Feminicidios en Perú
El feminicidio en Perú, fue incorporado como delito por el Código Penal desde el 2011[1] y se reguló posteriormente en el 2013 con la Ley 30068[2] para plantear contextos como: violencia de género, hostigamiento o acoso sexual, abuso de poder y discriminación. Además, se estableció que no es necesario que exista o haya existido una relación conyugal o de convivencia con el agresor para que el crimen sea considerado como un feminicidio.[2]
Se entiende por feminicidio[3] el asesinato de una mujer por el por su condición de tal, según indica el Código Penal peruano, y se considera la forma más grave de violencia de género.[4] Este crimen suele estar vinculado a situaciones de violencia machista y desigualdad entre hombres y mujeres.[3]
Entre el 2018 y lo que va del 2025, se han reportado 1,149 víctimas de feminicidio y 2,232 intentos de feminicidio durante el mismo periodo, según reportan los datos del programa nacional Warmi Ñan del Ministerio de la Mujer.[5]
Además, durante el 2023, Perú fue el sexto país con más feminicidios[6] en América Latina, con más de 146 casos. Brasil registró el mayor número de casos[6] con 1 706, seguido de México con 827 y Colombia con 525.
Sanciones penales
[editar]El delito de feminicidio en el Perú está sancionado con una pena privativa de libertad no menor de veinte años, conforme a lo establecido en el Código Penal. La pena puede incrementarse a no menos de treinta años cuando la víctima es una persona menor de edad o adulta mayor.[7]
El Código Penal contempla diversas circunstancias agravantes, entre ellas que la víctima se encuentre en estado de gestación, presente alguna discapacidad, o haya sido previamente sometida a trata de personas.[8] Asimismo, cuando el delito se comete mediante medios especialmente crueles, como el uso de fuego u otras formas de violencia extrema, o cuando concurren dos o más circunstancias agravantes, la sanción prevista es la cadena perpetua.[7]
Adicionalmente, la legislación peruana excluye el acceso a beneficios penitenciarios para las personas condenadas por el delito de feminicidio, en atención a la gravedad y se considera una pena severa.[7]
Estadísticas
[editar]En el Perú, se estima que cada dos días se produce un feminicidio. Los datos revelan que el 50 % de los feminicidios fueron cometidos por la pareja de la víctima y el 19 % por sus exparejas.[9][10] En 2018, la entonces titular del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Ana María Mendieta, sostuvo que el machismo es uno de los factores que causan este tipo de crimen:[11]
“Las cifras nos demuestran que nuestra sociedad aún está influida por el machismo, que impone ejercicio de poder por parte de los hombres sobre las mujeres. Esta concepción machista es la que justifica y reproduce la violencia familiar y sexual de la que somos testigos diariamente, y que constituyen un riesgo para el bienestar y la vida de las mujeres."Ana María Mendieta Trefogli (junio 2018)
Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
Un estudio del Instituto Nacional de Estadística e Informática analizó los casos de feminicidio entre el 2015 y el 2022. Entre sus principales hallazgos se pudo encontrar que el 44,2 % de las víctimas tenían menos de 30 años; de ese grupo, 9,5 % eran menores de 18 años y 34,7 % tenían entre 18 y 29 años.[12]
En el 2023, La tasa de feminicidio a nivel nacional se mantuvo en 0,9. La mayor tasa se presentó en la región de Huancavelica, con 2,9 víctimas por cada 100.000 mujeres, según el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI). Ese mismo año, la tasa en Arequipa se elevó a 2,5. Mientras que en Junín fue 2,3 y en Huánuco 2,2. [13]
Anteriormente el Instituto Nacional de Estadística e Informática había rebelado que de enero de 2009 a octubre de 2015, 795 feminicidios fueron cometidos, sin embargo, el Poder Judicial solo emitió 84 sentencias entre el 2012 y 2015. En 81 % de los casos de intentos de feminicidio, ninguna medida fue tomada por parte de las autoridades para proteger a la sobreviviente, y 24 % de las mujeres quienes apelaron al sistema de justicia por ayuda fueron más tarde asesinadas por los mismos hombres que las habían intentado asesinar.[14]
