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La Ley que promueve el empoderamiento de las mujeres rurales e indígenas o Ley N° 31168 es la norma peruana que «tiene por objeto fortalecer, a través de acciones afirmativas, el empoderamiento, la igualdad de oportunidades y el desarrollo integral de las mujeres rurales e indígenas».[1]​ Con la finalidad de promover la autonomía económica, social y cultural de las mujeres rurales desde la capacitación y el financiamiento. [2]

Fue aprobada por el Congreso de la República el 8 de marzo de 2021 y publicada en el diario oficial El Peruano el 14 de abril de 2021.

Contexto[editar]

Las desigualdades entre hombres y mujeres están presentes en el país. Sin embargo, las brechas sociales aumentan en el sector rural. Según el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), en 2024, solo el 10 % de mujeres rurales alcanzaron estudiar o terminar sus estudios en educación superior.[3]​ Lo cual se replica en las cifras sobre alfabetización, puesto que el 19,6 % de mujeres rurales encuestadas señalaron no saber leer ni escribir.[3]

Contenido[editar]

La norma contiene 4 artículos que corresponden a su estructura:

  • Objeto de la ley
  • Definición de mujer rural
  • Capacitación técnico-productiva y financiera
  • Informe y monitoreo

Aplicación[editar]

Artículo 1 Objeto de la ley[editar]

Fortalecer el empoderamiento, la igualdad de oportunidades y el desarrollo integral de todas las mujeres rurales e indígenas mediante un plan de trabajo que potencie su autonomía económica, rural y social con un constante acompañamiento y financiamiento productivo.[1]

Artículo 2 Definición de mujer rural[editar]

Se entiende por mujeres rurales a aquellas que residen en zonas rurales y están relacionadas directa o indirectamente con las actividades de productividad y sustentabilidad rural, incluso si son o no reconocidas por instituciones privadas o del Estado o si no son remuneradas. El artículo también establece que las mujeres rurales pueden autoidentificarse como indígenas nativas, afrodescendientes o mestizas.[1]

Artículo 3 Capacitación térnico-productiva y financiera[editar]

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego junto al Ministerio de la Producción, la Superintendencia de Banca, Seguros (Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones), y el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, vienen desarrollando programas orientados a planes de negocio, proyectos productivos, asistencia técnica y manejo de tecnologías agrícolas, dirigido a mujeres rurales e indígenas. Estas instituciones remitirán informes anuales a la Comisión de Mujer y Familia y a la Comision Agraria del Congreso de la República del Perú, con el fin de presentar avances e informes de la presente ley. [4]

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego junto al Ministerio de la Producción, vienen desarrollando programas orientados a planes de negocio, proyectos productivos, asistencia técnica y manejo de tecnologías agrícolas, dirigido a mujeres rurales e indígenas.  A su vez, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, conjuntamente con el Ministerio de Desarrollo Agrario y el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, desarrollan programas de capacitación económica sobre financiamiento y acceso a créditos.

Artículo 4 Informe y monitoreo[editar]

Véase también[editar]

  1. a b c «Ley que promueve el empoderamiento de las mujeres rurales e indígenas - LEY - N° 31168 - CONGRESO DE LA REPUBLICA». busquedas.elperuano.pe. Consultado el 18 de mayo de 2024. 
  2. «OPSAa». opsaa.iica.int. Consultado el 19 de mayo de 2024. 
  3. a b INEI (2024). Situación de la Mujer Rural, 2022. Lima, Perú: INEI. p. 36. Consultado el 18 de mayo de 2024. 
  4. «Ley N°31168: Ley que promueve el empoderamiento de las mujeres rurales e indígenas.». Sembrando Esperanza y Cosechando Resultados a favor de la Agricultura Familiar. Leyes, normas y resoluciones impulsadas por nuestros gremios asociados y aliados. pp. «p.8-9».