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Diferencia entre revisiones de «Usuario:MarioGom/Taller/Gestación subrogada»

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MarioGom (discusión · contribs.)
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* Smerdon 2008: Crossing Bodies, Crossing Borders: International Surrogacy Between the United States and India -- análisis legal en India
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* Susan Markens Surrogate Motherhood and the Politics of Reproduction -- citada en (Pande 2014) por tabla de legislación en distintos países
* Susan Markens Surrogate Motherhood and the Politics of Reproduction -- citada en (Pande 2014) por tabla de legislación en distintos países
* http://sci-hub.io/10.1057/sub.2009.14


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Revisión del 21:17 9 jul 2017

La gestación subrogada, gestación por sustitución, subrogación gestacional, subrogación uterina, simplemente subrogación o vientre de alquiler es una técnica de reproducción asistida [1]​ consiste en que una mujer, de común acuerdo con una persona o pareja, acepta que se le transfiera a su útero el embrión previamente engendrado mediante fecundación in vitro por esa otra persona o pareja, con el fin de quedar embarazada de dicho embrión, gestarlo a término y parirlo en sustitución de la mencionada persona o pareja.

El término vientre de alquiler (en inglés: womb for rent), que en un sentido estricto se refiere a la subrogación con contraprestación económica, es especial, pero no exclusivamente, utilizado por parte de los críticos de esta técnica, por considerar que supone una mercantilización y cosificación de la mujer.[2]​ Estas mismas razones hacen que quienes son favorables a esta técnica consideren el término peyorativo.[3]

Tipos

Por relación genética

TODO: [4]

Hay dos tipos de subrogación según la relación genética de la madre gestante con el hijo: la subrogación tradicional (o parcial) y la subrogación gestacional (o plena).

Subrogación tradicional

En la subrogación tradicional la madre gestante aporta sus propios óvulos y, por lo tanto, tiene una relación genética directa con el hijo. La fecundación se puede realizar de forma natural o, como es más habitual en la actualidad, mediante inseminación artificial por parte habitual.[5][cita requerida]

Subrogación gestacional

En la subrogación gestacional la madre gestante no tiene relación genérica directa con el hijo. En este caso se utiliza la fecundación in vitro con óvulos y espera de terceros. Normalmente el esperma es aportado por el padre intencional mientras que los óvulos los aporta la madre intencional o una donante.[6]

TODO: al parecer, 95% de subrogación gestacional en la actualidad, buscar fuente actualizada y fiable.

Comercial o altruista

TODO Sección a reescribir completamente.

  • Subrogación altruista: sin una motivación económica, pero que debe incluir una compensación.
  • Subrogación comercial: en la que existe una base económica que motiva su ejecución.

En literatura inglesa, de referencia en todo lo relacionado con la subrogación, esta última se denomina “commercial surrogacy” (subrogación comercial), “womb for rent” (vientre de alquiler) o “womb-leasing”.[7]​ La diferencia entre ambas viene marcada por la compensación económica que se da a la gestante, lo que en España se ha definido como compensación económica resarcitoria. Estas expresiones han tratado en todo momento de suplir la definición de "contratación de vientre bajo precio". La Ley española de reproducción asistida[8]​ dice que será "nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero". Y determina que los así nacidos siempre serán hijos de la mujer que da a luz. En otros países, sin embargo (como algunos estados de Estados Unidos, Ucrania, Rusia, Georgia, India, Tailandia y ahora Grecia), regulan la gestación subrogada con determinadas restricciones en función del país.

La Ley de Reproducción del 2006 inglesa establece que sólo podrá compensar estrictamente las molestias físicas y los gastos de desplazamiento y laborales que se puedan derivar de la donación y no podrá suponer incentivo económico para ésta (Ley de TRAH, Art.5.2).[9]

La ESHRE considera que “Payment for services is unacceptable; only reimbursement of reasonable expenses and compensation for loss of actual income should be considered” (...y sólo el reembolso de los gastos razonables y de compensación por pérdida de ingresos reales deben ser considerados). Esta es la línea seguida por la mayoría de las sociedades y autoridades en la materia, como la American Fertility Association.[10]​ El Comité de ética de la ASMR ha editado una guía[11]​ en la que se señala que las gestantes deben recibir una justa y razonable compensación económica. Compensación que no debe interferir con factores que sean problemáticos desde la perspectiva de la justicia social.

Según las corrientes a favor de la práctica, lo que es razonable depende en un equilibrio que prevenga la mercantilización, que impida utilizar la subrogación para “evitarse” las molestias de un embarazo y otros tipos de banalización, y por otro compense el tiempo, los inconvenientes, los riesgos y las molestias asociadas con el embarazo, el parto y el puerperio.

Sin embargo, la filósofa Sylviane Agacinski, perteneciente al movimiento internacional StopSurrogacyNow, ha llamado la atención sobre la idea de que "Dondequiera que se da esta práctica hay siempre un mercado, nunca es gratuito.”