Estas son las cifras históricas proporcionadas por el programa nacional Warmi Ñan, antes programa Aurora:[5]
| Año | Feminicidios | Tentativas de feminicidio |
|---|---|---|
| 2018 | 149 | 304 |
| 2019 | 166 | 404 |
| 2020 | 131 | 330 |
| 2021 | 136 | 293 |
| 2022 | 130 | 223 |
| 2023 | 170 | 258 |
| 2024 | 162 | 233 |
| *2025 | 105 | 187 |
*Hasta agosto de 2025
Ciclo de la violencia
[editar]El ciclo de la violencia, en su manifestación más extrema, puede culminar en un feminicidio, de acuerdo a la psicóloga Lenore Walker. Su modelo explica la violencia ejercida contra las mujeres y la dinámica entre el agresor y la víctima en tres etapas:[15]
La primera etapa, la denomina acumulación de tensión: el agresor comienza a mostrar cambios negativos en su estado de ánimo de forma gradual e impredecible. Aunque la mujer intenta calmar la situación mediante la complacencia o la conciliación, creyendo que puede evitar una confrontación, la tensión continúa aumentando sin cesar.
La segunda etapa, la denomina de estallido violento: la violencia se manifiesta abiertamente a través de agresiones físicas, psicológicas o sexuales, dirigidas hacia la mujer y, en algunos casos, también hacia sus hijos o hijas. En esta etapa, es frecuente que la víctima busque ayuda, denuncie los hechos o revele lo que está ocurriendo.
La tercera etapa, la denomina de arrepentimiento o “luna de miel”: el agresor aparenta remordimiento, pide perdón, intenta justificar su comportamiento, promete cambiar e incluso recurre a gestos afectivos o regalos para recuperar la relación. Esta conducta genera en la víctima la esperanza de que la situación mejorará, lo que puede llevarla a perdonar, retirar denuncias o minimizar la violencia.
Este ciclo de violencia tiende a repetirse con cada vez mayor frecuencia, hasta que, con el tiempo, se reduce únicamente a la fase de explosión o agresión. En su manifestación más grave, este proceso puede culminar en un feminicidio.[15]
La cifras de violencia de género en el Perú muestran que un 53.8 % de niñas, adolescentes o mujeres ha sido víctima de violencia física, psicológica o sexual según un estudio del INEI publicado en el 2024.[16]
Posible retroceso normativo
[editar]La congresista Milagros Jáuregui de la bancada de Renovación Popular presentó el Proyecto de Ley N° 10342[17] que propone modificar el artículo 108-B del Código Penal[18] y eliminar el delito de feminicidio para reemplazarlo por el delito de "asesinato de la pareja".[17] Sin embargo, las cifras muestran que no todas las víctimas de feminicidio tenían un vínculo con el agresor. En lo que va del año 2025, el 19 % de los casos registrados por el Ministerio de la Mujer tuvieron como victimario a un desconocido.[19]
La iniciativa ha sido rechazada por organizaciones especialistas en violencia de género como el Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán porque la aprobación de la norma generaría un vacío legal en los casos de crímenes contra mujeres cuando no hay una relación de pareja entre la víctima y el agresor pero que si estuvieron motivados por razones de violencia de género.[20]
«El feminicidio contempla supuestos que van más allá de la relación de pareja o expareja, abarcando situaciones de discriminación en distintos ámbitos, no solo en el ámbito afectivo»Clea Guerra, abogada del Centro Flora Tristán
Además, colectivos de víctimas de feminicidio como Familias por Justicia alerta que el proyecto de ley podría dejar sin protección a niñas, adolescentes y mujeres a nivel nacional.[20] De acuerdo con datos del Sistema Integrado de Seguimiento y Monitoreo por Asistencia Económica a Víctimas Indirectas de Feminicidio (SISMAEVIF) del Ministerio de la Mujer, desde el año 2020 cerca de 6 mil personas han recibido asistencia económica, siendo más del 80 % menores de edad. Si se elimina el reconocimiento legal del feminicidio, estos menores quedarían en una situación aún más vulnerable, ya que dicha figura jurídica es la que permite acceder a esta forma de reparación.[19]
Marco jurídico
[editar]Violencia contra la mujer y el grupo familiar
[editar]- Ley n.° 30314 (26 de marzo de 2015) Ley para prevenir y sancionar el acoso sexual en espacios públicos.
