Ir al contenido

Cortes del Reino de Aragón

De Wikipedia, la enciclopedia libre
Esta es una versión antigua de esta página, editada a las 19:53 5 nov 2013 por Franxo (discusión · contribs.). La dirección URL es un enlace permanente a esta versión, que puede ser diferente de la versión actual.
Iglesia de Santa María de Monzón, donde se reunieron las Cortes en varias ocasiones.[1]

Las Cortes de Aragón durante la Edad Media y el Antiguo Régimen eran la representación estamental del reino de Aragón, y ejercían un importante papel en la vida política ante el rey de Aragón.

Funciones y composición

En comparación con las demás Cortes de los reinos cristianos peninsulares, las Cortes de Aragón tenían funciones similares a las del resto de la Corona de Aragón (Cortes catalanas, Cortes valencianas), y mucho más importantes que las Cortes de Castilla. Se sustentaban en una concepción pactista de las relaciones entre rey y reino, que se pretendía justificar con los míticos Fueros de Sobrarbe (Jerónimo de Blancas, Juan Francisco de Uztarroz).

Jerónimo Martel, Forma de celebrar Cortes en Aragón, Zaragoza, Diego Dormer, 1641.

Se componían no por tres brazos (como era usual, uno por cada estamento), sino por cuatro: barones y ricoshombres (alta nobleza), caballeros e hidalgos o infanzones (baja nobleza), universidades o concejos (las ciudades) y el clero (que no se convoca hasta 1301). Cada brazo se reunía por separado y redactaba sus greuges (quejas) tras escuchar el discurso de intenciones del rey y la respuesta de bienvenida de uno de los obispos. Los representantes habían de ser regnícolas (algún foráneo fue admitido por ser heredado en el reino, como Guillem de Montcada) y varones (desde 1387, las mujeres podían ser representadas por un varón). Además de atender los posibles agravios o greuges, las Cortes tenían la función primordial de obtener recursos para la monarquía; en principio para financiar las guerras, pero con el tiempo, también para otros gastos extraordinarios, como coronaciones o matrimonios regios. Asimismo, podrán ser tratados los agravios hechos a la propia realeza. Por último, tenían capacidad para legislar, si bien esta competencia la podía ejercer el rey siempre al margen de la convocatoria de Cortes, y habitualmente sirvieron para tratar de resolver conflictos de legislaciones (o fueros) y privilegios.

La figura predominante en las Cortes era el Justicia de Aragón (instituido en la asamblea de Ejea de los Caballeros de 1265), que se sentaba en medio, en las gradas del solio real; prelación protocolaria que se protestaba por catalanes y valencianos cuando las cortes se reunían conjuntamente. Una de las funciones del Justicia era constatar las ausencias, que si se prolongaban más allá del plazo legal o no se justificaban (por alguna dificultad, como la crecida de los ríos o la inseguridad de las bandosidades) producían la declaración de contumacia, pero su principal ocupación inicialmente fue juzgar las diferencias surgidas entre el rey y los estamentos, y con el tiempo llegó a obtener capacidades de armar tropas para la defensa del Reino y los fueros.

La Diputación del General del Reino de Aragón o Generalidad de Aragón ejercía como institución permanente entre las convocatorias de Cortes, de modo similar a las Generalidades de los otros territorios de la Corona de Aragón.

Historia

Existen dos corrientes historiográficas en torno al arranque de la institución de las Cortes propiamente dichas. José María Lacarra, Jesús Lalinde Abadía o Antonio Ubieto Arteta consideran Cortes a las asambleas reunidas en el siglo XIII e incluso en fechas anteriores, mientras que Luis González Antón o Esteban Sarasa Sánchez piensan que solo a partir de las Cortes de 1283, forzadas por la Unión de Aragón para hacer valer sus privilegios nobiliarios, comienza esta institución, siendo las anteriores reuniones de la Curia real asambleas parciales donde fundamentalmente el rey buscaba consejo con los nobles, pero sin el carácter de parlamento estamental que tendría en el futuro.[2]

Según González Antón, hasta la reunión de nobles con Pedro III el Grande en 1283, en que se acuerda «hacer corte general de aragoneses» en el contexto de las reivindicaciones que dieron lugar a los acuerdos del Privilegio General de la Unión, las asambleas del rey con su curia de ricoshombres (la alta nobleza), en ocasiones con participación de representantes de ciudades o villas, y sin presencia de estamento eclesiástico, no pueden ser consideradas, ni en Aragón ni Cataluña, cortes en el sentido de asambleas regladas del rey con sus brazos (o estamentos), que incluirían posteriormente, en Aragón, el de caballeros (nobleza no aristocrática) y universidades (representación de las ciudades y principales villas de realengo). Es en 1283 cuando nacen, propiamente dichas, en el reino de Aragón, el condado de Barcelona y el reino de Valencia, con pocas semanas de diferencia, la reuniones llamadas Cort o Curia que serán conocidas a partir del siglo XIV (1316) con el nombre de Cortes.[3]

Actos de Cortes del Reino de Aragón, Zaragoza, Herederos de Pedro Lanaja, 1664.

