Anexo:Ministerios del Poder Popular de Venezuela
Los ministerios del poder popular de Venezuela son los órganos administrativos de primer nivel que integran el poder ejecutivo de Venezuela cuya misión es la formulación, adopción, seguimiento y evaluación de las políticas, estrategias, programas y proyectos en las materias de su competencia y sobre las cuales ejercen su rectoría,[1] de conformidad con la Constitución y las leyes de la República.
La ley orgánica de la Administración Pública no establece la cantidad de ministerios que componen el gobierno, por lo que el número de ministerios se define a discreción de presidente,[2] así como el nombramiento y remoción de los titulares de cada uno de estos ministerios.
Tradicional e históricamente el nombre oficial de cada ministerio se componía del área que abarcaban sus competencias. Sin embargo, a partir del segundo gobierno de Hugo Chávez, los ministerios pasaron a denominarse "Ministerio del Poder Popular" para cada una de las áreas temáticas de sus respectivas competencias.
Ministros
[editar]Los ministros son la primera autoridad de cada uno de los ministerios que componen el Gobierno Nacional. Los ministros son electos por el presidente de la República bajo un sistema de libre nombramiento y remoción. Los ministros podrán ser sometidos a una moción de censura por parte de la Asamblea Nacional que, de ser aprobada por al menos las tres quintas partes de la cámara, significaría la destitución del ministro y la imposibilidad de ejercer el cargo de ministro o Vicepresidente Ejecutivo por el resto del período presidencial en curso.
Según el artículo 244 de la Constitución, para ser ministro o ministra se requiere poseer la nacionalidad venezolana y ser mayor de veinticinco años, con las excepciones establecidas en la misma constitución. Además, los ministros son responsables de sus actos de conformidad con la Constitución y la ley, y deben presentar ante la Asamblea Nacional, dentro de los primeros sesenta días de cada año, una memoria razonada y suficiente sobre la gestión del despacho en el año inmediatamente anterior.
Organización ministerial
[editar]El cuadro organizativo de los ministerios se rige por la Ley Orgánica de la Administración Pública[1] y el Decreto sobre Organización General de la Administración Pública Nacional,[3] en el marco de las funciones y potestades del poder ejecutivo recogidas en la Constitución.
Potestad del Presidente de la República
[editar]El Presidente o Presidenta de la República, en su carácter de Jefe del Gobierno y del Ejecutivo Nacional, dirige la acción del Gobierno y de la Administración Pública Nacional,[4] y es titular de la potestad organizativa para determinar, mediante decreto, el número, denominación, materias de competencia y organización de los ministerios, así como sus entes adscritos, con base en parámetros de adaptabilidad de las estructuras administrativas a las políticas públicas que desarrolla el Poder Ejecutivo Nacional, de acuerdo a los principios de la Ley Orgánica de Administración Pública. Las atribuciones específicas y las actividades particulares de cada ministerio son establecidas en el reglamento orgánico respectivo.[1]
El nombramiento y remoción de los ministros le compete al Presidente o Presidenta de la República, mediante decreto. El Vicepresidente o Vicepresidenta Ejecutiva de la República tiene la atribución constitucional de proponer al Presidente el nombramiento y remoción de los ministros y ministras. La Asamblea Nacional también puede remover a los ministros, mediante la aprobación de una moción de censura, que requiere la mayoría calificada de las tres quintas partes de los diputados y diputadas presentes en la sesión.[4]
El Presidente o Presidenta de la República también puede nombrar ministros y ministras de Estado, sin asignarles despacho determinado, los cuales, además de participar en el Consejo de Ministros, asesorarán al Presidente y al Vicepresidente Ejecutivo en los asuntos que les sean asignados.[4]
Dirección estratégica de los ministerios
[editar]Los ministros y ministras tienen a su cargo la suprema dirección de los ministerios, con la inmediata colaboración de los viceministros y viceministras, y los órganos de apoyo ministerial. Los viceministros y viceministras son funcionarios de libre nombramiento y remoción, designados por el presidente o presidenta de la República, de acuerdo a la propuesta del ministro o ministra respectivo.[1] La junta ministerial está conformada por el ministro o la ministra y sus viceministros y viceministras, a quienes corresponde la planificación y coordinación estratégica del ministerio, así como la rectoría de las políticas públicas del sector que les compete, con el apoyo de una unidad estratégica de seguimiento y evaluación.
