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Diferencia entre revisiones de «Normas sociales»

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No se puede obligar a cumplir alguna norma.
No se puede obligar a cumplir alguna norma.


(ejemplo: No te pueden obligar a tener determinado número de hijos).
(ejemplo: No te pueden obligar a tener determinado número de hijos).hola noe


== Véase también ==
== Véase también ==

Revisión del 16:40 5 dic 2017

Las normas sociales son las reglas que deben seguir las personas para una mejor convivencia, a las que se deben ajustar las conductas, tareas y actividades del ser humano. El conjunto o sistema de normas, reglas o deberes que regula las acciones de los individuos entre sí.

Diferentes tipos de normas y tipo de desviación que implica su incumplimiento.

Se podrían resumir como la forma correcta de actuar en una sociedad, por ejemplo: Como saludar a las personas mayores, pedir la palabra y el turno para poder hablar, entre otros comportamientos. [1]

Constitución vigente en los Estados Unidos Mexicanos, en esta se fundamentan los derechos humanos, las garantías y libertades personales y en grupo.

Tipos de normas[2]

Estas normas establecen la forma de actuar en cierto lugar y bajo una circunstancia determinada, lo que se establece es necesario acatarlo, si no se cumplen las disposiciones establecidas, podríamos obtener sanciones. Debemos recordar que, aunque el incumplimiento de algunas normas puede causar una sanción, la autoridad correspondiente tiene la obligación de hacer respetar los derechos humanos los cuales se encuentran fundamentados en los artículos 1° al 29° y el artículo 123°, estos artículos se encuentran en la constitución de 1917, la cual se encuentra vigente en los Estados Unidos Mexicanos.

De trato social

Son creadas por la sociedad, generalmente tiene su origen en las creencias y costumbres de cada grupo. Su incumplimiento podría conducir a al rechazo por parte de un grupo social.

Morales

Se originan en la conciencia de la persona, por ende, dirigen nuestra conducta para actuar con ética. Nadie nos obliga a cumplirlas, pero su incumplimiento nos genera sentimientos de remordimiento o culpa.

Religiosas

Se originan en la conciencia de la persona, por ende, dirigen nuestra conducta para actuar con ética. Nadie nos obliga a cumplirlas, pero su incumplimiento nos genera sentimientos de remordimiento o culpa. En este caso nos podría generar rechazo por parte de alguna religión.

Jurídicas

Son reglas creadas por una autoridad competente, con el fin de regular la conducta del hombre. Cumplirlas es un deber para quien van dirigidas. Su incumplimiento puede generar sanciones y la autoridad puede obligar a acatarlas utilizando la fuerza pública, aun en contra de la voluntad del obligado.

Características de las normas[3]

Características específicas, que se permiten distinguir una de la otra. Cabe destacar que también tanto un ciudadano común como un presunto acusado de violar las leyes tiene garantías y derechos fundamentados en la constitución vigente de 1917.

Unilaterales

Alguien está obligado al cumplimiento de la norma, pero no hay quien pueda exigírselo.

(ejemplo: Dar el saludo a alguien, no obliga a devolverlo, sino por cortesía).

Bilaterales

Impone deberes y concede facultades, hay una persona que debe cumplir y hay quien pueda exigírselo.

(ejemplo: Comprar un kilogramo de azúcar te obliga a pagar el costo al vendedor).

Autónomas

La conducta de una persona es conforme a su propia voluntad.

(ejemplo: La forma de vestirse, de peinarse, etc.).

Heterónomas

La norma es creada por un sujeto, pero es otro el que debe de cumplirla es otro.

(ejemplo: Reglas para contraer matrimonio).

Interiores

Regula la conducta al interior de una persona.

(ejemplo: No mentir).

Exteriores

La conducta externa debe adecuarse a lo establecido.

(ejemplo: No pasar un alto).

Coercibles.

Si la norma no se cumple es posible obligar a hacerlo mediante el uso de la fuerza.

(ejemplo: Si tienes un hijo, te pueden obligar a pagar manutención).

Incoercibles

No se puede obligar a cumplir alguna norma.

(ejemplo: No te pueden obligar a tener determinado número de hijos).hola noe

Véase también

Referencias

  1. Arias, R (2014). Derecho 1 Serie integral por competencias. Ciudad de México, México: Grupo Editorial Patria. 
  2. Ceballos, M (2015). Derecho 1. Ciudad de México, México: SEP/ CONALITEG. 
  3. Ortiz, R (2002). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ciudad de México, México: Porrua. 

Introducción al Estudio del Derecho Colección Manuales de Facultad de Derecho y Ciencias Sociales Nº 1 María Teresa Vizcaíno López, Susana Madrigal Guerrer.

www.juridicas.unam.mx capítulo cuarto la norma jurídica.

Guía estratégica para el aprendizaje auto dirigido, Introducción al Derecho Ramón Salvador Jiménez.