Antes del divorcio de la primera mujer de Jaime I de Aragón no existe distinción entre corte de los aragoneses y de los catalanes. Las que tienen lugar en Zaragoza o Huesca son conjuntas y convocan a aragoneses y catalanes; las celebradas en Barcelona o en Tortosa son exclusivas de Cataluña. También son conjuntas las de Monzón y Lérida. Posteriormente Jaime I planea dividir territorialmente sus posesiones al proyectar el reparto entre sus herederos, y se valió de las distintas cortes para fijar los límites entre Aragón y de Cataluña, sin que esto signifique la creación de cortes nacionales.[4]​ En general, durante el reinado de Jaime I no hay asambleas separadas de aragoneses y catalanes. Aunque en general es más común que los catalanes estén presentes en las cortes aragonesas que al contrario, no hay relación en esta época entre representantes en cortes y territorios, y no aparece por el momento la necesidad de guardar un equilibrio en en estas reuniones.[5]

Se decidió que las cortes se celebraran anualmente desde las cortes convocadas a instancias de los ricoshombres de Aragón en las cuales se acuerda el Privilegio General (Pedro III, 1283), desde 1307 bianualmente y desde 1311 trianualmente; pero nunca se llevó a la práctica esta periodicidad.[6]​ Inicialmente se acordó que se reunieran en Zaragoza, pero la conveniencia para los reyes de convocar conjuntamente las cortes aragonesas junto con las de sus otros territorios, llevó a convocarlas en un punto intermedio: Monzón, que además tenía la ventaja de que, aunque estaba situado en Aragón, era protocolariamente reivindicado como catalán por estar a la derecha del Cinca. Así sucede, por ejemplo, en las de 1362-1363, en que Pedro IV de Aragón convoca a aragoneses, catalanes, valencianos y mallorquines para obtener fondos extraordinarios con que financiar la guerra contra su homónimo castellano.[7]​ Hay algunas protestas valencianas por ser tener que salir de su reino; cuestión que se salvaba reuniéndose previamente cada asamblea en una población próxima de su jurisdicción (catalanes en Tortosa, valencianos en San Mateo y aragoneses en Valderrobles). En dos ocasiones (1383 y 1435) incluso fueron convocadas allí cortes mallorquinas.[4]

En todo caso, será en el reinado de Jaime II de Aragón cuando la institución de las Cortes se consolide de modo regulado: se fijaba una corte cada dos años (periodicidad que también se incumplió, ya que en todo caso su convocatoria se consideraba una prerrogativa exclusiva del rey), quedó dividido en dos el estamento nobiliario (ricoshombres y caballeros, asentándose la tradicional división en cuatro brazos de la corte aragonesa), se incorporó el brazo eclesiástico y se convocó por primera vez a las comunidades de aldeas, que agrupaban conjuntos de poblaciones con independencia de las ciudades a las que estaban ligadas.[8]​ Con el tiempo se regularizarían en las comunidades de aldeas de Calatayud, Daroca y Teruel.

Con Pedro IV se produce otra reivindicación de los privilegios de la Unión, pero será sofocada en el ámbito político y en el campo de batalla (con la victoria de Épila) por el Ceremonioso en 1348. A partir de la década de 1360 Pedro IV se verá forzado a convocar Cortes asiduamente para obtener fondos con que sostener la guerra con Pedro I de Castilla, lo que le llevó a crear el impuesto de las generalidades, germen de las posteriores Diputaciones del General, que se convertirían con el tiempo en instituciones con poder político propio, beneficiadas por su carácter permanente.[9]

La prolongada ausencia de Alfonso V el Magnánimo, radicado en Nápoles, perjudicó el normal funcionamiento de esta institución y revalorizó, por contra, el papel de las Generalidades, convertidas poco a poco en parlamentos con capacidad decisiva en el ámbito político. Así y todo, Alfonso V convocó cortes en ocho ocasiones. Juan II de Aragón lo haría seis veces y Fernando II once, mayormente en Monzón o lugares cercanos a Castilla y dotadas de carácter general para todos los Estados de la Corona.[10]

