Diferencia entre revisiones de «Protección civil»

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# Articular un mecanismo que permita a los radioaficionados colaborar con la Dirección General de Protección Civil, asumiendo voluntariamente los deberes que, como ciudadanos, les corresponde en los casos en que su actuación se haga necesaria a juicio de las autoridades de Protección Civil.
# Articular un mecanismo que permita a los radioaficionados colaborar con la Dirección General de Protección Civil, asumiendo voluntariamente los deberes que, como ciudadanos, les corresponde en los casos en que su actuación se haga necesaria a juicio de las autoridades de Protección Civil.
# Facilitar a los radioaficionados españoles, integrados en la Red, su colaboración a nivel operativo y la coordinación entre ellos, así como la incorporación, en caso necesario, de aquellos otros radioaficionados que, no perteneciendo a la Red, sea necesario pedir su colaboración, actuando en ésta situación la Red como un sistema de encuadramiento funcional.
# Facilitar a los radioaficionados españoles, integrados en la Red, su colaboración a nivel operativo y la coordinación entre ellos, así como la incorporación, en caso necesario, de aquellos otros radioaficionados que, no perteneciendo a la Red, sea necesario pedir su colaboración, actuando en ésta situación la Red como un sistema de encuadramiento funcional.

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== Unidades de Apoyo ante Desastres (UAD) ==
== Unidades de Apoyo ante Desastres (UAD) ==

Revisión del 18:30 14 jun 2009

Emblema Internacional de Protección Civil, tal como se define en la constitución de la Organización Internacional de Protección Civil.

Según define la Organización Internacional de Protección Civil, la protección civil es el sistema por el que cada país proporciona la protección y la asistencia para todos ante cualquier tipo de catástrofe (entiéndase desastre) o accidente relacionado con esto, así como la salvaguarda de los bienes del conglomerado y del medio ambiente.

Historia

La Protección Civil nace el 12 de agosto de 1949 en el Protocolo 1 adicional al Tratado de Ginebra “Protección a las víctimas de los conflictos armados internacionales”, que es una de las disposiciones otorgadas para facilitar el trabajo de la Cruz Roja. Dicha disposición indica:

  1. Se entiende por Protección Civil el cumplimiento de algunas o de todas las tareas humanitarias que se mencionan a continuación, destinadas a proteger a la población contra los peligros de las hostilidades y de las catástrofes y a ayudarla a recuperarse de sus efectos inmediatos, así como a facilitar las condiciones necesarias para su supervivencia. Estas tareas son las siguientes:
    1. Servicio de alarma,
    2. Evacuación,
    3. Habilitación y organización de refugios,
    4. Aplicación de medidas de oscurecimiento,
    5. Salvamento,
    6. Servicios sanitarios, incluidos los de primeros auxilios, y asistencia religiosa;
    7. Lucha contra incendios;
    8. Detección y señalamiento de zonas peligrosas;
    9. Descontaminación y medidas similares de protección;
    10. Provisión de alojamiento y abastecimientos de urgencia;
    11. Ayuda en caso de urgencia para el restablecimiento y el mantenimiento del orden en zonas damnificadas;
    12. Medidas de urgencia para el restablecimiento de los servicios públicos indispensables;
    13. Servicios funerarios de urgencia;
    14. Asistencia para la preservación de los bienes esenciales para la supervivencia;
    15. Actividades complementarias necesarias para el desempeño de una cualquiera de las tareas mencionadas, incluyendo entre otras cosas la planificación y la organización.
  2. Se entiende por organismos de protección civil los establecimientos y otras unidades creados o autorizados por la autoridad competente de una Parte en conflicto para realizar cualquiera de las tareas mencionadas en el apartado a) y destinados y dedicados exclusivamente al desempeño de esas tareas.
  3. Se entiende por personal de organismos de protección civil las personas asignadas por una Parte en conflicto exclusivamente al desempeño de las tareas mencionadas en el apartado a), incluido el personal asignado exclusivamente a la administración de esos organismos por la autoridad competente de dicha Parte.
  4. Se entiende por material de organismos de protección civil el equipo, los suministros y los medios de transporte utilizados por esos organismos en el desempeño de las tareas mencionadas en el apartado a).