- Ley n.°30364 (22 de noviembre de 2015) “Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar”.
- Reglamento de la Ley N.° 30364 – Decreto Supremo N.° 009-2016-MIMP.[21]
- Ley N° 30403 (29 de diciembre de 2015). Ley que prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes.[22]
- Ley N° 28983 (12 de marzo de 2007) Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
- Decreto N.°1386 que modifica la Ley N.° 30364.[23]
- Ley N.° 30862 (24 de octubre de 2018), que fortalece diversas normas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar.
- D.S. N° 004-2019-MIMP Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N.° 30364.[24]
Feminicidio
[editar]- Ley N° 30068 (25 de junio de 2013); Ley que incorpora el artículo 108-B al Código Penal y modifica los artículos 107, 46-B y 46-C del Código Penal, y el artículo 46 del Código de Ejecución Penal con la finalidad de prevenir, sancionar y erradicar el feminicidio.[25]
- Decreto Legislativo 1323 (5 de enero de 2017) "Decreto legislativo que fortalece la lucha contra el feminicidio, la violencia familiar y la violencia de género".[26]
Véase también
[editar]- Violencia de género
- Violencia contra la mujer
- Homicidio en razón del género
- NiUnaMenos (Perú)
- Tiroteo de Lima de 2017
- Asesinato de María Jimena
- Jimena renace
- Eyvi Ágreda
- Masacre de El Agustino
- Disturbios de San Lorenzo de 2019
- Feminicidios en Argentina
- Feminicidio en México
- Feminicidio de Mara Castilla
- Protocolo de actuación conjunta entre los Centros Emergencia Mujer (CEM) y los Establecimientos de salud (EESS) para la atención a las víctimas de violencia
Referencias
[editar]- ↑ LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 107 DEL CÓDIGO PENAL, INCORPORANDO EL FEMINICIDIO.
- ↑ a b Derecho, LP • Pasión por el (19 de agosto de 2019). «El delito de feminicidio y el principio de la responsabilidad penal de acto en el Código Penal peruano. A propósito de los alcances típicos que realiza el Acuerdo Plenario 001-2016/CJ-116». LP. Consultado el 12 de octubre de 2025.
- ↑ a b ILCJ, Instituto (11 de junio de 2022). «Feminicidio: ¿qué es y cuáles son sus tipos?». Instituto ILCJ. Consultado el 22 de abril de 2025.
- ↑ Observatorio Nacional de Seguridad Ciudadana - Feminicidios.
- ↑ a b «Formas de Violencia». Portal Estadístico. Consultado el 12 de octubre de 2025.
- ↑ a b «El Perú registró 146 casos de feminicidio en el año 2023». www.gob.pe. Consultado el 22 de octubre de 2025.
- ↑ a b c «Poder Judicial precisa que delito de feminicidio con agravante de gran crueldad se castiga con cadena perpetua». www.gob.pe. Consultado el 12 de octubre de 2025.
- ↑ «PODER JUDICIAL SANCIONA CON CADENA PERPETUA EL DELITO DE FEMINICIDIO CON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES». www.pj.gob.pe. Consultado el 12 de octubre de 2025.
- ↑ Pizarro, Olenka (27 de mayo de 2025). «Cada dos días de 2025, una mujer fue víctima de feminicidio en Perú: la mayoría tenía entre 18 y 29 años». infobae. Consultado el 12 de octubre de 2025.
- ↑ PuntoEdu (25 de noviembre de 2019). «Feminicidios en Perú: nuestra Escuela de Gobierno y Políticas Públicas recopila estadística de esta preocupante realidad». PuntoEdu PUCP. Consultado el 12 de octubre de 2025.