Organización interna de los ministerios
[editar]Cada ministerio está integrado por el despacho del ministro o ministra, los despachos de los viceministros y viceministras, y las demás unidades y dependencias administrativas. El reglamento orgánico del ministerio determina el número y materias de competencia de los viceministros y viceministras, y de los órganos de apoyo ministerial.[1] La estructura orgánica y funcional de cada ministerio está distribuida en tres niveles:[3]
- Nivel de apoyo: está conformado por las oficinas y direcciones que ejercen las atribuciones para el funcionamiento administrativo y operativo.
- Nivel sustantivo: integrado por los despachos de los viceministros y viceministras, direcciones generales, direcciones y divisiones, que ejercen las atribuciones de carácter específico, relativas al ámbito de competencia material asignado mediante decreto.
- Nivel de desconcentración territorial: comprende las unidades que ejercen la representación regional, estadal, municipal o comunal.
Ministerios de Estado
[editar]El Presidente o Presidenta de la República podrá nombrar ministros y ministras de Estado, los cuales, además de participar en el Consejo de Ministros, asesorarán al Presidente o Presidenta de la República y al Vicepresidente o Vicepresidenta Ejecutiva en los asuntos que les fueren asignados. Los ministros y ministras deberán rendir cuenta a la Asamblea Nacional de manera semestral.
Consejo de Ministros
[editar]El Consejo de Ministros es un órgano colegiado de dirección política y estratégica de la Administración Pública Nacional,[5] que reúne al Gabinete Ejecutivo compuesto por el presidente de la República, el vicepresidente Ejecutivo, y los ministros, para someter a su conocimiento, consideración, aprobación y refrendación las diversas decisiones del Ejecutivo Nacional que requieren ser tratadas en esta instancia según se establece en la Constitución y las leyes de la República.
El Consejo de Ministros es presidido por el Presidente de Venezuela, quien puede autorizar al Vicepresidente Ejecutivo para que presida las reuniones y, en este caso, las decisiones adoptadas deben ser ratificadas por el presidente. El Vicepresidente Ejecutivo y los ministros son solidariamente responsables con el presidente de la República de las decisiones adoptadas en las reuniones del Consejo de Ministros a que hubieren asistido, salvo que hagan constar su voto negativo o salvado.
Además del Vicepresidente Ejecutivo, el presidente de la República puede reorganizar el Consejo de Ministros según lo considere en función de las necesidades y objetivos del Ejecutivo Nacional. Actualmente, existen las vicepresidencias sectoriales, ejercidas por algunos ministros, para asegurar la coordinación de determinados ministerios en el seno del Consejo de Ministros, en función de las áreas de sus competencias. El Decreto sobre Organización General de la Administración Pública Nacional establece la organización, número, denominación y materias de competencia de cada vicepresidencia sectorial.
Adicionalmente, el presidente de la República designa al Secretario Permanente del Consejo de Ministros, quien tiene a su cargo la oficina de secretaría que organiza, tramita y ordena las publicaciones en la Gaceta Oficial de Venezuela, así como la gestión del apoyo técnico, logístico y administrativo.
Adicionalmente al Presidente, el Vicepresidente Ejecutivo y los ministros, el Procurador General también asiste al Consejo de Ministros, pero sólo con derecho a voz.