Su postulado básico es:

La Salvaguarda de la vida de las personas, sus bienes y el entorno

El 8 de junio de 1977, se adoptó, en Ginebra, el Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la Protección de las Víctimas de los Conflictos Armados Internacionales (Protocolo I).

El citado Protocolo fue aprobado por la Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión, el día 21 de diciembre de 1982, según Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 24 de enero de 1983, y promulgado el día 22 de diciembre de 1983.

El emblema internacional de Protección Civil se encuentra estipulado en el artículo No. 66 de dicho Protocolo, y dice:

Art. 66.- “El signo distintivo internacional de protección civil consiste en un triángulo equilátero azul sobre fondo color naranja, cuando se utilice para la protección de los organismos de protección civil, de su personal, sus edificios y su material o para la protección de refugios civiles”.

El símbolo de Protección Civil

En el año de 1949, justo cuando la Liga de las Naciones, a la que pertenecía la Cruz Roja, debatía por la implementación de las tareas de Protección Civil, a través de un cuerpo de carácter civil y ya contemplado en el postulado básico de la misma, se lanza una convocatoria para buscar un distintivo que permitiera el reconocimiento de esta disciplina a nivel mundial.

Muchas naciones participan y es la de Israel la que gana con el símbolo de la Estrella de David enmarcada en un círculo de color anaranjado dentro de un cuadrado de color amarillo.,como no cumplía con el requisito de representar a un organismo neutral, apolítico y laico, sufre algunas modificaciones, las que a continuación se detallan:

La Estrella de David se modificó, ya que sólo representaba a un pueblo, y lo más importante, a una religión, cosa que Protección Civil no puede admitir por ser imparcial. Por esta razón es modificada, dejando sólo el triángulo superior.

Los colores y la simbología representan lo siguiente:

Triangulo de Color Azul: simboliza la prevención, ya que el azul es un color que proporciona tranquilidad y protección (de ahí que los cuerpos policiacos lo utilizen), al mismo tiempo el triángulo en todas las religiones representa al ser supremo o energía protectora, por lo que los países con una fuerte influencia religiosa dentro de su vida cotidiana, no opusieron inconveniente alguno en aceptarlo.

Cada lado del triangulo representa a cada fuerza (en el Distrito Federal) que reviene o atiende una emergencia, es decir, el Gobierno, los grupos voluntarios y la población en general, siempre en la base, ya que se rebasará la capacidad de respuesta de cualquier organismo por el simple hecho de estar en el lugar de la contingencia. Por lo que es la principal inquietud de Protección Civil el orientarlos para que adopten medidas de autoprotección que al mismo tiempo nos ayuden a las instituciones para brindar una mejor atención a la ciudadanía.

Círculo Anaranjado: este color representa la aceleración del metabolismo y mantiene en alerta a la persona, además de proporcionar a quien lo porta visibilidad, impidiendo accidentes por falta de la misma. Este color representa al DURANTE.

El Cuadro Amarillo: Este color al final fue desechado, pero quizá sea el que más contenido tenga o el que más hable al respecto de la actitud de las personas, ya que representa al DESPUES en un sentido complejo, para aclarar la idea es mejor que se haga referencia al semáforo, en el que el amarillo (ámbar) al parpadear indica una señal de preventiva, pero en realidad indica una señal de alerta sobre un peligro inminente. De ahí que se tenga que estar alerta de las consecuencias de un problema dado.

Características

En rasgos generales podemos concretar que la protección civil es la gestión de los servicios de emergencias de un país, extendida a todos los niveles, e involucrando a todas las partes.

Sin embargo, se entiende como protección civil en el sentido estricto a los cuerpos específicos encargados de proteger a los ciudadanos de un país ante catástrofes de cualquier tipo, sean de proveniencia humana o natural.