Para los reglamentaristas, la compensación es coherente con el reconocimiento de que la compensación por la donación de gametos es ética.[12][13]​ Es también coherente con la compensación por otras situaciones, tales como la participación en la investigación médica[14]​ en la que los individuos reciben una reparación por las actividades de tiempo, el estrés, el esfuerzo físico que exigen y el riesgo que implican los estudios en voluntarios sanos. Para ellos, la compensación debe ser proporcional al tiempo invertido y basarse en: duración de exámenes y valoración previa de la gestante, número de ciclos hasta lograr gestación, la duración del embarazo y puerperio, los riesgos para el empleo, las cargas en otros miembros de la familia, las complicaciones médicas o quirúrgicas asociadas, etc.

En función de la relación con la mujer gestante: intrafamiliar/extrafamiliar

TODO: Reescribir tras completar fuentes.

La elección de una gestante dentro de la propia familia o sin ningún tipo de relación familiar viene, habitualmente, condicionada por deseos personales asociados al marco jurídico que regule la técnica. Desde el punto de vista biológico es irrelevante en cuanto a los resultados. Los aspectos técnicos son independientes de la relación existente entre los padres y la gestante. Si parece haber más problemas, desde un punto de vista ético y moral, para los casos intrafamiliares,[15]​ en donde se puede diferenciar:

  • entre coetáneos (hermanos o familiares de la misma generación).
  • entre generaciones, ya sea de madre para su hija o viceversa.

Las principales preocupaciones, que surgen en ambas situaciones, son la coacción moral y el desconcierto relacional para la descendencia. En los casos en que la subrogada es hija de la madre intencional puede haber un mayor riesgo de dependencia y una presión moral indebida.

Historia

Desde la antigüedad

La práctica de recurrir a una madre sustituta para el embarazo (subrogación tradicional) ha existido de una forma u otra desde la antigüedad. Habitualmente se cita un pasaje de la Biblia en el que Sara, al no poder concebir, ofrece a su marido Abraham utilizar a su esclava Agar para tenerlo.[16]​ Sin embargo, dado que esta práctica implicaba el adulterio, ha sido tabú y no existen registros médicos que permitan saber cuán frecuentemente ha ocurrido.[17]

TODO: Expandir sección con más información previa a la reproducción asistida.

Previo a 1970

TODO: (ref: The Law of Surrogate Motherhood in the United States) Sobre surrogación y esclavismo) TODO: ref: Anita L. Allen The Black Surrogate Mother

Desde los 1970

En los 1970, gracias a la inseminación artificial se abrió una nueva oportunidad para el negocio de los vientres de alquiler. Uno de los pioneros de este negocio en Estados Unidos fue el abogado Noel Keane. En 1976, Michigan, un conocido preguntó a Keane si podía conseguir que una mujer fuese inseminada por un hombre y gestase un bebé para él. Keane puso un anuncio en periódicos para estudiantes y contactó con una mujer dispuesta a dicho acuerdo. Fue entonces cuando Keane negoció y escribió el primer acuerdo formal entre una pareja casada y una madre sustituta en Estados Unidos. Keane abrió una clínica para dedicarse al negocio de los vientres de alquiler.[18][19]

En 1984, en Nueva Jersey, Mary Beth Whitehead contactó, por un anuncio en prensa, con el Centro de Infertilidad de Nueva York, dirigido por Keane. En este caso, una pareja (los Sterns) llegaron a un acuerdo de subrogación por el que la Whitehead se sometería a un proceso de inseminación artificial con el esperma de William Stern. Whitehead dió a luz en 1986 y entregó el bebé, conocido a partir de entonces como Baby M. Un día después de la entrega, Whitehead se arrepintió e intentó recuperarlo. En 1987 los juzgados dieron validez al acuerdo de subrogación y concedieron la custodia legal a los Stern. Un año después, en 1988 la Corte Suprema de Nueva Jersey revocó la validez del acuerdo de subrogación pero mantuvo la custodia legal para los Sterns considerando que era en el mejor interés para el niño y concedió a Whitehead un régimen de visitas.[cita requerida]

TODO: (ref: The Law of Surrogate Motherhood in the United States)

En 1988, debido a la repercusión del caso Baby M, el estado de Michigan aprobó una ley para prohibir completamente los vientres de alquiler. Lo cual llevaría a Keane a cerrar su clínica en Michigan y continuar el negocio en otros estados.[20]​ Entre 1976 y 1997, Keane arregló alrededor de 600 acuerdos de este tipo,[19]​ en los que él cobraba 10.000 dólares y la madre sustituta otros 10.000 dólares, además de unos 5.000 dólares en gastos médicos.[18]

Desde entonces, surgieron en Estados Unidos muchas otras agencias de vientres de alquiler. El fenómeno empezó a ser llamado «subrogación».[cita requerida]

El primer caso publicado de subrogación gestacional se dió en 1984 cuando una pareja recurrió a una amiga para gestase para ellos.[21]

TODO: Prohibición en China en 1994.

