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Diferencia entre revisiones de «Pacto Federal (Argentina)»

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El '''Pacto Federal''' fue un tratado suscripto en la ciudad [[argentina]] de [[Santa Fe (capital)|Santa Fe]] el [[4 de enero]] de [[1831]] por las [[Provincias de Argentina|provincias]] de [[Provincia de Buenos Aires|Buenos Aires]], [[Provincia de Entre Ríos|Entre Ríos]] y [[Provincia de Santa Fe|Santa Fe]], en el que se constituía una alianza ofensiva y defensiva entre las provincias [[federalismo|federales]] para hacer frente a la recientemente formada [[Liga Unitaria]]. Posteriormente adhirió al pacto la provincia de [[Provincia de Corrientes|Corrientes]], incorporando su diputado el [[19 de agosto]] de [[1831]].
El '''Pacto Federal'''
== Discusiones previas ==
La primera reunión entre las provincias de Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes y Buenos Aires, con motivo de concretar una alianza, se realizó en [[Santa Fe (Argentina)|Santa Fe]] el [[20 de julio]] de [[1830]]. Contó con la presencia de los [[diputado]]s [[Domingo Cullen]] por [[Provincia de Santa Fe|Santa Fe]], [[Diego Miranda]] por [[Entre Ríos]], [[Pedro Ferré]] por [[Provincia de Corrientes|Corrientes]] y [[José María Roxas y Patrón]] por [[Provincia de Buenos Aires|Buenos Aires]].
=== Proyectos de tratado ===
[[Archivo:Roxas y Patron.JPG|thumb|150px|José M. Roxas y Patrón.]]
Se decidió confiar a Rosas y a Ferré la redacción de un proyecto de tratado. El diputado correntino planteó tres puntos:
* Que debía permanecer la representación de las provincias ligadas, hasta tanto se organizase la nación, con atribuciones determinadas
* Que esa misma representación debía hacer lo imposible para conseguir la organización general del país
* Que la misma representación arreglase el comercio extranjero y la navegación de los ríos

Rosas y Patrón se opuso a estas ideas, alegando no poseer las facultades para tratar esas cuestiones, por lo que el [[24 de julio]] el diputado por Buenos Aires presentó su proyecto de tratado. En un [[memorándum]] explicativo señalaba que era cierto que los habitantes de las demás provincias debían pagar, en la [[aduana]] de [[Ciudad Autónoma de Buenos Aires|Buenos Aires]] el precio de lo que consumían y además los derechos de exportación de productos. Pero alegaba que Buenos Aires afrontaba la deuda nacional, velaba por la seguridad en las costas y vigilancia del [[río]], mantenía agentes y [[Cónsul (servicio exterior)|cónsules]] en países extranjeros, atendía las relaciones exteriores y respondía a los perjuicios causados por los [[corsario]]s de la república. Ferré le contestó con otro memorándum donde criticaba la libre importación de productos y la exclusividad del puerto de Buenos Aires, bases del comercio de esa época. Proponía la habilitación de otros puertos, entre ellos el de [[Santa Fe (Argentina)|Santa Fe]], la prohibición de la importación de algunos productos y que los ingresos de la aduana beneficiasen a todas las provincias.

En su proyecto Ferré proponía que la comisión de diputados de todas las provincias tuviera a su cargo las tareas de hacer la paz y declarar la guerra, organizar los ejércitos, decidir la utilización de los fondos para sostener a éstos e invitar a todas las provincias a un congreso general que las organizara y declarara una [[constitución]]. Hasta que llegara ese momento, la comisión atendería el [[comercio exterior]], regularía la navegación de los ríos [[Río Paraná|Paraná]] y [[Río Uruguay|Uruguay]] y promovería el desarrollo industrial. Rosas y Patrón permaneció inflexible y Ferré optó por retirarse de las negociaciones.