- ↑ «Mimp inauguró “entre patas” como espacio de reflexión de hombres para prevenir la violencia». Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP. 2018. Consultado el 6 de mayo de 2019.
- ↑ «147 víctimas de feminicidio se registraron en el año 2022». www.gob.pe. Consultado el 22 de octubre de 2025.
- ↑ Infobae, Por Newsroom (14 de agosto de 2024). «Perú registra 1.191 feminicidios entre 2015 y 2023 con la mayor tasa en Huancavelica». infobae. Consultado el 22 de octubre de 2025.
- ↑ «Tras la presentación del Informe №173: Defensoría del Pueblo pide sanciones más drásticas y efectivas frente al delito de feminicidio. Nota de Prensa №268/OCII/DP/2015». 10 de diciembre de 2016. Archivado desde el original el 21 de octubre de 2017. Consultado el 9 de junio de 2018.
- ↑ a b Campó, Por Sandra (3 de agosto de 2024). «Ciclo de la violencia de género: ¿por qué una mujer regresa con su pareja luego de haber sido agredida por él?». infobae. Consultado el 12 de octubre de 2025.
- ↑ Arroyo, Por Carlos Oré (8 de marzo de 2025). «¿Cuántas mujeres hay en el Perú?: 53.8% ha sido víctima de violencia física, psicológica o sexual». infobae. Consultado el 12 de octubre de 2025.
- ↑ a b «Proponen eliminar el delito de feminicidio y reemplazarlo por el delito de asesinato de la pareja». Comunicaciones (en inglés). Consultado el 12 de octubre de 2025.
- ↑ Penal, Observatorio de Jurisprudencia (23 de marzo de 2023). «Jurisprudencia del artículo 108-B del Código Penal.- Feminicidio». LP. Consultado el 24 de enero de 2026.
- ↑ a b contranoticia.pe (3 de julio de 2025). «Un cambio que cuesta vidas: por qué eliminar el feminicidio no es igualdad ante la ley». ¡El periodismo comunitario y popular lo construimos contigo! 🔥. Consultado el 12 de octubre de 2025.
- ↑ a b QS (26 de junio de 2025). «Grave retroceso: congresista Jáuregui busca eliminar el delito de feminicidio». Wayka.pe. Consultado el 12 de octubre de 2025.
- ↑ «Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar-DECRETO SUPREMO-N° 009-2016-MIMP». busquedas.elperuano.pe. Consultado el 17 de octubre de 2019.
- ↑ «Ley que prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes-LEY-N° 30403». busquedas.elperuano.pe. Consultado el 17 de octubre de 2019.
- ↑ «Decreto Legislativo que modifica la Ley N° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar-DECRETO LEGISLATIVO-N° 1386». busquedas.elperuano.pe. Consultado el 17 de octubre de 2019.
- ↑ «Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar-LEY-N° 30364». busquedas.elperuano.pe. Consultado el 17 de octubre de 2019.
- ↑ «LEY N° 30068 - Norma Legal Diario Oficial El Peruano». busquedas.elperuano.pe. Consultado el 17 de octubre de 2019.
- ↑ «Decreto Legislativo que fortalece la lucha contra el feminicidio, la violencia familiar y la violencia de género-DECRETO LEGISLATIVO-N° 1323». busquedas.elperuano.pe. Consultado el 17 de octubre de 2019.
Enlaces externos
[editar]- Ley N° 30364:Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar
- Ley N° 30403:que prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes;
- Ley N° 28983: Ley de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres
- Decreto N°1386: modifíca el literal c. del artículo 10; los artículos 14, 15, 16, 17, 19, 20, 21, 22, 23, 26 y 28; y el numeral 14 del artículo 45 de la Ley N° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar
- Ley N.° 30862: Ley que fortalece diversas normas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar
- Ley N° 30068: Ley que incorpora al Código Penal el tipo especial del feminicidio (artículo 108-B)
- Decreto Legislativo1323: Fortalece la lucha contra el feminicidio, la violencia familiar y la violencia de género