En 1994 se dio a conocer el primer caso de subrogación gestacional en India. Desde entonces la subrogación gestacional comercial en India fue en aumento[22]​ debido a distintos factores. Por un lado, tras en 2003 comenzó un plan gubernamental para promocionar el país como destino turismo médico con incentivos financieros y visados especiales.[23]​ Por otro lado, los costes son mucho más bajos que en los países de origen (entre 59.000 y 80.000 dólares en Estados Unidos y entre 10.000 y 35.000 dólares en India).[24]​ Además, también jugó un importante factor el hecho de que las leyes en la mayoría de los países occidentales eran más restrictivas que en India.[25]

TODO: Prohibición en India para extranjeros

TODO: En otros países (Ucrania, Georgia)

TODO: Procesos de regulación (Reino Unido, España) y abolición (Suecia)

Concepto

Esta práctica reproductiva es utilizada en numerosas ocasiones como solución de último recurso para parejas que han agotado todas las vías médicas disponibles para superar sus problemas de infertilidad, entre los cuales destacan factores de infertilidad femenina debidos a problemas uterinos (endometriosis, síndrome de Rokitansky-Küster-Hauser, síndrome de Asherman) y de otra índole (cardíacos, inmunológicos…), factores de infertilidad masculina o factores de incompatibilidad genética mutua, entre otros.

También es utilizada en el caso de hombres solos o parejas homosexuales masculinas que desean filiar a los niños/as como padres únicos, ya que los así nacidos en la mayoría de las normativas sobre nacimientos estipulan que los niños "serán hijos de la mujer que da a luz".[26]

Pese a no ser un procedimiento nuevo, en España es a partir del denominado caso cero en 2009 cuando cobra relevancia por la universalización de su práctica y porque ha dejado de ser un procedimiento reproductivo que se ocultaba, a veces incluso a la propia familia. [27]

Según lo definen Fernando Abellán y Alfonso de la Fuente, asesores externos de la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida del Ministerio de Sanidad de España,[28]​ en el libro "Donación de Embriones" del Javier Nadal Pereña[29]​ "Subrogación significa sustitución, de manera que un embarazo por sustitución es el que se produce cuando una mujer accede a quedar embarazada y a dar a luz un hijo, en sustitución de otra que no puede o no quiere hacerlo, mediante la transferencia de embriones procedentes de gametos propios o de la madre subrogada".

Según lo define Carol Weathers, directora de una agencia de subrogación estadounidense "... la subrogación gestacional o subrogación uterina es un proceso que puede ser descrito, de forma simple, como una mujer que ayuda a otra mujer a superar su incapacidad para tener un hijo".[30]

Otras definiciones manifiestan que la maternidad subrogada se inscribe en el tipo de prácticas que implican el control sexual de las mujeres y consideran que si en las sociedades tradicionales, los matrimonios concertados o la compra por dote son las típicas formas en que se ejerce el control sexual de las mujeres, en las sociedades modernas la prohibición del aborto, la regulación de la prostitución y la maternidad subrogada. o alquiler de vientres, son las expresiones más notorias de la utilización del cuerpo de las mujeres en lo relacionado con la sexualidad y la reproducción.[cita requerida][31][32]

Situación legal

Regulación legal de la gestación subrogada en el mundo:      Legal las formas retribuida y altruista      Sin regulación legal      Legal sólo de forma altruista      Permitida entre familiares hasta segundo grado de consanguinidad      Prohibida      No regulada/situación incierta

TODO: mencionar el principio Mater semper certa est

Existe una gran diversidad de regulaciones entre los distintos países. Entre los países europeos que prohíben expresamente la gestación por sustitución se encuentran España,[8]​ Francia, Italia, Alemania, Suiza y Suecia. Entre los que la han dotado de un marco legal se encuentran: Portugal,[33]Grecia, Reino Unido, Bélgica[34]​ y Países Bajos.,[35]​ aunque con distintos matices. Así, por ejemplo, en Bélgica se exige que sea altruista, que haya una relación biológica de alguno de los dos padres, y que no haya sido posible la maternidad con alguna de las técnicas de reproducción asistida.[34]​ Igualmente en los Países Bajos, es nulo el contrato comercial, sólo puede ser altruista, la gestante puede quedarse con el hijo, el material genético debe provenir del padre y la madre intencionales, y deben ser aprobados por una Comisión Nacional[35]

Algunas iniciativas ciudadanas se oponen a la subrogación por considerar que se basa a menudo en la explotación de las mujeres más desfavorecidas. Entre ellas, una declaración conjunta de la Asamblea General en 2011,[36]​ del Lobby de Mujeres Suecas y sus organizaciones miembro declararon su apoyo a la Resolución del Parlamento Europeo de 5 de abril de 2011, sobre las prioridades y líneas generales del nuevo marco político de la UE para combatir la violencia contra las mujeres (2010/2209 (INI)). La resolución aprobada establece que la subrogación es una explotación del cuerpo de la mujer y sus órganos reproductivos.