Las cortes aragonesas existieron hasta 1707, cuando Felipe V las suprimió con los Decretos de Nueva Planta. Un número determinado de procuradores aragoneses se reunían junto a los de los otros reinos de la Corona de Aragón y los de las ciudades con voto de las Cortes de Castilla, siguiendo con los usos y costumbres de éstas. Se ha propuesto interpretar la selección de las ciudades aragonesas a las que se concedió el derecho al voto como una correspondencia a un mayor apoyo al bando borbónico en la Guerra de Sucesión española. Fueron Zaragoza, Tarazona, Calatayud, Borja y Fraga. Por su parte, el reino de Valencia sólo tuvo dos votos: Valencia y Peñíscola; mientras que Cataluña tuvo los de Barcelona, Tarragona, Lérida, Gerona, Tortosa y Cervera. En 1773 se amplió la representación en Cortes concediendo el voto a la ciudad aragonesa de Teruel.

En cualquier caso, las reuniones de cortes fueron solamente dos durante el siglo XVIII: 1713 y 1789, ambas en Madrid. Las Cortes de Cádiz de 1810 se efectuaron con un criterio completamente distinto, propio del parlamentarismo de la Edad Contemporánea. La última reunión de Cortes propia del Antiguo Régimen se hizo en 1833 para jurar como princesa de Asturias a Isabel II.

Listado de Cortes

Blasón de Fernando II de Aragón en la Aljafería.
Rey Año Lugar
Alfonso II de Aragón 1164 Zaragoza
1196 Daroca
Jaime I de Aragón 1221 Huesca
1227 Almudévar
1228 Daroca
1233 Zaragoza
1236 Monzón
1247 Huesca
1250 Alcañiz
1264 Zaragoza
1265 Ejea de los Caballeros
Pedro III de Aragón 1283 Zaragoza
1285 Huesca y Zuera
Alfonso III de Aragón 1286 Zaragoza
1289 Monzón
Jaime II de Aragón 1293 Zaragoza
1300 Zaragoza
1304 Zaragoza
1307 Alagón
1311 Daroca
1314 Huesca
1316 Zaragoza
1320 Zaragoza
1325 Zaragoza
Pedro IV de Aragón 1348 Zaragoza
1352 Zaragoza
1363 Monzón
1363 Calatayud
1364 Zaragoza
1375 Tamarite de Litera
1381 Zaragoza
Juan I de Aragón 1390 Monzón
Martín I de Aragón 1398 Zaragoza
1404 Maella
- 1412 Compromiso de Caspe
Fernando I de Aragón 1414 Zaragoza
Alfonso V de Aragón 1423 Maella
1436 Alcañiz
1441 Alcañiz
1442 Alcañiz
1446 Alcañiz
1447 Zaragoza
1451 Calatayud
Fernando II de Aragón 1493 Zaragoza
1495 Tarragona
1510 Monzón
1515 Calatayud
Carlos I de España 1519 Zaragoza
1523 Monzón
1528 Monzón
1533 Monzón
1537 Monzón
1542 Monzón
1553 Monzón
Felipe II de España 1564 Monzón
1592 Tarazona
Felipe IV de España 1626 Barbastro
1646 Zaragoza
Carlos II de España 1677 Calatayud
1686 Zaragoza
Carlos VI del Sacro Imperio Romano Germánico 1701 Barcelona
1702 Zaragoza
1706 Barcelona

Véase también

Referencias bibliográficas

  1. Monzón en GEA.
  2. Sarasa Sánchez, El Privilegio General de Aragón. La defensa de las libertades aragonesas en la Edad Media, 1984, pág. 17.
  3. González Antón, «Los Fueros, las Cortes y el Justicia de Aragón», 2000, pág. 123; y Las Cortes de Aragón, 1978, pág. 77.
  4. a b Voz «Cortes de Aragón», Gran Enciclopedia Aragonesa en línea.
  5. González Antón, Las Cortes de Aragón, 1978, págs. 52-53.
  6. González Antón, «Los Fueros, las Cortes y el Justicia de Aragón», 2000, págs. 123-124.
  7. Sarasa Sánchez, Las Cortes de Aragón en la Edad Media, 1979, pág. 46.
  8. González Antón, cap. cit., 2000, pág. 124.
  9. González Antón, cap. cit., 2000, págs. 124-125.
  10. González Antón, cap. cit., 2000, pág. 125.

Bibliografía

Enlaces externos