Los organismos que regulan la protección civil suelen, además, definir una forma de participación ciudadana por la que se tenga a un grupo de personas preparadas para actuar ante catástrofes, en apoyo a los servicios de emergencias asalariados, y que sirvan como responsables en la organización de la ayuda ciudadana. En España estos colectivos se estructuran como Agrupaciones Municipales de Voluntarios de Protección Civil, gestionadas por los respectivos ayuntamientos.

Agrupaciones Locales de Voluntarios de Protección Civil

Son organismos locales formados en exclusiva por voluntarios o empleados del Ayuntamiento, cuyas funciones son las siguientes:

Prevención

  1. Colaborar en los estudios de riesgos de la localidad preferentemente orientados a edificios, locales y establecimientos de pública concurrencia.
  2. Colaboración y apoyo en la confección y divulgación de los planes de autoprotección de dichos centros.
  3. Colaboración en la elaboración y mantenimiento de los planes territoriales municipales y planes de actuación municipal frente a riesgos específicos.
  4. Confección y realización de campañas de información y divulgación a la población afectada por los distintos riesgos, cumpliendo con las directrices dadas por el Ayuntamiento.
  5. Participación en dispositivos operativos de carácter preventivo (en grandes concentraciones humanas, vigilancia forestal, etc.), siempre coordinados por el servicio competente que corresponda.

Intervención

  1. Apoyo a los servicios operativos de emergencia a requerimiento de los mismos.
  2. Colaborar en la atención a afectados en emergencias (evacuación, albergue, abastecimiento...), siempre coordinados por el servicio que corresponda.

Asociaciones de Voluntarios de Protección Civil

Similares a las agrupaciones (también están formadas por voluntarios) son organizaciones no gubernamentales, ONG´s, no dependen de los ayuntamientos, suelen tener convenios de colaboración con las administraciones municipales, provinciales o autonómicas para realizar las mismas funciones que las Agrupaciones.

Voluntarios de Protección Civil

Pueden formar parte de una Agrupación o asociación de Protección Civil todas aquellas personas mayores de edad o menores con autorización, que estén dispuestos a colaborar en las actividades propias de los servicios de protección civil.

La relación que tienen los voluntarios con el municipio se entiende que es gratuita y desinteresada, aun así el voluntario tiene derecho a estar asegurado contra los posibles riesgos.

Red Radio de Emergencia REMER

La Red Radio de Emergencia, como Red complementaria de la Red Radio de Mando de la Dirección General de Protección Civil, es la organización estructurada en el ámbito territorial nacional, constituida por la radioafición española que presta su colaboración a los servicios oficiales de Protección Civil al ser requerida para ello, cuando circunstancias excepcionales lo justifiquen, vinculándose voluntariamente y de modo altruista a la Dirección General de Protección Civil, una vez seguidos los trámites establecidos por la misma.

Objetivos de la REMER:

  1. Constituir un sistema de radiocomunicación sobre la base de recursos privados que facilite, cuando sea necesario, la actuación de los de naturaleza pública de la Red Radio de Mando de Protección Civil, complementándola o sustituyéndola, según los casos.
  2. Articular un mecanismo que permita a los radioaficionados colaborar con la Dirección General de Protección Civil, asumiendo voluntariamente los deberes que, como ciudadanos, les corresponde en los casos en que su actuación se haga necesaria a juicio de las autoridades de Protección Civil.
  3. Facilitar a los radioaficionados españoles, integrados en la Red, su colaboración a nivel operativo y la coordinación entre ellos, así como la incorporación, en caso necesario, de aquellos otros radioaficionados que, no perteneciendo a la Red, sea necesario pedir su colaboración, actuando en ésta situación la Red como un sistema de encuadramiento funcional.

Unidades de Apoyo ante Desastres (UAD)

Las Unidades de Apoyo ante Desastres (UAD) son grupos de profesionales adecuadamente organizados y equipados, para realizar, de forma voluntaria y altruista, determinadas actividades de protección a personas afectadas por catástrofes, tanto en territorio español, como fuera del mismo.