Francia ha sido muy activa en esta debate planteando una campaña internacional en apoyo de la decisión del Gobierno francés que ha legislado para evitar otorgar la nacionalidad a los niños concebidos por esta técnica con el fin de desincentivar esta práctica entre los ciudadanos franceses.[37]

Estados Unidos

En los Estados Unidos, tuvo repercusión pública el caso "Baby M", en el que la madre biológica de Melissa Stern ("Baby M"), nacida en 1986, rehusó ceder la custodia de Melissa a la pareja con la que había hecho un contrato.[38]​ El tribunal de Nueva Jersey otorgó la custodia a los padres biológicos. Pero la idea ha ganado aceptación y en la actualidad en ocho estados de los Estados Unidos hay leyes que permiten los contratos de gestación. El Estado de California, en EEUU, fue pionero en la regulación de este proceso que en la actualidad cuenta con todas las garantías legales y pleno respaldo del sistema judicial de los EEUU.

India

El proceso de gestación subrogada tiene un coste de entre 20.000 y 40.000 dólares. Su legislación es muy flexible desde 2002 e incluso en 2008 la Corte Suprema de la India en el caso Manji sentenció que la maternidad comercial estaba permitida. De esta forma India se convirtió en receptor de numerosos procesos de subrogación,[39]​ sin embargo desde julio de 2013 una nueva directriz prohíbe la gestación subrogada a homosexuales, solteros extranjeros y parejas de países en los que esté prohibida esa práctica.[40]

Ucrania

La maternidad subrogada, incluso la comercial, es plenamente legal en Ucrania. El nuevo Código de Familia de Ucrania (art. 123, punto 2) dispone que, en caso de que el embrión generado por los cónyuges sea transferido a otra mujer, precisamente los cónyuges serán los padres del niño, incluso en los programas de gestación por sustitución. El punto 3 de dicho artículo consagra a los cónyuges la posibilidad de realizar la fecundación in vitro con ovocitos donados. En cualquier caso, se considerará que el embrión procede de los cónyuges. De tal modo, habiendo dado su consentimiento a la aplicación de las técnicas de reproducción asistida, los cónyuges ejercerán sin limitación alguna la patria potestad sobre los niños nacidos a consecuencia de dichas técnicas. El aspecto médico de esta cuestión viene regulado por la Orden del Ministerio de Salud de Ucrania nº 771, de 23.12.2008.

Después del nacimiento la pareja obtiene el certificado ucraniano de nacimiento, en el cual los dos constan como padre y madre. En caso de que han recurrido a una donación, no tiene importancia alguna la relación genética “incompleta” con el nacido.

Federación Rusa

La maternidad subrogada, incluso la comercial, es legal[41]​ en Rusia y es accesible para prácticamente todos los mayores de edad que desean ser padres.[42]​ Hay ciertas indicaciones médicas para acudir a la gestación por sustitución: ausencia del útero, malformaciones del útero o del cérvix, sinequia uterina, enfermedades somáticas en las cuales está contraindicado el embarazo, reiterados intentos fallidos de FIV cuando se generan embriones de alta calidad pero, una vez transferidos, no se consigue el embarazo [5].

En Rusia el primer programa de gestación por sustitución fue llevado a cabo en 1995 en el Centro de FIV adjunto al Instituto de Obstetricia y Ginecología de San Petersburgo.[43]​ En general, los rusos ven con buenos ojos la maternidad subrogada: los recientes casos de un célebre cantante y una famosa mujer de negocios que acudieron abiertamente a madres de alquiler recibieron una cobertura mediática favorable.

Algunas mujeres rusas como Ekaterina Zakharova,[44]Natalija Klimova,[45]Lamara Kelesheva[46]​ fueron abuelas mediante programas de fecundación post-mortem: sus nietos fueron concebidos y gestados por madres de alquiler después de que fallecieran sus hijos.

La inscripción registral de los niños nacidos a través de la maternidad subrogada se rige por el Código de Familia de Rusia (artículos 51 y 52) y la Ley de Actos del Estado Civil (artículo 16). La madre de alquiler tiene que dar su consentimiento para que sea registrado el nacido. No se requiere para tal efecto ni una resolución judicial ni el procedimiento de adopción. El nombre de la madre de alquiler nunca consta en el certificado de nacimiento. No es obligatorio que el niño tenga el vínculo genético con por lo menos uno de sus padres comitentes.

Los niños nacidos de vientres de alquiler por encargo de personas solteras o parejas de hecho heterosexuales se inscriben por analogía de ley (artículo 5 del Código de Familia), para lo cual puede necesitarse una resolución judicial. El 5 de agosto de 2009 un juzgado de San Petersburgo resolvió de forma definitiva los debates sobre si una mujer soltera puede recurrir a la gestación por sustitución, obligando al Registro Civil a inscribir a Natalia Gorskaya, de 35 años de edad, como la madre de su “hijo probeta”.[47]