Composición actual del Consejo de ministros (2019-2025)
[editar]El Consejo de Ministros está actualmente compuesto por el gobierno de Nicolás Maduro (2019-2025). Actualmente el Consejo de Ministros se compone por 37 funcionarios: el presidente de la República, la Vicepresidenta Ejecutiva, 33 Ministros y Ministras del Poder Popular, 1 Ministro de Estado, el Secretario del Consejo y el Procurador General de la República (este último sin derecho a voto)
Sector | Cargo | Titular | Nombramiento | Web Oficial |
---|---|---|---|---|
Presidente de la República y Presidente del Consejo de Ministros | Nicolás Maduro | 5 de marzo de 2013 | ||
Vicepresidenta Ejecutiva de la República y Vicepresidenta del Consejo de Ministros[6] | Abg. Delcy Rodríguez | 14 de junio de 2018 | [1] | |
Economía | Vicepresidencia Sectorial de Economía | Econ. José Félix Rivas Alvarado[7] | 23 de octubre de 2023 | |
Ministerio del Poder Popular para la Industria y Producción Nacional | Alex Saab | desde el 18 de octubre de 2024 | [2] | |
Ministerio del Poder Popular de Petróleo | Abg. Delcy Rodríguez | desde el 27 de agosto de 2024 | [3] | |
Ministerio del Poder Popular para la Economía, Finanzas y Comercio Exterior | Anabel Pereira Fernández[8] | desde el 27 de agosto de 2024 | [4] | |
Ministerio del Poder Popular para la Agricultura Productiva y Tierras | Menry Fernández.[8] | desde el 27 de agosto de 2024 | [5] | |
Ministerio del Poder Popular para la Pesca y Acuicultura | Econ.[9] Juan Carlos Loyo | 22 de abril de 2022[10] ratificado agosto 2024[8] | [6] | |
Ministerio del Poder Popular para la Agricultura Urbana | Ángel Prado [8] | desde el 27 de agosto de 2024 | [7] | |
Ministerio del Poder Popular para la Alimentación | M/G retirado (EB) Carlos Leal Tellería | 15 de abril de 2019[11] ratificado agosto 2024[8] | [8] | |
Ministerio del Poder Popular para el Desarrollo Minero Ecológico | Héctor Silva | desde el 27 de agosto de 2024[8] | [9] | |
Ministerio del Poder Popular para el Comercio Nacional | Tcnl. retirado (GNB) Luis Antonio Villegas Ramírez | 3 de febrero de 2024 ratificado agosto 2024[8] | [10] | |
Planificación | Vicepresidencia Sectorial de Planificación | Lcdo.[12] Ricardo Menéndez | 14 de junio de 2018 | |
Ministerio del Poder Popular para la Planificación | 17 de junio de 2014[13] | [11] | ||
Social y Territorial | Vicepresidencia Sectorial para el Socialismo en lo Social y Territorial | |||
Ministerio del Poder Popular de Deporte | Lcdo. Arnaldo Sánchez Pérez | actual Ministro 2024 | ||
Ministerio del Poder Popular de la Juventud | Grecia Colmenares[8] | desde el 27 de agosto de 2024 | ||
Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo | Abg.[14] Francisco Torrealba .[15] | 16 de mayo de 2022 | [12] | |
Ministerio del Poder Popular para Hábitat y Vivienda | G/D (GNB) Raúl Alfonso Paredes[8] | desde el 27 de agosto de 2024 | [13] | |
Ministerio del Poder Popular para las Comunas y los Movimientos Sociales | Ángel Prado[8] | desde el 27 de agosto de 2024 | [14] | |
Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indígenas | Lcda. Clara Vidal | 9 de febrero de 2022[16] ratificado agosto 2024[8] | [15] | |
Ministerio del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género | Jhoana Carrillo | desde el 27 de agosto de 2024 | [16] | |
Ministerio del Poder Popular Para los Adultos Mayores | José Vicente Olmos Iguaro | 29 de mayo de 2024 [17] | ||
Ciencia, Tecnología, Educación y Salud | Vicepresidencia Sectorial para Ciencia, Tecnología, Educación y Salud | Héctor Rodríguez Castro[8] | desde el 27 de agosto de 2024 | |
Ministerio del Poder Popular para la Educación | desde el 27 de agosto de 2024 | [17] | ||
