudad, ya que originalmente esta era la unidad política más importante. Con el tiempo la unidad política pasó a ser el Estado, y hoy en día al referirnos a ciudadanos suele ser respecto de un determinado Estado (por ejemplo, ciudadanos españoles, o ciudadanos belgas o ciudadanos brasileños).

Respecto del Derecho Administrativo, ciudadano es toda persona no sujeta a una relación especial frente a la Administración (ya que si la tuviese pasaría a ser lo que se conoce como "interesado").

Véase también

Bibliografía