El 4 de agosto de 2010 un juzgado de Moscú dictaminó que un hombre soltero que había contratado un programa de gestación por sustitución con donación de óvulos podía ser registrado como el padre de su hijo, convirtiéndolo en el primer hombre en Rusia que defendió por vía judicial su derecho a ser padre.[48]​ La filiación materna del niño no constaba en el certificado de nacimiento, el padre fue registrado como su único ial, pueden ejercer en Rusia su derecho a ser padre o madre a través de la gestación subrogada, por ejemplo en el caso singular de un vecino de San Petersburgo quien fue reconocido como el único padre de sus mellizos nacidos por una madre subrogada.[49]

La legislación liberal ha convertido a Rusia en un destino atractivo para los “turistas reproductivos” que viajan al extranjero en busca de las técnicas no disponibles en sus respectivos países. Los padres intencionales van a Rusia cuando, por edad avanzada, necesitan una donación de óvulos o buscan un vientre de alquiler. En Rusia los extranjeros gozan de los mismos derechos a la reproducción asistida que los rusos. Dentro de los tres días siguientes al parto la pareja comitente obtiene el certificado ruso de nacimiento, en el cual los dos constan como padre y madre.[50]

Unión Europea

La gestación subrogada no está regulada a nivel europeo.

El Parlamento Europeo, en el Informe anual de 2014 sobre los derechos del hombre y la democracia y sobre la política de la UE en esta materia, “Condena la práctica de la gestación por sustitución, que es contraria a la dignidad humana de la mujer, ya que su cuerpo y sus funciones reproductivas se utilizan como una materia prima; estima que debe prohibirse esta práctica, que implica la explotación de las funciones reproductivas y la utilización del cuerpo con fines financieros o de otro tipo, en particular en el caso de las mujeres vulnerables en los países en desarrollo”.[51]

Posteriormente el Parlamento Europeo, en la Resolución del Parlamento Europeo, de 5 de julio de 2016, sobre la lucha contra la trata de seres humanos en las relaciones exteriores de la Unión, matiza la condena a la trata de seres humanos para la gestación subrogada forzosa e insta a los Estados miembros a analizar las implicaciones de sus políticas reproductivas restrictivas. [52]

España

En España los contratos de gestación por sustitución son nulos de pleno derecho, de manera que la filiación corresponde a los padres biológicos, según el artículo 10 de la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida. Sin embargo, en España, la filiación de un niño nacido mediante gestación subrogada, a favor de los padres intencionales es posible si se cumplen una serie de requisitos recogidos en la Instrucción del 5 de octubre de 2010 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre el régimen registral de la filiación de los nacidos mediante gestación por sustitución.[53]

Grecia

En 2002 se introdujo en Grecia la ley 3089/2002 sobre reproducción humana asistida médicamente que incorporaba reglas específicas para permitir la subrogación, dándole un marco legal y regulando la transferencia de filiación.[54]

Las leyes griegas regulan esta técnica solamente en el caso de que no haya ningún vínculo genético entre la gestante y el o los embriones. Además solo pueden acceder a ella mujeres con pruebas médicas que confirmen la imposibilidad de gestar por sí mismas. Adicionalmente ambas mujeres implicadas en el proceso deben ser residentes en Grecia.

En 2014 Grecia traspasó una nueva frontera en su legislación en materia de reproducción asistida, al suprimir la obligación de contar con una residencia permanente en el país a las madres de alquiler y a las parejas con problemas de fertilidad.[55]

Reino Unido

La gestación subrogada en Reino Unido está regulada por la Ley de Acuerdos de Surrogación de 1985[56]​ y Ley de Fertilización Humana y Embriología de 1990.[57]​ La ley prohíbe la gestación subrogada comercial, incluyendo las actividades intermediación. No es posible forzar legalmente el cumplimiento de los acuerdos de gestación subrogada, por lo que la gestante mantiene los derechos de maternidad sobre el hijo independientemente del acuerdo firmado.

Si hay consentimiento de la madre gestante, es posible transferir la filiación del hijo mediante una Orden Parental o una Orden de Adopción. Algunas de las condiciones para conseguir una Orden Parental son:[54]

  • Los solicitantes deben estar casados, en una unión civil o en convivencia (incluyendo parejas del mismo sexo). Las personas solteras no puede solicitarla.
  • El embarazo no puede haberse producido mediante contacto sexual.
  • El niño debe vivir con los padres intencionales desde el nacimiento de este.
  • En el momento de la solicitud de transferencia al menos uno de los padres intencionales debe estar domiciliado en el Reino Unido.
  • Los solicitantes deben tener al menos una conexión genética parcial con el niño.
  • La solicitud debe realizarse durante los 6 meses que siguen al nacimiento del niño.
  • La gestante no puede dar su consentimiento a la transferencia hasta al menos 6 semanas después del nacimiento.
  • Se debe demostrar que no ha habido ningún intercambio de dinero o beneficio que se salga de los gastos razonables del proceso.