Ministerio del Poder Popular para la Ciencia y la Tecnología | M.Sc.[18] Gabriela Jiménez Ramírez | 6 de junio de 2019[19] | [18] | |
Ministerio del Poder Popular para la Salud | Abog.[20] Magaly Gutiérrez Viña | 9 de febrero de 2022[21] | [19] | |
Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria | Ricardo Sánchez (político) | desde el 27 de agosto de 2024 | ||
Soberanía, Política, Seguridad y Paz | Vicepresidencia Sectorial para Soberanía Política, Seguridad y Paz | Gral. en Jefe Vladimir Padrino López | 21 de junio de 2017[22] ratificado agosto 2024[8] | |
Ministerio del Poder Popular para la Defensa | 3 de septiembre de 2014[23] ratificado agosto 2024[8] | [20] | ||
Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno[24] | Contralmirante Aníbal Coronado | desde el 27 de agosto de 2024[8] | [21] | |
Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores | Ing. Yván Gil | 6 de enero de 2023 | [22] | |
Seguridad Ciudadana | Vicepresidencia Sectorial de Seguridad Ciudadana | Tte. retirado (EB) Diosdado Cabello | desde el 27 de agosto de 2024[25] | |
Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz | [23] | |||
Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario | Julio García Zerpa[8] | desde el 27 de agosto de 2024 | [24] | |
Comunicación, Cultura y Turismo | Vicepresidencia Sectorial de Comunicación, Cultura y Turismo | Lcdo. Freddy Ñáñez | 20 de octubre de 2020[26] | |
Ministerio del Poder Popular para la Comunicación e Información | 4 de septiembre de 2020[27] | [25] | ||
Ministerio del Poder Popular para el Turismo | Leticia Gómez[8] | desde el 27 de agosto de 2024 | [26] | |
Ministerio del Poder Popular para la Cultura | Lcdo. Ernesto Villegas | 3 de noviembre de 2017[28] | [27] | |
Obras Públicas y Servicios | Vicepresidencia Sectorial de Obras Públicas y Servicios | M/G retirado (GNB)[24] Néstor Reverol | 3 de abril de 2019[29] | |
Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica | 25 de octubre de 2020[30] | [28] | ||
Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo | Lcdo.[31] Josué Alejandro Lorca Vega | 22 de abril de 2021 | [29] | |
Ministerio del Poder Popular para la Atención de las Aguas | Carlos Max Giusti[8] | desde el 27 de agosto de 2024 | [30] | |
Ministerio del Poder Popular para Obras Públicas | G/D retirado (GNB)[24] Raúl Alfonso Paredes | 14 de junio de 2018[32] | [31] | |
Ministerio del Poder Popular para el Transporte | G/B retirado (AMB) Ramón Celestino Velázquez | 16 de mayo de 2022 | [32] | |
Ministerio de Estado para la Nueva Frontera de Paz | M/G retirado (EB)[24] Gerardo Izquierdo Torres | 4 de septiembre de 2015[33] | ||
Secretario Permanente del Consejo de Ministros de la República Bolivariana de Venezuela | M/G (EB)[34] José Adelino Ornelas Ferreira | 26 de julio de 2019[35] | ||
'Procurador general de la República Bolivariana de Venezuela' | Abg.[36] Reinaldo Muñoz Pedroza | 6 de septiembre de 2015 (encargado tras la designación de Manuel Galindo como Contralor General)[37]/ 4 de febrero de 2021 (ratificado por la Asamblea Nacional)[38] | [33] |
Ministerios disueltos
[editar]Véase también
[editar]- Política de Venezuela
- Poder Ejecutivo
- Presidente de Venezuela
- Consejo de Estado
- Vicepresidente de Venezuela
- Consejo Federal de Gobierno
- Ministros de Relaciones Exteriores de Venezuela
- Anexo:Ministros de Relaciones Interiores de Venezuela
- Anexo:Ministros de Defensa de Venezuela
- Anexo:Gabinete de Nicolás Maduro
Referencias
[editar]- ↑ a b c d e «Decreto N° 1424 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública» (PDF). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. 17 de noviembre de 2014. Consultado el 20 de agosto de 2015.
