Procuraduría General de la Nación (Colombia)
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Procuraduría General de la Nación | ||
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Logo oficial del organismo | ||
Localización | ||
País | Colombia | |
Información general | ||
Jurisdicción | República de Colombia | |
Tipo | Organismo del Estado, Autónomo y de control. | |
Sede | Bogotá, carrera 5ª nro. 15 - 80 | |
Organización | ||
Dirección |
Margarita Cabello Blanco (Procuradora General de la Nación) Juan Carlos Cortés González (Viceprocurador General de Colombia) | |
Dependencias |
Defensoría del Pueblo Personería | |
Relacionados |
Fiscalía General de la Nación Contraloría General de la República | |
Historia | ||
Fundación | 1819 (creada) 1830 (oficializada) | |
Procuraduría General de la Nación Sitio web oficial | ||
La Procuraduría General de la Nación en Colombia es un órgano de control autónomo que se encarga de investigar, sancionar, intervenir y prevenir las irregularidades cometidas por los gobernantes, los funcionarios públicos, los particulares que ejercen funciones públicas y las agencias del Estado Colombiano. Es el órgano director del Ministerio Público y está a cargo de garantizar los derechos colectivos de la ciudadanía, actuando en representación de la sociedad civil.[2]
Esta institución es bastante sui generis,[3] ya que en las democracias modernas es la Fiscalía o la Defensoría del Pueblo (los Inspectores Generales en EUA) las que asumen sus competencias. Pese a la creación de la Fiscalía General de la Nación (1991) y la Defensoría del Pueblo (1992), la Procuraduría (fundada en 1830 y de inspiración monárquica) ha seguido coexistiendo con estas nuevas instituciones. A nivel internacional, cuando se habla de Ministerio Público se hace alusión a la Fiscalía, pero en Colombia se hace referencia a la Procuraduría, lo cual genera confusión.
La entidad está encabezada por el Procurador General de la Nación,[4].
Historia
La figura del Procurador General de la Nación aparece por primera vez durante el Congreso de Angostura. Sin embargo, la institución de la Procuraduría General solo se estableció formalmente en la Constitución de 1830.[5]
Han ocupado el cargo de Procurador General personas como Alejandro Ordóñez Maldonado, Edgardo Maya Villazón, Jaime Bernal Cuéllar, Orlando Vásquez Velásquez, Alfonso Gómez Méndez, Carlos Gustavo Arrieta Padilla, Carlos Mauro Hoyos, Carlos Jiménez Gómez, Mario Aramburo Restrepo.[6][7]
Facultades
Las facultades atribuidas a la Procuraduría General de la Nación se amparan en los artículos 275, 276, 277, 278, 279, 280, 281, 282, 283 y 284 de la Constitución de 1991, y sus funciones están reguladas por el Código General Disciplinario (Ley 1952 de 2019).
También existen disposiciones varias en otros cuerpos normativos en cuanto a las funciones y atribuciones de la Procuraduría. Es así como el título III del Código de Procedimiento Penal,[8] el Título IV del Código General del Proceso[9] y el título X del Código de Procedimiento Administrativo,[10] todos tratan del "Ministerio Público".
Elección
El Procurador General de la Nación es elegido por el Senado para un periodo de cuatro años a partir de una terna integrada por candidatos postulados por el Presidente de la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado.[11] Anteriormente existía la posibilidad de ser reelegido de manera indefinida, sobre lo cual existía cierta controversia.[12] Sin embargo dicha posibilidad fue eliminada tras la reforma constitucional consagrada en el acto legislativo 02 de 2015. Actualmente el procurador solo puede ejercer su puesto durante un periodo de cuatro años sin la posibilidad de ser reelegido, dando así la posibilidad de un constante cambio en la procuraduría general de la nación. [13][14]
Funciones
El Procurador General de la Nación, por si o por medio de sus delegados y agentes, tendrá las siguientes funciones:
- Vigilar el cumplimiento de la constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos.
- Proteger los derechos humanos y asegurar su efectividad, con el auxilio del Defensor del Pueblo.
- Defender los intereses de la sociedad.
- Defender los intereses colectivos, en especial el ambiente.
- Velar por el ejercicio diligente y eficiente de las funciones administrativas.
- Ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección popular; ejercer preferentemente el poder disciplinario; adelantar las investigaciones correspondientes e imponer las respectivas sanciones conforme a la ley.
- Intervenir en los procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas, cuando sea necesario, en defensa del orden público, del patrimonio público, o de los derechos y garantías fundamentales.
- Rendir anualmente informe de su gestión al Congreso.
- Exigir a los funcionarios públicos y a los particulares la información que considere necesaria.
Para el cumplimiento de sus funciones la Procuraduría tendrá atribucciones de policía judicial, y podrá interponer las acciones que considere necesarias.
El procurador General de la Nación ejercerá directamente las siguientes funciones:
- Desvincular del cargo, previa audiencia y mediante decisión motivada al funcionario público que incurra en alguna de las siguientes fallas: infringir de manera manifiesta la Constitución o la ley; derivar evidente e indebido provecho patrimonial en el ejercicio de su cargo o de sus funciones; obstaculizar, en forma grave, las investigaciones que realice la Procuraduría o una autoridad administrativa o jurisdiccional; obrar con manifiesta negligencia en la investigación y sanción de las faltas disciplinarias de los empleados de su dependencia, o en la denuncia de los hechos punibles de que tenga conocimiento en razón del ejercicio de su cargo.
- Emitir conceptos en los procesos disciplinarios que se adelanten contra funcionarios sometidos a fuero especial.
- Presentar proyectos de ley sobre materia relativas a su competencia.