Portugal

En Portugal existía un proyecto de ley en estudio desde 2014, finalmente se materializó en el Decreto N.º 27/XIII que se aprobó el día 13 de mayo de 2016 con el apoyo del Bloco de Esquerda. Sin embargo, el presidente Marcelo Rebelo de Sousa lo vetó el 7 de junio de 2016 entendiendo que no daba garantías suficientes para el bebé o la gestante.[58]​ Finalmente, el 30 de julio de 2016 promulgó la norma que establecía la gestación subrogada altruista para mujeres que carecen de útero o que demuestren no poder llevar a cabo un embarazo.[33]

Principales implicados

  • Futuros padres o padres intencionales: persona o personas que inician el proceso de subrogación gestacional y que son considerados como los padres del niño aún antes de su nacimiento.
  • Gestante: mujer que cede la capacidad gestacional de su útero para que otras personas (padre/madre intencional/es) puedan utilizarlo para tener hijos aplicando técnicas de reproducción asistida.[4]
  • Donante o donantes: mujer que dona sus óvulos y hombre que dona su esperma para hacer posible esta técnica. No son necesarios en todos los casos.
  • Bebé
  • Médicos especialistas en ginecología y obstetricia: implicados en el seguimiento del embarazo y en la asistencia del parto.
  • Biólogos especialistas en embriología y fertilidad: encargados de realizar las técnicas de reproducción asistida en el laboratorio.
  • Abogados especialistas en subrogación: Necesarios para la clarificación legal del parentesco.
  • Contrato de servidumbre temporal Definición dada por el Lobby de Mujeres Suecas a las cláusulas y estipulaciones del contrato que establece las condiciones a la gestante.
  • Agencias de subrogación: Intermediario encargado de gestionar el complejo proceso coordinando a todos los actores implicados.
  • Psicólogos: Participantes en muchas ocasiones para comprobar si los participantes en el proceso están preparados para afrontar el proceso.

Filiación

Son numerosas las guías elaboradas para la práctica de las técnicas de reproducción asistida, en general, y la gestación por sustitución en particular, como la canadiense “Gestación por sustitución: Una Guía para Proveedores de Cuidado Prenatal Salud de Canadá” aparecida en 2007[59]​ o la elaborada por la Federación Internacional de Ginecología y Obstetricia (FIGO)[60]​ en 2008. Se[¿quién?] está generando también una amplia documentación en países donde su prohibición está muy asentada como Francia.[61]​ Todos estos trabajos tienen una línea común, a la luz de las nuevas tecnologías, el parentesco social y la intencionalidad, hay una problemática fundamental, la determinación de la filiación. Precisamente por esto, se[¿quién?] considera fundamental la clarificación de la terminología con palabras que no tengan imparciales que dignifiquen la técnica[62]​ y a la mujer que gesta.

Técnica

[4][63][13][64]

Usuarios

Constituyen un espectro amplísimo, puesto que cualquier persona es susceptible de recurrir a la gestación por sustitución. Se trata, generalmente, de personas con deseos de maternidad o paternidad y problemas o imposibilidad de gestación, y que no desean o no pueden recurrir a la adopción. Según los casos, puede ser considerada la primera opción, como sucede en la ausencia congénita o quirúrgica de útero. En otras situaciones será una alternativa final, tras fallo del resto de las técnicas, como ocurre con la perdida gestacional recurrente o el fallo reiterado de implantación[65][66][67]​ Además de las anteriores situaciones, hay que incluir las personas que recurren a la subrogación debido a contraindicaciones médicas del embarazo, sean por patología materna, cardiopatías por ejemplo, o por patología fetal, tal que la isoinmunización Rh, o mixtas, como el síndrome antifosfolípido.

También se da el caso de personas solas o parejas homosexuales, especialmente masculinas, dado que las femeninas recurren, por motivos obvios, con menos frecuencia a la subrogación. En un reciente simposium sobre técnicas reproductivas en el varón se presentó un trabajo bajo el título de Gay men seeking surrogacy to achieve parenthood[68]​ que constata la subrogación como una forma para alcanzar la paternidad por parte de los homosexuales masculinos. El deseo de paternidad, el deseo de ser padres/madres, no se limita a individuos heterosexuales. Los cambios sociales y legales permiten que la nueva generación de progenitores homosexuales pueda redefinir los roles de crianza basados en las habilidades y fortalezas en lugar de en el género. En la Guía de la ASRM[13]​ encontramos el resumen de esta asociación de los casos en que podría recurrirse a la subrogación:

  • Ausencia de útero, congénita o adquirida.
  • Anomalía uterina significativa, por ejemplo, Síndrome de Asherman irreparable o útero unicorne asociado con pérdida recurrente del embarazo.
  • Contraindicación médica absoluta del embarazo, tal como la hipertensión pulmonar.
  • Condición médica grave que se pueda agravar por el embarazo o causar riesgo significativo para el feto, como la isoinmunización.
  • Incapacidad biológica para concebir o tener un hijo, como es el caso del hombre solo o la pareja homosexual masculina.
  • Otros casos en los que la subrogación podría ser una alternativa según esta asociación:
    • Factor indeterminado de endometrio, como puede ser el fracaso de múltiples FIV anteriores, inexplicables a pesar de la transferencia de embriones de buena calidad.[69]
    • Como alternativa al trasplante de útero. Pese a lo incipiente de la tecnología de trasplante uterino, está en discusión si, desde el punto de vista ético y de resultados, se debe realizar primero una u otra técnica.[70][71][72]

Riesgos médicos

Las complicaciones y riesgos no presentan diferencias con respecto a otros embarazos y técnicas de reproducción asistida.[67]​ Los riesgos, como en cualquier gestación, incluyen aborto involuntario, embarazo ectópico, embarazo múltiple, trabajo de parto prematuro, etc.; y las posibles complicaciones médicas del embarazo, como diabetes gestacional, preeclampsia, etc.