- ↑ «Ley Orgánica de la Administración Pública».
- ↑ a b «Decreto N° 1.612 sobre Organización General de la Administración Pública Nacional» (PDF). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. 18 de febrero de 2015. Consultado el 20 de agosto de 2015.
- ↑ a b c «Constitución de la República Bolivariana de Venezuela con la Enmienda N° 1» (PDF). Tribunal Supremo de Justicia. 15 de febrero de 2009. p. 30. Consultado el 20 de agosto de 2015.
- ↑ «Decreto N° 1.528, mediante el cual se dicta el Reglamento Interno del Consejo de Ministros» (PDF). Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela. 14 de enero de 2015. Consultado el 5 de septiembre de 2015.
- ↑ «Gaceta Oficial N°39267 , Decreto N° 6.918, mediante el cual se dicta el Reglamento Interno del Consejo de Ministros Revolucionarios del Gobierno Bolivariano.» (pdf). TSJ. 1 de septiembre de 2009. Consultado el 26 de noviembre de 2023. «art 4° El consejo de ministros contará co viceministros sectoriales designados por el presidente de la república».
- ↑ https://www.eluniversal.com/economia/167001/presidente-maduro-designo-a-jose-felix-rivas-alvarado-como-el-nuevo-vicepresidente-sectorial-de
- ↑ a b c d e f g h i j k l m n ñ o p q «Maduro anuncia nuevo gabinete en Venezuela: ratifica a». Albero News. 27 de agosto de 2024.
- ↑ «Jefe de Estado designó nuevos ministros de Pesca y Acuicultura e Industrias y Producción Nacional».
- ↑ «Maduro nombra a Juan Arias y Juan Carlos Loyo como ministros de Industria y Pesca respectivamente». Noticiero Digital. 22 de abril de 2022. Consultado el 23 de abril de 2022.
- ↑ https://www.aporrea.org/misiones/n313588.html
- ↑ «¿Quién es Ricardo Menéndez?».
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- ↑ «La humanización del SPNS es una tarea prioritaria».
- ↑ «Tweet: Designé a Magaly Gutiérrez Viña, Ministra del Poder Popular para la Salud, quien desde ahora en adelante tiene la importante misión de continuar con la lucha contra la Pandemia. Consolidemos el Sistema Público Nacional de Salud gratuito y con máxima calidad. ¡Éxitos!». Twitter.
- ↑ «Vladimir Padrino López fue nombrado vicepresidente de Soberanía, Seguridad y Paz». 21 de junio de 2017. Consultado el 27 de junio de 2017.
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- ↑ «El mayor general Ornelas, nuevo jefe del Estado Mayor presidencial de Venezuela».
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- ↑ «AN aprueba designación a Reinaldo Muñoz Pedroza como Procurador General de la República». El Nacional. 4 de febrero de 2021. Consultado el 23 de abril de 2023.
- ↑ «Designan a Ernesto Villegas comisionado presidencial para Caracas». Consultado el 16 de septiembre de 2014.
- ↑ https://www.ojopelao.com/nuevo-gabinete-bolivariano-combina-experiencia-cohesion-y-abre-nueva-etapa-de-gobierno-de-calle/
- ↑ http://vtv.gob.ve/conozca-los-cambios-del-poder-ejecutivo/