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== Contenido de las Leyes Nuevas ==
== Contenido de las Leyes Nuevas ==
En [[1542]] los críticos de la encomienda logran su propósito mediante la promulgación, por parte del rey, de las '''Leyes Nuevas''' ([[20 de noviembre]]). Estas leyes reordenaron la administración ultramarina fundando varias Capitanías Generales, como la del Reino de Guatemala. Se decretó la extinción de la encomienda, y se prohibió la esclavitud del indígena, el cual gozaba (en teoría) los mismos derechos y obligaciones de cualquier vasallo de los otros reinos regidos por la Corona de Castilla. Las encomiendas dejaron de ser hereditarias y debían desaparecer a la muerte de los encomenderos actuales. Las principales resoluciones en beneficio de los indígenas fueron:
En [[1542]] los críticos de la encomienda logran su propósito mediante la promulgación, por parte del rey, de las '''Leyes Nuevas''' ([[20 de noviembre]]). Estas leyes reordenaron la administración ultramarina fundando varias Capitanías Generales, como la del Reino de Guatemala. Se decretó la extinción de la encomienda, y se prohibió la esclavitud del indígena, el cual gozaba (en teoría) los mismos derechos y obligaciones de cualquier vasallo de los otros reinos regidos por la Corona de Castilla. Las encomiendas dejaron de ser hereditarias y debían desaparecer a la muerte de los encomenderos actuales. Las principales resoluciones en beneficio de los indígenas fueron:
* calamino bastardo.
* Cuidar la conservación, gobierno y buen trato de los indios.
* Que no hubiera causa ni motivo alguno para hacer esclavos, ni por guerra, ni por rebeldía, ni por rescate, ni de otra manera alguna.
* Que no hubiera causa ni motivo alguno para hacer esclavos, ni por guerra, ni por rebeldía, ni por rescate, ni de otra manera alguna.
* Que los esclavos existentes fueran puestos en libertad, si no se mostraba el pleno derecho jurídico a mantenerlos en ese estado.
* Que los esclavos existentes fueran puestos en libertad, si no se mostraba el pleno derecho jurídico a mantenerlos en ese estado.

Revisión del 20:57 6 dic 2016

Leyes Nuevas de 1542.

Las Leyes Nuevas (originalmente Leyes y ordenanzas nuevamente hechas por su Majestad para la gobernación de las Indias y buen tratamiento y conservación de los Indios) son un conjunto legislativo promulgado el 20 de noviembre de 1542 que pretende mejorar las condiciones de los indígenas de la América española, fundamentalmente a través de la revisión del sistema de la encomienda y brindando una serie de derechos a los indígenas para que vivan en una condición mejor.[1]

Precedentes

Desde comienzos del siglo XVI surgieron críticos en España con la situación que sufrían los indios en las, hasta entonces, islas próximas al continente americano. La Junta de Burgos y su fruto legislativo, las Leyes de Burgos (1512-1513), trataron de conciliar el derecho de conquistar América con la prevención de los abusos mediante, entre otras cosas, la creación de la encomienda, que no logró prevenir los abusos, sino que contribuyó a agravarlos. Esta figura jurídica, basada en la España de la Reconquista, tenía tres claros objetivos: de un lado, respetar la condición de vasallo del rey de España (esto es, no esclavo) del indio; de otra, evangelizarlo, tarea que correspondía al colono a cargo de la encomienda; y finalmente hacer productiva las tierras colonizadas mediante el trabajo del indio, a las que estaba ligado. No obstante, esta figura jurídica no resultó de la forma esperada, ya que algunos colonos en América transformaron dichas encomiendas en instrumentos encubiertos de esclavitud de indîgenas. [2]

Las Leyes de Burgos no tienen precedente en la historia colonial americana. Son los primeros instrumentos legales creados para la protección de los habitantes de territorios colonizados, y precursores del derecho internacional. Sin embargo, estas leyes eran prematuras para su tiempo. En el conjunto de América, las libertades y derechos individuales no llegaron hasta el siglo XIX. Por ello, esta legislación vanguardista no siempre se cumplió en los territorios españoles de ultramar. Las leyes legalizaron una situación ya existente en la que algunos indios estaban obligados a trabajar para encomenderos.

Durante el reinado de Carlos I de España, el debate se reavivó. El rey, influido por los escritos y argumentos del fraile dominico Bartolomé de las Casas, encargó revisar la legislación colonial. El propósito de Las Casas era abolir la encomienda, puesto que consideraba que se estaba degradando a los indios, forzándoles a abandonar su medio natural e instalarse en las encomiendas, al tiempo que la introducción del dinero rompía las estructuras sociales y comunales de los mismos. Su postura no era un hecho aislado, sino que se enmarcaba dentro de un debate acerca de la propia legitimidad de la conquista y colonización (así, Francisco de Vitoria pronuncia en 1539 dos relecciones, llamadas "de Indiis", en las que estudia siete títulos dictados para justificar el dominio del rey en Indias. Vitoria presenta una argumentación con base en ideas de Tomás de Aquino, por medio de la cual niega la legitimidad de tales títulos. Al final propone otros títulos, llamados "legítimos", con los cuales justifica la empresa americana. Su argumentación parte de la bula "Sublimis Deus" dictada por el papa Paulo III.

