Diferencia entre revisiones de «Presidente del Consejo Europeo»

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Como el papel de Presidente del Consejo se vuelve más formalizado en virtud del Tratado de Lisboa y se espera que lo ocupe una personalidad de alto prestigio, es posible que se produzcan problemas con otras dos figuras previstas en el Tratado de Lisboa: el [[Presidente de la Comisión Europea]] y el [[Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad]]. Además, el Presidente del Consejo debe asumir "la representación exterior de la Unión en los asuntos de política exterior y de seguridad común", lo cual podría llevar a conflictos de competencia con el Alto Representante. Además, los diferentes políticos podrían ser de partidos políticos opuestos, creando una división en la dirección de la UE (mayorías políticas en el Consejo y el Parlamento rara vez coinciden).<ref name="FG Plan">{{Cita web|apellido=Hix|nombre=Simon|last2=Roland|first2=Gérard|editorial = Foreign Policy Centre |título = Why the Franco-German Plan would institutionalise 'cohabitation' for Europe|url=http://fpc.org.uk/articles/201|fechaacceso = 09/05/2008}}</ref>
Como el papel de Presidente del Consejo se vuelve más formalizado en virtud del Tratado de Lisboa y se espera que lo ocupe una personalidad de alto prestigio, es posible que se produzcan problemas con otras dos figuras previstas en el Tratado de Lisboa: el [[Presidente de la Comisión Europea]] y el [[Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad]]. Además, el Presidente del Consejo debe asumir "la representación exterior de la Unión en los asuntos de política exterior y de seguridad común", lo cual podría llevar a conflictos de competencia con el Alto Representante. Además, los diferentes políticos podrían ser de partidos políticos opuestos, creando una división en la dirección de la UE (mayorías políticas en el Consejo y el Parlamento rara vez coinciden).<ref name="FG Plan">{{Cita web|apellido=Hix|nombre=Simon|last2=Roland|first2=Gérard|editorial = Foreign Policy Centre |título = Why the Franco-German Plan would institutionalise 'cohabitation' for Europe|url=http://fpc.org.uk/articles/201|fechaacceso = 09/05/2008}}</ref>


La doble naturaleza ejecutiva de las posiciones ha sido comparada con la [[República Francesa]], donde hay un Presidente de la República (el Presidente del Consejo) y un Primer Ministro (el Presidente de la Comisión). Sin embargo, a diferencia del modelo francés, el Presidente del Consejo no tiene poderes formales como la capacidad de disolver el Parlamento.<ref name="FG Plan"/>
La doble naturaleza ejecutiva de las posiciones ha sido comparada con la [[República Francesa]], donde hay un Presidente (el Presidente del Consejo) y un Primer Ministro (el Presidente de la Comisión). Sin embargo, a diferencia del modelo francés, el Presidente del Consejo no tiene poderes formales como la capacidad de disolver el Parlamento.<ref name="FG Plan"/>


La imprecisión de la cuestión en el Tratado de Lisboa, y la superposición de las descripciones de puestos no sólo los dos Presidentes, sino también el [[Alto Representante]], ha causado un cierto nerviosismo ante lo que ocurrirá con la entrada en vigor del Tratado. La división entre el Presidente del Consejo y Alto Representante sigue siendo poco clara y el efecto sobre el conjunto de la Comisión, de la que el Alto Representante será parte como Vicepresidente, es otra incertidumbre en relación con el establecimiento.<ref name="Vauge">{{Cita web|apellido=Magony|nombre=Honor|fecha=2007-11-28|editorial=EU Observer|título=Unclear EU treaty provisions causing 'nervousness'|url=http://euobserver.com/9/25234|fechaacceso= 09/05/2008}}</ref>
La imprecisión de la cuestión en el Tratado de Lisboa, y la superposición de las descripciones de puestos no sólo los dos Presidentes, sino también el [[Alto Representante]], ha causado un cierto nerviosismo ante lo que ocurrirá con la entrada en vigor del Tratado. La división entre el Presidente del Consejo y Alto Representante sigue siendo poco clara y el efecto sobre el conjunto de la Comisión, de la que el Alto Representante será parte como Vicepresidente, es otra incertidumbre en relación con el establecimiento.<ref name="Vauge">{{Cita web|apellido=Magony|nombre=Honor|fecha=2007-11-28|editorial=EU Observer|título=Unclear EU treaty provisions causing 'nervousness'|url=http://euobserver.com/9/25234|fechaacceso= 09/05/2008}}</ref>

Revisión del 01:13 14 oct 2009

Presidente del Consejo Europeo
Fredrik Reinfeldt (Suecia)
Desde el 1 de julio de 2009
Ámbito Unión Europea
Titular de Consejo Europeo
Residencia Región de Bruselas-Capital
Duración 6 meses (rotativo entre los miembros de la Unión)
Creación 1975
Primer titular Liam Cosgrave (Irlanda)
Sitio web https://www.european-council.europa.eu/the-president.aspx

El Presidente del Consejo Europeo es un cargo en la Unión Europea para presidir el Consejo Europeo. En la actualidad se trata de una posición clave (conocida también como el Presidente en ejercicio), que rota entre los estados miembros cada seis meses.

En el marco del proyecto del Tratado europeo de Lisboa, este sistema sería sustituido por un mandato de dos años y medio. Si el nuevo tratado es ratificado como está previsto, el primer Presidente permanente sería nombrado en 2009. Este nuevo cargo ha sido promocionado como el "Presidente de la Unión Europea".

La naturaleza exacta del nuevo puesto es incierta, pues no se conceden formalmente sus poderes y su relación con otros importantes puestos no está clara. Su influencia se determinará en gran parte por el impulso que pueda darle la primera persona en ocupar el puesto.