- Exhortar al Congreso para que expida las leyes que aseguren la promoción, el ejercicio y la protección de los derechos humanos, y exigir su cumplimiento a las autoridades competentes.
- Rendir concepto en los procesos de control de constitucionalidad.
- Nombrar y remover, de conformidad con la ley, los funcionarios y empleados de su dependencia.
Dependencias
La Procuraduría General, la Defensoría del Pueblo y las Personerías conforman el Ministerio Público, cuya principal función es la de vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos por parte de los servidores públicos, para defender los derechos colectivos y los intereses de la sociedad civil. Los agentes del Ministerio Público tienen las mismas calidades, categoría, remuneración, derechos y prestaciones de los magistrados y jueces de mayor jerarquía ante quienes ejercen sus cargos. Para el cumplimiento de sus funciones la Procuraduría tiene atribuciones de Policía Judicial.
Defensoría del Pueblo
La Defensoría del Pueblo creada por la Constitución de Colombia de 1991, es uno de los organismos de control del Estado Colombiano. Su función es garantizar, promover, divulgar, defender, amparar y proteger los derechos humanos dentro del Estado social de derecho, "democrático, participativo y pluralista", así como la divulgación y promoción del Derecho Internacional Humanitario. Administrativamente, la Defensoría depende de la Procuraduría General de la Nación. El Defensor del Pueblo es elegido cada cuatro años por la Cámara de Representantes a partir de una terna enviada por el Presidente de la República. La creación de la Defensoría del Pueblo fue inspirada por la institución sueca del Ombudsman, antigua palabra escandinava que significa "representante del pueblo". La defensoría del pueblo recibe quejas acerca de la inconformidad de los ciudadanos. De este modo, la Defensoría del Pueblo mantendrá el tipo de elección pero independencia frente al Ministerio Público.
Personerías
Las personerías municipales y las personerías distritales son las entidades encargadas de ejercer el control administrativo en los municipios. Les corresponde la guarda y promoción de los derechos humanos, la protección del interés público.
Procuradores
Procurador | Periodo |
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Mario Aramburo Restrepo | 1967-1970 |
Jesús Bernal Pinzón | 1971-1974 |
Jaime Serrano Rueda | 1974-1978 |
Guillermo González Charry | 1978-1982 |
Carlos Jiménez Gómez | 1982-1986 |
Carlos Mauro Hoyos Jiménez | 1986-1988 |
Horacio Serpa Uribe | 1988-1989 |
Alfonso Gómez Méndez | 1989-1990 |
Carlos Gustavo Arrieta | 1990-1994 |
Orlando Vásquez Velásquez | 1994-1996 |
Jaime Bernal Cuéllar | 1997-2001 |
Edgardo Maya Villazón | 2001-2009 |
Alejandro Ordóñez Maldonado | 2009-2017 |
Fernando Carrillo Flórez | 2017-2021 |
Margarita Cabello Blanco | 2021-2025 |
Véase también
- Portal:Derecho. Contenido relacionado con Derecho.
- Fiscalía General de la Nación (Colombia)
- Contraloría General de la República (Colombia)
Referencias
- ↑ romera (2019). «2».
- ↑ «Objetivos y funciones». Consultado el 24 de julio de 2014.
- ↑ «Contexto histórico y global de la Procuraduría, temas que marcaron el inicio del Congreso Internacional». Archivado desde el original el 31 de julio de 2011. Consultado el 29 de septiembre de 2017.
- ↑ Bitajor. «ConstitucionColombia.com». www.constitucioncolombia.com. Consultado el 3 de noviembre de 2016.
- ↑ «Procuraduría General de la Nación, República de Colombia». www.procuraduria.gov.co. Consultado el 18 de octubre de 2015.
- ↑ «Ex procuradores respaldaron gestión del actual procurador, Alejandro Ordóñez - Archivo Digital de Noticias de Colombia y el Mundo desde 1.990 - eltiempo.com». eltiempo.com. Consultado el 18 de octubre de 2015.
- ↑ «DESTITUIDO EL PROCURADOR GENERAL ORLANDO VÁSQUEZ - Archivo Digital de Noticias de Colombia y el Mundo desde 1.990 - eltiempo.com». eltiempo.com. Consultado el 18 de octubre de 2015.
- ↑ «Código de Procedimiento Penal, ley 906 de 2004. Título III.». www.secretariasenado.gov.co. Consultado el 18 de octubre de 2015.
- ↑ «Código General del Proceso. Título IV Capitulo I.». www.secretariasenado.gov.co. Consultado el 18 de octubre de 2015.
- ↑ «Código General del Proceso y de lo Contencioso Administrativo. Titulo X.». www.secretariasenado.gov.co. Consultado el 18 de octubre de 2015.
- ↑ «Elección del procurador, ¿cuál es la mejor opción? | Javeriana Estéreo 91.9 FM». www.javeriana.edu.co. Archivado desde el original el 4 de marzo de 2016. Consultado el 18 de octubre de 2015.
- ↑ «Tambalea la reelección del procurador Ordóñez - Justicia - El Tiempo». eltiempo.com. Consultado el 18 de octubre de 2015.
- ↑ «Congreso elimina reelección del Procurador General | LA F.m.». www.lafm.com.co. Archivado desde el original el 5 de marzo de 2016. Consultado el 18 de octubre de 2015.
- ↑ «Actos Legislativos 02 de 2013. Artículo 3.». wp.presidencia.gov.co. Consultado el 18 de octubre de 2015.
Enlaces externos
- Wikimedia Commons alberga una categoría multimedia sobre Procuraduría General de la Nación.
- Procuraduría General de la Nación
- Historia de la Procuraduría
- Decreto 262 2014
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