Tribunal de Defensa de la Libre Competencia
Tribunal de Defensa de la Libre Competencia | ||||
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Información general | ||||
Sigla | TDLC | |||
Ámbito |
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Jurisdicción | Nacional | |||
Tipo | Organismo público del Poder Judicial | |||
Sede | Huérfanos 670, Santiago | |||
Organización | ||||
Presidente | Nicolás Rojas Covarrubias (desde 2022) | |||
Composición | Presidente, 4 ministros titulares, 2 ministros suplentes y 1 secretaria abogada | |||
Depende de | Corte Suprema | |||
Historia | ||||
Fundación | 8 de octubre de 2003 (19 años) | |||
Sucesión | ||||
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Sitio web | ||||
El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) es un órgano jurisdiccional chileno especial e independiente, sujeto a la superintendencia directiva, correccional y económica de la Corte Suprema, cuya función es prevenir, corregir y sancionar los atentados a la libre competencia. Posee el tratamiento de Honorable, y cada uno de sus miembros, el de Ministro. Tiene su sede en Santiago.
Es un tribunal colegiado, integrado por tres abogados y dos economistas, que decide respecto de infracciones a la libre competencia y efectúa el control de las operaciones de concentración, entre otras funciones.
Fue creado por medio de la Ley N°19.911, del 8 de octubre de 2003,[1] en reemplazo de la Comisión Resolutiva Antimonopolio y de las Comisiones Preventivas (central y regionales).
Funciones[editar]
Este tribunal funciona en forma permanente y fija sus días y horarios de funcionamiento. En todo caso, debe sesionar en sala legalmente constituida (con un quórum de a lo menos tres miembros) para la resolución de las causas, como mínimo tres días a la semana.
Es de competencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia:
- Conocer, a solicitud de parte o del Fiscal Nacional Económico, las situaciones que pudieren constituir infracciones a la ley sobre libre competencia;
- Conocer, a solicitud de quien tenga interés legítimo, o del Fiscal Nacional Económico, los asuntos de carácter no contencioso que pueden infringir las disposiciones de la ley sobre libre competencia, sobre hechos, actos o contratos existentes, así como aquellos que le presenten quienes se propongan ejecutarlos o celebrarlos, para lo cual, en ambos casos, puede fijar las condiciones que deberán ser cumplidas en dichos hechos, actos o contratos;
- Dictar instrucciones de carácter general de conformidad a la ley, las cuales deberán considerarse por los particulares en los actos o contratos que ejecuten o celebren y que tuvieren relación con la libre competencia o pudieran atentar contra ella;
- Proponer al Presidente de la República, a través del Ministro de Estado que corresponda, la modificación o derogación de los preceptos legales y reglamentarios que estime contrarios a la libre competencia, como también la dictación de preceptos legales o reglamentarios cuando sean necesarios para fomentar la competencia o regular el ejercicio de determinadas actividades económicas que se presten en condiciones no competitivas; y
- Las demás que le señalan las leyes.
Composición[editar]
El tribunal está compuesto por cinco miembros o ministros titulares:
- Un abogado, que lo preside, designado por el presidente de la República de una nómina de cinco postulantes confeccionada por la Corte Suprema mediante concurso público de antecedentes;
- Cuatro profesionales universitarios expertos en materias de libre competencia, dos de los cuales deben ser abogados y dos licenciados o con post grados en ciencias económicas, designados por el Consejo del Banco Central previo concurso público de antecedentes y por el presidente de la República.
Además, posee dos miembros suplentes, uno por cada área profesional, respectivamente.
Los integrantes titulares y suplentes permanecen seis años en sus cargos, pudiendo ser designados por nuevos períodos sucesivos. No obstante, el tribunal se renueva parcialmente cada dos años.
Asimismo, para el cumplimiento eficaz y eficiente de sus funciones, este tribunal cuenta con una dotación de personal, liderada por una secretaria abogada y compuesta por 5 relatores, 4 economistas, 6 administrativos y 2 auxiliares
A abril de 2020, forman parte de este tribunal como Ministros titulares:[2]
- Enrique Vergara Vial, abogado (Presidente del Tribunal), período 2016-2022;
- Eduardo Saavedra Parra, economista, período 2014-2020
- Javier Tapia Canales, abogado, período 2014-2020
- María de la Luz Domper Rodríguez, economista, período 2018-2024
- Daniela Gorab Sabat abogada, período 2018-2024.
Y forman parte del tribunal, como Ministros suplentes:
- Nicolás Rojas Covarrubias, abogado, período 2017-2020.
- Jorge Hermann Anguita, economista, período 2017-2020.
Presidentes[editar]
N.º | Titular | Período | Designado por el Presidente |
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1 | Eduardo Jara Miranda | 2004 - 10 de mayo de 2010 | Ricardo Lagos Escobar |
2 | Tomás Menchaca Olivares[3] | 12 de mayo de 2010 - 10 de mayo de 2016 | Sebastián Piñera Echenique |
3 | Enrique Vergara Vial[4] | 13 de mayo de 2016 - 25 de mayo de 2022 | Michelle Bachelet Jeria |
4 | Nicolás Rojas Covarrubias[5] | 26 de mayo de 2022 - presente | Gabriel Boric Font |
Referencias[editar]
- ↑ Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Ley N° 19.911. Santiago, 8 de octubre de 2003.
- ↑ «Quienes Somos». tdlc.cl. Consultado el 11 de abril de 2020.
- ↑ «Presidente de la República designa nuevo presidente del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia.». www.tdlc.cl. 10 de mayo de 2010. Consultado el 12 de noviembre de 2020.
- ↑ «Presidenta Bachelet designa a Enrique Vergara como nuevo presidente del TDLC». Emol. 10 de mayo de 2016. Consultado el 12 de noviembre de 2020.
- ↑ «Gobierno nombra a abogado Nicolás Rojas como nuevo presidente del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia». El Mostrador (Elmostrador.cl). 26 de mayo de 2022. Consultado el 4 de junio de 2022.