Diferencia entre revisiones de «Alojamiento humano»

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* 5 m<sup>2</sup>: fue la superficie asignada a cada obrero empleado en la construcción del gran colector subterráneo de [[Ginebra (Suiza)|Ginebra]]
* 5 m<sup>2</sup>: fue la superficie asignada a cada obrero empleado en la construcción del gran colector subterráneo de [[Ginebra (Suiza)|Ginebra]]
* 6 a 8 m<sup>2</sup>: era la superficie asignada por igual a los habitantes de las ex-repúblicas soviéticas por el presidente [[Nikita Jrushchov|Krushev]]
* 6 a 8 m<sup>2</sup>: era la superficie asignada por igual a los habitantes de las ex-repúblicas soviéticas por el presidente [[Nikita Jrushchov|Krushev]]
* 7 m<sup>2</sup>: fue la superficie asignada por el gobierno español en los '60 a los chabolistas de alguna de las [[Unidades vecinales de absorción]] construidas por el estado. Así las viviendas tenían 50 m2 basado en el modelo clásico español de constitución familiar compuesta por padres y cuatro hijos.
* 7 m<sup>2</sup>: fue la superficie asignada por el gobierno español en los '60 a los chabolistas de alguna de las [[Unidades vecinales de absorción]] construidas por el estado. Así las viviendas tenían 50 basado en el modelo clásico español de constitución familiar compuesta por padres y cuatro hijos.
* 12 m<sup>2</sup>: fue la superficie asignada en 1971 por el [[Instituto Nacional de Vivienda]] de España, mediante la Norma t-86, para una familia modelo similar al caso anterior.
* 12 m<sup>2</sup>: fue la superficie asignada en 1971 por el [[Instituto Nacional de Vivienda]] de España, mediante la Norma t-86, para una familia modelo similar al caso anterior.
* 14 m<sup>2</sup>: es la superficie mínima de alojamiento exigible por persona en Francia desde 1969.
* 14 m<sup>2</sup>: es la superficie mínima de alojamiento exigible por persona en Francia desde 1969.

Revisión del 17:36 18 abr 2019

El concepto de alojamiento o alojamiento humano se refiere al lugar (o a la acción de atribuir un lugar) en el que uno o más individuos de la especie humana puedan vivir de manera cotidiana durante un período de tiempo, ya sea este período de corta o de larga duración y ya sea por voluntad propia o por imposición. Es por lo tanto un concepto más amplio que el concepto de vivienda, que se refiere sobre todo al lugar físico stricto sensu y en el que, en general, se vive por voluntad propia.

Etimología

El término «alojamiento» es un substantivo derivado del verbo «alojar», que proviene del occitano alotjar, y éste a su vez del germánico laubja ('enramado'). El término laubja está a su vez emparentado con la palabra lauba, del alto alemán antiguo.[1]

Definición amplia

El alojamiento incluye en sí el concepto de vivienda pero incluye además muchos más tipos de habitación humana como el apartamento individual, la residencia colectiva para estudiantes u obreros jóvenes, los hogares para ancianos o los orfanatos, entre otros.

También toda otra forma no institucionalizada de alojamiento pudiendo definírsela como todo dispositivo físico que define un espacio con el cual una persona llega a mostrar una relación posesiva con exclusividad y es reconocido por la sociedad. El concepto de alojamiento, así definido, adquiere el carácter de un derecho individual.

Personas o individuos pueden de este modo alojados en una mansión y otros alojados en una celda de una prisión o comisaría. En algún caso, el primero, se habla de «alojamiento» en concepto de vivienda pero no en otros.

Diferencias y similitudes

La gran diferencia en los ejemplos citados muestra el carácter circunstancial sea cualitativa o cuantitativamente hablando y una muestra de esto es la superficie que a distintos seres humanos y en distintas ocasiones la sociedad les asigna para su alojamiento.

  • 2 m2: es la superficie asignada en la ex Hong Kong para alojar personas relocalizadas en grandes monobloques.
  • 5 m2: fue la superficie asignada a cada obrero empleado en la construcción del gran colector subterráneo de Ginebra
  • 6 a 8 m2: era la superficie asignada por igual a los habitantes de las ex-repúblicas soviéticas por el presidente Krushev
  • 7 m2: fue la superficie asignada por el gobierno español en los '60 a los chabolistas de alguna de las Unidades vecinales de absorción construidas por el estado. Así las viviendas tenían 50 m² basado en el modelo clásico español de constitución familiar compuesta por padres y cuatro hijos.
  • 12 m2: fue la superficie asignada en 1971 por el Instituto Nacional de Vivienda de España, mediante la Norma t-86, para una familia modelo similar al caso anterior.
  • 14 m2: es la superficie mínima de alojamiento exigible por persona en Francia desde 1969.
  • 15 m2: es la superficie de alojamiento mínima exigida por los estándares ingleses también conocidos por "Parker-Morris".
  • 16 m2: es la superficie de alojamiento "protegible" por el estado en Holanda (varía por la composición familiar).

Véase también

Referencias

  1. Alojar, definición del Diccionario de la lengua española, (Real Academia Española)

Bibliografía