Contenido de las Leyes Nuevas

En 1542 los críticos de la encomienda logran su propósito mediante la promulgación, por parte del rey, de las Leyes Nuevas (20 de noviembre). Estas leyes reordenaron la administración ultramarina fundando varias Capitanías Generales, como la del Reino de Guatemala. Se decretó la extinción de la encomienda, y se prohibió la esclavitud del indígena, el cual gozaba (en teoría) los mismos derechos y obligaciones de cualquier vasallo de los otros reinos regidos por la Corona de Castilla. Las encomiendas dejaron de ser hereditarias y debían desaparecer a la muerte de los encomenderos actuales. Las principales resoluciones en beneficio de los indígenas fueron:

  • calamino bastardo.
  • Que no hubiera causa ni motivo alguno para hacer esclavos, ni por guerra, ni por rebeldía, ni por rescate, ni de otra manera alguna.
  • Que los esclavos existentes fueran puestos en libertad, si no se mostraba el pleno derecho jurídico a mantenerlos en ese estado.
  • Que se acabara la mala costumbre de hacer que los indios sirvieran de cargadores (tamemes), sin su propia voluntad y con la debida retribución.
  • Que no fueran llevados a regiones remotas con el pretexto de la pesca de perlas.
  • Que los oficiales reales (del virrey para abajo) no tuvieran derecho a la encomienda de indios, lo mismo que las órdenes religiosas, hospitales, obras comunales o cofradías.
  • Que el repartimiento dado a los primeros conquistadores cesara totalmente a la muerte de ellos y los indios fueran puestos bajo la Real Corona, sin que nadie pudiera heredar su tenencia y dominio.

Aplicación y consecuencias en Perú

Al mismo tiempo que se aprobaron las Leyes Nuevas, se creó también el Virreinato del Perú y la Real Audiencia de Lima. Fue elegido como primer virrey del Perú Blasco Núñez Vela, quien aplicó enérgicamente la nueva legislación. Los encomenderos protestaron indignados y organizaron una rebelión, eligiendo como líder a Gonzalo Pizarro, rico encomendero en Charcas.

Los oidores de la Real Audiencia se inclinaron a defender los derechos de los encomenderos, tomaron prisionero al virrey (18 de septiembre de 1544) y lo embarcaron, de vuelta a España. Pizarro entró triunfalmente en Lima el 28 de octubre de 1544, al frente de 1200 hombres. Los oidores lo nombraron gobernador del Perú.

El virrey Núñez Vela logró escapar y organizó un ejército. Sin embargo, fue derrotado en la Batalla de Iñaquito, el 18 de febrero de 1546, hecho prisionero y decapitado en el campo de batalla. Pizarro también logró otra victoria sobre fuerzas leales, en la Batalla de Huarina, cerca del lago Titicaca, el 20 de octubre de 1547.

Sin embargo, el poder de Pizarro se desvaneció cuando el nuevo representante de la corona, el sacerdote Pedro de la Gasca, nombrado presidente de la Real Audiencia, ofreció el perdón a los sublevados y derogó las Leyes Nuevas. Las fuerzas de Gonzalo Pizarro empezaron a desertar y sumarse a Gasca. Ambos ejércitos se enfrentaron en la batalla de Jaquijahuana, en la pampa de Anta o Sacsahuana, el 9 de abril de 1548, donde los sublevados fueron derrotados y ejecutados sumariamente.

Aplicación y consecuencias en Nueva España

En México fue enviado el juez visitador Francisco Tello de Sandoval para aplicar las Leyes Nuevas. Sin embargo, el visitador optó por suspender su aplicación, ante las peticiones del Ayuntamiento de la ciudad de México, del virrey Antonio de Mendoza e incluso del obispo fray Juan de Zumárraga y los provinciales de las órdenes religiosas, mientras hacían llegar su apelación a España. El 20 octubre de 1545 el rey suspendió el capítulo que prohibía la herencia de las encomiendas. La norma que subsistió fue la concesión por "dos vidas", la del titular y su heredero. Las demás disposiciones quedaron en vigor.[3]

Referencias

  1. García Icazbalceta, Joaquín "Colección de documentos para la historia de México" "Leyes y ordenanzas" (Dada en la ciudad de Barcelona, a veinte días del mes de noviembre, año del nacimiento de nuestro Salvador Jesucristo de mill e quinientos e cuarenta y dos años) y addenda 4 de junio de 1543; 26 de junio de 1543; 26 de mayo de 1544 8texto en la web Cervantes Virtual
  2. LA SITUACIÓN JURÍDICA DEL INDIO DURANTE LA CONQUISTA ESPAÑOLA EN AMÉRICA
  3. Gibson, Charles (2003). Los aztecas bajo el dominio español: 1519-1810, 15a. ed. Siglo XXI. pp. 66-68. 

Bibliografía

  • Historia de España, Joseph Pérez. ISBN 84-855432-091-X
  • Alberto Pérez Amador Adam: "De legitimatione imperii Indiae Occidentalis. La vindicación de la Empresa Americana en el discurso jurídico y teológico de las letras de los Siglos de Oro en España y los virreinatos americanos." Madrid / Frankfurt: Iberoamericana / Vervuert 2011 ISBN: 9788484895039