Preparación endometrial y trasferencia de embriones

Similar a otros procesos de fecundación in vitro sin estimulación ovárica.[cita requerida]

Riesgos asociados al embarazo y parto

No presenta modificaciones respecto a otras gestaciones.[cita requerida]

Tasas de éxito

La técnica de trasferencia de embriones no se modifica en la subrogación ya que el cuerpo depositario de los embriones no influye en el éxito de la técnica de fecundación in vitro. Las tasas de embarazo son comparables a las reportadas para tecnologías similares. El éxito se ve afectado por los mismos factores que el resto de las técnicas, tales como la edad del ovocito.[67]​ Se han revisado, igualmente, los resultados perinatales y la evolución del desarrollo físico de los niños sin que aparezcan diferencias respeto a otras variedades de fecundación in vitro, salvo un incremento en el peso al nacimiento, lo que se traduce en menores tasas de fetos con crecimiento intrauterino retardado en la subrogación. El resto de los parámetros (gemelaridad, tipo de parto, etc.) no presentan diferencias significativas.[73]

Aspectos psicosociales

Las situaciones y tesituras, psicológicas o sociales, asociadas a la gestación por sustitución, se encuentran en un activo proceso de estudio, aunque ya se conocen muchos datos. Se han insinuado posibles conflictos que pueden afectar a cada uno de los implicados en el proceso.

Padres intencionales

Los avances en la tecnología de reproducción asistida, como la donación de óvulos y gestación subrogada, ha introducido a una nueva cohorte de padres y nuevas constelaciones familiares.[74]​ Dentro del contexto apropiado (asesoramiento, implicación, protocolos de detección de anomalías), generalmente se experimenta como un procedimiento positivo, lo cual es comprensible ya que es su única oportunidad de ser padres. Además las relaciones con la gestante subrogada son buenas en general y se mantienen a lo largo del tiempo.[75]​ Sin embargo, en algunas ocasiones surgen dificultades, sobre todo en caso de requerirse la donación de gametos. La sensación de “fracaso” puede aparecer y debe ser corregida, si bien tal situación es poco frecuente.[75]​ Se han estudiado los teóricos problemas derivados de las nuevas tecnologías, en relación con consecuencias negativas para la relación padre-hijo o el ajuste psicológico del niño. Los datos señalan que tales efectos negativos son, hasta ahora, infundados.[76]​ Otro posible punto de preocupación es la estabilidad de las parejas en las familias creadas por inseminación artificial, donación de óvulos y subrogación. Los trabajos a largo plazo, con seguimiento a hasta 10 años, no ha encontrado diferencias entre familias creadas a través de técnicas de reproducción asistida o no.[77]

Hijo/a

La situación y evolución del menor es fuente de inquietud y por ello se multiplican los estudios, creciendo la información disponible a buen ritmo en los últimos años.[78]​ Algunos riesgos son conocidos: riesgo de rechazo o riesgo de ser objeto de un conflicto entre las partes, pero son una auténtica rareza. Lo que sí parece evidente, en estudios a largo plazo, es que el conocimiento de la propia historia es importante y este conocimiento no se produce igual para las diversas técnicas de reproducción asistida. Al parecer, el derecho del menor a conocer su origen se respeta mucho más en caso de gestación por sustitución. Un estudio examinó familias en las que los niños no tienen un vínculo, genético y/o gestacional con sus padres cuando los niños tenían 7 años de edad. Alrededor de la mitad de los niños concebidos por donación de óvulos y casi tres cuartas partes de los concebidos por inseminación artificial desconocían esta circunstancia. Por el contrario, casi todos los padres de subrogación habían dicho su hijo cómo nacieron.[79]​ Otros estudios longitudinales apoyan este punto de vista. Un reciente trabajo de 2013 ha evaluado los aspectos psicosociales en familias creadas mediante donación de gametos o subrogación, realizando un cuestionario cuando los niños tenían de 3, 7 y 10 años.[80]​ Se preguntó a los padres a la edad de 7 años si habían informado al niño de sus orígenes. Todas las familias creadas mediante subrogación habían informado del proceso, frente a solo un 30% en el caso de donación de óvulos o semen. Casi todos los padres que habían informado referían haber comenzado este proceso antes de que el niño tuviese 4 años y ninguno informó que su hijo hubiese presentado dificultades. Es más, las conclusiones de este trabajo sugieren que la relación biológica entre padres e hijos no es esencial para el ajuste positivo del niño. Varias investigaciones apoyan estos supuestos.[81][82]