Las Unidades de Apoyo ante Desastres (UAD) constituyen actualmente una línea estratégica de la política española en materia de protección civil. No obstante, no suponen una iniciativa aislada, sino que responden asimismo a proyectos en marcha en el contexto internacional, tanto a nivel de la Organización de Naciones Unidas (OCHA), como de la Unión Europea (Mecanismo Europeo de Coordinación de Protección Civil en Emergencias).

Principios básicos de las UAD:

  1. Constitución, mediante la adecuación a la actividad prevista, de medios materiales y humanos y existentes.
  2. Actuación en emergencias ocurridas en territorio español y fuera del mismo, cuando se produce un requerimiento para ello.
  3. Actuación según directrices de la autoridad en cada caso competente.
  4. Capacidad de respuesta inmediata, con un tiempo de "puesta en disposición de actuar" no superior a seis horas, desde el requerimiento de movilización.
  5. Alta especialización en alguna de las funciones de las necesarias para la protección de la población en caso de catástrofe.
  6. Adecuado equipamiento para el desempeño de sus funciones con la mayor eficacia posible.
  7. Autosuficiencia completa, de al menos setenta y seis horas, en el área de operaciones.
  8. Permanencia por tiempo limitado en el lugar de operaciones (por lo general entre una semana y quince días).
  9. Organización jerarquizada con unidad de mando operativo.
  10. Actuación planificada y con procedimientos operativos, compatibles y, en su caso, homogéneos.


Técnicos de Proteccion Civil

Es un servicio municipal que viene reflejado por la Ley de Bases de Régimen Local (LRBL) en su artículo 25.c en el que da las competencias a los ayuntamientos en materia de Protección Civil de mas de 20.000 habitantes como apostilla el art.29. Esto unido a que los ayuntamientos por Norma Básica de Autoproteccion 393/2007 dice que los ayuntamientos deben visar los planes de autoprotección y que esto conlleva que con mas de 20.000 habitantes deben tener un plan de emergencia territorial nos da la figura de los técnicos de proteccion civil, no confundir con jefe de agrupaciones. Sus funciones son:

-Crear los planes de emergencia muncipales -Crear los planes de autoprotección de los edificios municipales -Visar junto con el departamento de arquitectura los planes de autoproteccion que les presenten al ayuntamiento. -Asesorar al alcade y concejales. -Reunir la Comisión de Proteccion Civil local -Crear el mapa de riesgos municipal -Crear el catálogo de recursos movilizables -Diseñar los planes de formación para la agruapción de voluntarios -Emitir informes -Estudiar sucesos -crear convenios con otras instituciones.

Proteccion Civil en México

En México se cuenta con una dependencia gubernamental que coordina las labores de en materia de protección civil, la Coordinación General de Protección Civil de la Secretaria de Gobernación del gobierno federal que tiene a su cargo a la Dirección General del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN) y al Centro Nacional de Prevención de Desastres, organismos creados para dar atención a las situaciones de emergencia y apoyar a las obras y acciones que sean necesarias para mitigar los desastres producidos por fenómenos naturales, así como para prevenir, alertar y fomentar la cultura de autoprotección para reducir el riesgo de la población ante fenómenos naturales y antropogénicos que amenacen sus vidas, bienes y entorno a través de la investigación, monitoreo, capacitación y difusión.


El Fonden cuenta con 4 instrumentos financieros para la atención de situaciones de emergencia y de desastre generadas por eventos naturales. Estos instrumentos son:

  • FIPREDEN / FOPREDEN: Para realizar acciones y programas preventivos, de difusión o acciones de mitigación de riesgos;
  • Fondo Revolvente FONDEN: Para dar auxilio a la población afectada cuando se presenta un fenómeno perturbador;
  • FONDEN: para llevar a cabo labores de reconstrucción y restablecimiento de las zonas afectadas y declaradas en situación de desastre.

Véase también

Enlaces externos

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