=== La firma ===
Rosas envió instrucciones a Roxas y Patrón para que aceptara la constitución de una comisión compuesta por un diputado por cada una de las provincias litorales. El gobernador santafesino [[Estanislao López]] comunicó a sus colegas de Entre Ríos y Corrientes que nombraran sus representantes para continuar con la labor. Finalmente los representantes de Buenos Aires, Santa Fe y Entre Ríos lograron ponerse de acuerdo y firmaron el [[4 de enero]] de [[1831]] el '''Pacto Federal'''. Corrientes se adhirió al tratado más tarde, incorporando su diputado el [[19 de agosto]] de [[1831]] a la comisión representativa de los gobiernos de las provincias [[litoral argentino|litorales]] creada por el pacto y establecida en la ciudad de [[Santa Fe (Argentina)|Santa Fe]].

== Repercusiones del pacto ==
== Repercusiones del pacto ==
La firma del pacto provocó ciertas repercusiones entre las provincias y se establecieron ciertos mandatos que debían cumplirse. Ellos eran:
La firma del pacto provocó ciertas repercusiones entre las provincias y se establecieron ciertos mandatos que debían cumplirse. Ellos eran:
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* Se obligaban a resistir cualquier invasión extranjera al territorio de alguna de las provincias contratantes, o de cualquiera de las otras que componían el Estado Argentino.
* Se obligaban a resistir cualquier invasión extranjera al territorio de alguna de las provincias contratantes, o de cualquiera de las otras que componían el Estado Argentino.
* Constituían un alianza ofensiva y defensiva contra toda agresión por parte de las demás provincias de la república, que amenazara la integridad e independencia de sus territorios.
* Constituían un alianza ofensiva y defensiva contra toda agresión por parte de las demás provincias de la república, que amenazara la integridad e independencia de sus territorios.
* No podían celebrar tratados particulares sin previa aceptación de las sillas* En caso de ser atacada una de las firmantes, seria socorrida por las otras cuyas fuerzas estarían bajo el gobierno local.
* No podían celebrar tratados particulares sin previa aceptación de las demás provincias, pero no lo negarían, siempre que no perjudicara al interés general.
* Prometían no dar asilo a ningún criminal que huyera de las otras dos por delito cualquiera que sea, y ponerlo a disposición del gobierno respectivo que lo reclame como tal.
* Permitían la libre entrada y salida de las personas o frutos de una provincia a otra por vía fluvial o terrestre sin que se apliquen impuestos de ninguna índole.
* Todos poseían los mismos privilegios, salvo desempeñar la gobernación, en cuyo caso deberían ser nacidos en la provincia en la cual ejerciesen como gobernador.
* Las provincias podrían asociarse a la liga de las provincias del litoral bajo las mismas condiciones que las primeras y con previa aceptación de éstas.
* En caso de ser atacada una de las firmantes, seria socorrida por las otras cuyas fuerzas estarían bajo el gobierno local.


== Posteriores adhesiones ==
== Posteriores adhesiones ==

Revisión del 00:16 1 ago 2010

Bandera usada en las provincias del Pacto Federal hacia 1857.

El Pacto Federal fue un tratado suscripto en la ciudad argentina de Santa Fe el 4 de enero de 1831 por las provincias de Buenos Aires, Entre Ríos y Santa Fe, en el que se constituía una alianza ofensiva y defensiva entre las provincias federales para hacer frente a la recientemente formada Liga Unitaria. Posteriormente adhirió al pacto la provincia de Corrientes, incorporando su diputado el 19 de agosto de 1831.

Discusiones previas

La primera reunión entre las provincias de Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes y Buenos Aires, con motivo de concretar una alianza, se realizó en Santa Fe el 20 de julio de 1830. Contó con la presencia de los diputados Domingo Cullen por Santa Fe, Diego Miranda por Entre Ríos, Pedro Ferré por Corrientes y José María Roxas y Patrón por Buenos Aires.

Proyectos de tratado

José M. Roxas y Patrón.

Se decidió confiar a Rosas y a Ferré la redacción de un proyecto de tratado. El diputado correntino planteó tres puntos:

  • Que debía permanecer la representación de las provincias ligadas, hasta tanto se organizase la nación, con atribuciones determinadas
  • Que esa misma representación debía hacer lo imposible para conseguir la organización general del país
  • Que la misma representación arreglase el comercio extranjero y la navegación de los ríos