Al igual que en otras situaciones, la información sobre el modo en que ha sido concebido y nacido debe ser precoz. En los estudios disponibles la edad del niño cuando se le comunica este hecho y la forma de esa comunicación condicionan su reacción. Los niños pequeños tienden a mostrar curiosidad por su progenitor genético y el deseo de descubrir más acerca de él. También los adolescentes suelen desear conocer más acerca de su donante, de modo similar a lo que se ha descrito sobre personas adoptadas que buscan a sus padres biológicos. Por el contrario, los que conocen su origen en la etapa adolescente tardía o adulta, sobre todo si el conocimiento es accidental o por circunstancias adversas, como un divorcio, parecen mostrar las respuestas más negativas con ira hacia sus padres y sentimientos de traición y desconfianza.[83][84][85][86][87]

Mención aparte merece la posibilidad de rechazo del niño, lo que es excepcional. El caso más significativo, en EE.UU., es el de un niño que nació deforme y fue rechazado por sus padres, conocido como el “caso Baby Doe” (1983). La Corte Suprema de Michigan sostuvo que, en tales casos, los padres son responsables del niño definiendo el estatus y la responsabilidad real de los padres intencionales, que lo son en toda circunstancia.

Gestante

Los estudios poblacionales señalan un cambio en la actitud hacia la subrogación debido a las intensas campañas de los lobbies pro regulación y las agencias que gestionan la subrogación[cita requerida][88][89]​ Esta popularidad ha ido pareja a otras técnicas, ya que se ha tratado de comparar con el apoyo de la reproducción asistida. Hay una gran preocupación por las repercusiones psicológicas que pueda sufrir la mujer y diversos autores recomiendan un apoyo psicológico continuado, aunque no se ha demostrado la existencia real de este riesgo ni aun para la depresión posparto, que no parece estar incrementada.[90]​ Los regulacionistas señalan que la mujer que decide ser gestante subrogada presenta unos perfiles psicológicos específicos, con gran fortaleza y a la vez sensibilidad, no experimentando grandes problemas, siempre y cuando se realice un análisis psicológico y asesoramiento adecuado y una cuidadosa selección de las candidatas.[91]​ Sin embargo, los pocos trabajos de seguimiento realizados en esta materia no permiten validar estas afirmaciones.

Son casos excepcionales aquellos que la gestante decide quedarse con el niño y casi todos los conocidos datan del inicio de la generalización de la técnica, como es el caso de «Baby M», en Estados Unidos. Las clínicas indican que los estudios más recientes no muestran especial problemática.[75][92]

Se ha cuestionado la ética del proceso al interpretarse que se hace preciso la «objetificación» de la madre sustituta para reducir la disonancia cognitiva, además de plantearse que la separación del niño de su madre gestante afectaría a los primeros estadios de desarrollo del bebé.[93]​ En un estudio de la práctica de la subrogación en la India, se han citado problemas en la madre gestante que incluyen la depresión postparto y una estigmatización social, en un contexto de explotación de aquella, generalmente de bajo nivel económico y cultural, en un mercado en el que la falta de regulación favorece el aprovechamiento de esta situación por parte de las clínicas, en detrimento de los intereses de las mujeres gestantes.[94]

Aunque las encuestas realizadas a gestantes y los estudios longitudinales no apoyan estos argumentos, cabe preguntarse qué de cierto hay en la utilización de técnicas de reducción de la disonancia cognitiva, ya que ello implicaría la desautorización de los estudios y teorías que se promueven desde la comunidad científica cercana al negocio de la gestación subrogada, poniendo en cuestión los posibles resultados, que no tendrían una base sólida para alcanzar las conclusiones y realizar guías clínicas[95]​ y que desautorizarían que tales hipótesis no sean aceptadas por la comunidad científica.

Hijo/s propio/s de la gestante

La información disponible, si bien limitada, es satisfactoria y la mayoría de los trabajos apuntan hacia la escasez de efectos negativos. Las consecuencias psicológicas para el hijo de la gestante han sido evaluadas en un estudio sobre 36 casos de hijos propios. Los hallazgos muestran que las relaciones familiares dentro de la propia familia de la subrogada son buenas y que los niños no se vean afectados negativamente como resultado de la decisión de su madre de ser una gestante por sustitución.[96]

Relaciones paterno/materno filiales

La revisión de los estudios sobre familias creadas por las nuevas tecnologías han concluido que los padres con frecuencia se encuentran emocionalmente más involucrados en la crianza del niño nacido por alguna técnicas de reproducción asistida que los padres de niños concebidos forma natural. No hay evidencia de la necesidad de ajustes psicológicos en los menores ni se encuentran diferencias reseñables entre familias creadas por reproducción natural frente a las creadas por TRA. A nivel práctico, esto quiere decir que las preocupaciones surgidas en relación a posibles consecuencias negativas en la relación padre-hijo o a ajustes psicológicos especiales en el niño carecen de fundamento.[76]

Véase también

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Bibliografía

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