Historia

El primer Consejo Europeo se celebró en 1961 en una cumbre informal, pero sólo se formalizó en 1974. La Presidencia del sistema se basa en la Presidencia del Consejo de la Unión Europea, por lo que es auspiciada por el Estado miembro que ejerza la Presidencia del Consejo. Ya que el Consejo Europeo está compuesto por los dirigentes nacionales, éste está presidido por el jefe de Estado o de Gobierno de la Presidencia de turno.

El papel como Presidente en ejercicio no es en sentido equivalente a una oficina de un jefe de estado, sino sólo un primus inter pares (primero entre iguales) entre jefes de gobierno. El Presidente en ejercicio es el principal responsable de preparar y presidir las reuniones del Consejo, y no tiene poderes ejecutivos. No obstante, puede representar al Consejo y a la Unión en el exterior, y presentar los informes al Parlamento Europeo tras las reuniones del Consejo al principio y al final de la Presidencia.[1][2]

Se han producido algunas iniciativas en el sentido de realizar elecciones para dar al Presidente un mandato, argumentando que esto reforzaría el puesto en el seno del Consejo para permitir un liderazgo más firme, además de abordar la cuestión de legitimidad democrática en la UE.[3]

Disposiciones del Tratado de Lisboa

Tal y como está propuesto, el nuevo Presidente del Consejo Europeo sería elegido por un período de dos años y medio. La elección tendrá lugar por mayoría cualificada entre los miembros del cuerpo, y el Presidente puede ser destituido por el mismo procedimiento. A diferencia del Presidente de la Comisión Europea, no hay aprobación del Parlamento Europeo.

Funciones y atribuciones

El trabajo del Presidente sería en gran medida una función administrativa que coordine la labor del Consejo y la organización de las reuniones. Él o ella tendría que representar la institución dentro de la Unión y presentar la información al Parlamento Europeo después de cada reunión, así como en representar a la Unión en política exterior junto con el Alto Representante. Sin embargo hay un considerable solapamiento entre las funciones del Presidente, el Presidente de la Comisión y el Alto Representante, en particular en materia de política exterior, dejando la incertidumbre acerca de qué grado de influencia en realidad tiene cada uno. Hay además preocupación sobre si el Presidente tendra suficiente personal y recursos para cumplir sus funciones con eficacia.

Posibles problemas

Como el papel de Presidente del Consejo se vuelve más formalizado en virtud del Tratado de Lisboa y se espera que lo ocupe una personalidad de alto prestigio, es posible que se produzcan problemas con otras dos figuras previstas en el Tratado de Lisboa: el Presidente de la Comisión Europea y el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad. Además, el Presidente del Consejo debe asumir "la representación exterior de la Unión en los asuntos de política exterior y de seguridad común", lo cual podría llevar a conflictos de competencia con el Alto Representante. Además, los diferentes políticos podrían ser de partidos políticos opuestos, creando una división en la dirección de la UE (mayorías políticas en el Consejo y el Parlamento rara vez coinciden).[4]

La doble naturaleza ejecutiva de las posiciones ha sido comparada con la República Francesa, donde hay un Presidente (el Presidente del Consejo) y un Primer Ministro (el Presidente de la Comisión). Sin embargo, a diferencia del modelo francés, el Presidente del Consejo no tiene poderes formales como la capacidad de disolver el Parlamento.[4]

La imprecisión de la cuestión en el Tratado de Lisboa, y la superposición de las descripciones de puestos no sólo los dos Presidentes, sino también el Alto Representante, ha causado un cierto nerviosismo ante lo que ocurrirá con la entrada en vigor del Tratado. La división entre el Presidente del Consejo y Alto Representante sigue siendo poco clara y el efecto sobre el conjunto de la Comisión, de la que el Alto Representante será parte como Vicepresidente, es otra incertidumbre en relación con el establecimiento.[5]

Privilegios

Las negociaciones formales sobre el sueldo y los privilegios de los puestos de trabajo se iniciarón en abril de 2008 como parte del proyecto de presupuesto de la UE para 2009. El Presidente del Consejo recibiría el mismo trato que el Presidente de la Comisión. En cuanto al salario, esto sería 270.000 €, aunque esto no será anunciado oficialmente hasta después del referéndum irlandés del Tratado de Lisboa.[6]

En términos de otros privilegios el Presidente recibiría un coche con chofer y tendría un subsidio para vivienda, en lugar de una residencia oficial (se sugirió la futura sede del Consejo Europeo, Résidence Palace), que fue considerado "demasiado simbólico". Del mismo modo, la idea de un jet privado también fue rechazada por ser simbólico.[6]

Ante la posibilidad de que sean mayores las ventajas para el Presidente del Consejo que para el Presidente de la Comisión, el Parlamento ha amenazado con rechazar el presupuesto de 2009.[7]

Referencias

  1. «How does the EU work». europa.eu. Consultado el 09/05/2008. 
  2. «European Council». europa.eu. Consultado el 12 de julio de 2007. 
  3. Leinen, Jo. «A President of Europe is not Utopian, it's practical politics». Europe's World. Consultado el 09/05/2008. 
  4. a b Hix, Simon; Roland, Gérard. «Why the Franco-German Plan would institutionalise 'cohabitation' for Europe». Foreign Policy Centre. Consultado el 09/05/2008. 
  5. Magony, Honor (28 de noviembre de 2007). «Unclear EU treaty provisions causing 'nervousness'». EU Observer. Consultado el 09/05/2008. 
  6. a b Mahony, Honor (14 de abril de 2008). «Member states consider perks and staff for new EU president». EU Observer. Consultado el 09/05/2008. 
  7. Mahony, Honor (22 de abril de 2008). «MEPs to use budget power over EU president perks». EU Observer. Consultado el 09/05/2008. 

Véase también