Rosas y Patrón se opuso a estas ideas, alegando no poseer las facultades para tratar esas cuestiones, por lo que el 24 de julio el diputado por Buenos Aires presentó su proyecto de tratado. En un memorándum explicativo señalaba que era cierto que los habitantes de las demás provincias debían pagar, en la aduana de Buenos Aires el precio de lo que consumían y además los derechos de exportación de productos. Pero alegaba que Buenos Aires afrontaba la deuda nacional, velaba por la seguridad en las costas y vigilancia del río, mantenía agentes y cónsules en países extranjeros, atendía las relaciones exteriores y respondía a los perjuicios causados por los corsarios de la república. Ferré le contestó con otro memorándum donde criticaba la libre importación de productos y la exclusividad del puerto de Buenos Aires, bases del comercio de esa época. Proponía la habilitación de otros puertos, entre ellos el de Santa Fe, la prohibición de la importación de algunos productos y que los ingresos de la aduana beneficiasen a todas las provincias.

En su proyecto Ferré proponía que la comisión de diputados de todas las provincias tuviera a su cargo las tareas de hacer la paz y declarar la guerra, organizar los ejércitos, decidir la utilización de los fondos para sostener a éstos e invitar a todas las provincias a un congreso general que las organizara y declarara una constitución. Hasta que llegara ese momento, la comisión atendería el comercio exterior, regularía la navegación de los ríos Paraná y Uruguay y promovería el desarrollo industrial. Rosas y Patrón permaneció inflexible y Ferré optó por retirarse de las negociaciones.

La firma

Rosas envió instrucciones a Roxas y Patrón para que aceptara la constitución de una comisión compuesta por un diputado por cada una de las provincias litorales. El gobernador santafesino Estanislao López comunicó a sus colegas de Entre Ríos y Corrientes que nombraran sus representantes para continuar con la labor. Finalmente los representantes de Buenos Aires, Santa Fe y Entre Ríos lograron ponerse de acuerdo y firmaron el 4 de enero de 1831 el Pacto Federal. Corrientes se adhirió al tratado más tarde, incorporando su diputado el 19 de agosto de 1831 a la comisión representativa de los gobiernos de las provincias litorales creada por el pacto y establecida en la ciudad de Santa Fe.

Repercusiones del pacto

La firma del pacto provocó ciertas repercusiones entre las provincias y se establecieron ciertos mandatos que debían cumplirse. Ellos eran:

  • Se obligaban a resistir cualquier invasión extranjera al territorio de alguna de las provincias contratantes, o de cualquiera de las otras que componían el Estado Argentino.
  • Constituían un alianza ofensiva y defensiva contra toda agresión por parte de las demás provincias de la república, que amenazara la integridad e independencia de sus territorios.
  • No podían celebrar tratados particulares sin previa aceptación de las demás provincias, pero no lo negarían, siempre que no perjudicara al interés general.
  • Prometían no dar asilo a ningún criminal que huyera de las otras dos por delito cualquiera que sea, y ponerlo a disposición del gobierno respectivo que lo reclame como tal.
  • Permitían la libre entrada y salida de las personas o frutos de una provincia a otra por vía fluvial o terrestre sin que se apliquen impuestos de ninguna índole.
  • Todos poseían los mismos privilegios, salvo desempeñar la gobernación, en cuyo caso deberían ser nacidos en la provincia en la cual ejerciesen como gobernador.
  • Las provincias podrían asociarse a la liga de las provincias del litoral bajo las mismas condiciones que las primeras y con previa aceptación de éstas.
  • En caso de ser atacada una de las firmantes, seria socorrida por las otras cuyas fuerzas estarían bajo el gobierno local.

Posteriores adhesiones

Durante el mismo año 1831 y a lo largo de 1832 se fueron produciendo las adhesiones de las demás provincias argentinas.

El pacto como constitución

A su vez, el Pacto Federal funcionó en los hechos como Constitución de Argentina hasta la sanción de la Constitución Nacional en 1853. Si bien estaba planeada la formación de un Congreso Constituyente, la iniciativa se fue postergando por la negativa de Juan Manuel de Rosas, hombre fuerte del Pacto, gobernador de Buenos Aires y representante de Relaciones Exteriores de la entonces Confederación Argentina. No fue sino hasta su derrocamiento en 1852 a manos del Ejército Grande de Justo José de Urquiza que se convocó al Congreso General Constituyente que reafirmó la forma de gobierno "republicana, representativa y federal".

Véase también

Enlaces externos