Discusión:Iñaki de Juana Chaos
He suprimido este link
porque el hecho de que un señor opine en su blog que la huelga de hambre es una práctica infantil y la vulneración de la libertad de expresión es equiparable a apagarle la tele a tu sobrinito, carece por complet de relevancia para una enciclopedia seria, y además nada tiene que ver con el caso particular de Iñaki de Juana, que es el tema del artículo.— El comentario anterior sin firmar es obra de Sigerico (disc. • contribs • bloq). Der Pommerner Kronprinz 01:13 24 feb 2007 (CET)
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Considero este artículo como falto de objetividad e imparcialidad. Lo considero vergonzoso, dando tan pocos datos y despotricando tanto con sólo leer las primeras lineas y considero que debería ser totalmente reestructurado y reescrito completandolo como debe ser, y sino es así que sea borrado.
El motivo es claro, Wikipedia es un lugar donde informarse y aprender, abierta a todo el público, es pues que debería de ser lo más neutral y COMPLETA posible, y este apartado no lo es.
Porfavor, no se abalancen a despotricar en la web, sólo perjudican a los demás. Cambienlo o borrenlo.
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se habla poco de sus crímenes
[editar]Espero que no se quiera decir que por ser guardia civil uno merece ser asesinado. Aunque es tener mucha esperanza. Esto demuestra la democracia que quieren quienes defienden a esta banda inhumana (uso el termino inhumano porque no cumplen los derechos humanos fundamenteles que son derecho a la vida y a la libertad)
DEBERIAIS PONER DE QUE TRABAJABAN LOS SEÑORES A LOS QUE ASESINó JUANA, a mi me interesa
se para muy poco en los asesinatos (me parece lo más relevante de su biografía) y mucho más de la faceta de "escritor" de este asesino. Al menos nombraré a sus víctimas aquí en la discusión, ya que no las nombráis en el artículo:
. *Vicente Romero * 2. *Juan García* 3. *Esteban del Amo* 4. *Fausto Escrigas * 5. *Eugene Kent Brown* 6. *Juan Carlos González* 7. *Vicente Javier Domínguez* 8. *Juan José C. Vázquez * 9. *Juan Mateos Pulido* 10. *Alberto Alonso Gómez* 11. *Ricardo Sáenz de Ynestrillas* 12. *Carlos Vesteiro Pérez * 13. *Francisco Casillas Martín* 14. *Jesús María Freixes* 15. *Santiago Iglesias Rodino* 16. *Carmelo B. Alamo* 17. *Miguel A. Cornejo Ros* 18. *José Calvo Gutiérrez* 19. *Andrés José Fernández Pertierra* 20. *Antonio Lancharro Reyes* 21. *José Joaquín García Ruíz* 22. *Jesús Gimeno Gimeno* 23. *Juan Ignacio Calvo Guerrero* 24. *Javier Esteban * 25. *Ángel de la Higuera López*
eran guardia civiles la mayoria, no ? simbolo del estado opresor español
- Gracias por tu sugerencia. Cuando pienses que un artículo necesita ser modificado, por favor, siéntete libre para hacer los cambios que te parezcan necesarios. Wikipedia es un wiki, así que cualquiera lo puede editar pulsando el enlace Editar. Ni siquiera necesitas registrarte, aunque hay ciertos motivos por los que tal vez te interese... La comunidad de Wikipedia te anima a ser valiente. No te preocupes demasiado por si cometes algún error; es probable que se encuentre y se corrija rápidamente. Si no te queda claro cómo editar una página, puedes consultar este enlace y puedes practicar lo que vas aprendiendo en la zona de pruebas. Los nuevos colaboradores son siempre bienvenidos a Wikipedia. Gaeddal 02:06 26 ene 2007 (CET)
- Acabo de añadir esa lista al artículo. Lo suyo sería ampliar información. Además, tengo entendido que también participó en secuestros y demás desastres. 62.14.248.36 02:55 26 ene 2007 (CET)
- He añadido la profesion de todas las victimas de sus asesinatos. Tambien habria que poner que intento asesinar (aunque no lo consiguio) al ex fiscal Burón Barba y al presidente del Supremo Antonio Hernández Gil. Quizas seria interesante explicar como sucedio cada atentado y cuales fueron las victimas de cada atentado... 10:45 06 feb 2007 (CET)
¿Por qué se borra el listado de sus victimas? No es que tenga empeño en ponerlo (que por otra parte lo vería y lo veo genial que estas figuren) pero me gustaría que alguien me diera una explicación de porque se borra. Gracias.--Macalla 10:26 13 feb 2007 (CET)
- Si te fijas verás que no se ha borrado nada, sólo se ha trasladado. --Ecemaml (discusión) 23:59 13 feb 2007 (CET)
- ¡Ah! Sorry, es que soy muy despistado... :-S --Macalla 10:36 14 feb 2007 (CET)
Amenazas a funcionarios
[editar]Vuelvo a poner que las amenazas a funcionarios son "supuestas". Esto es una enciclopedia y la sentencia sobre sus "amenazas" aún no es firme, aparte de que cualquiera que se lea sus artículos podrá ver que dichas amenazas son más que dudosas (en mi opinión ni siquiera las hay, pero para ser objetivos me parece que lo mejor es dejarlas en "supuestas"). Hay que ser objetivos, por mucho que se trate de un asesino.
- No parece que decir "supuestas" sea la mejor solución. Fueran amenazas o no, la sentencia de la Audiencia Nacional las considera como tales, por tanto, lo neutral sería decir "según la sentencia de la Audiencia Nacional"... Javier Carro 16:19 26 ene 2007 (CET)
- Tienes razón, me parece que así está más correcto.
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Puse los links a los dos artículos por los que le han condenado y me los han quitado, alguien me puede decir por que??
es un militante de la organización terrorista española ETA
[editar]1) Que debemos absolver y absolvemos al procesado JOSÉ IGNACIO DE JUANA CHAOS del delito de integración en organización terrorista del que venía siendo acusado por la "Asociación de Víctimas del Terrorismo en el ejercicio de la acción popular, declarándose de oficio la parte proporcional de las costas procesales causadas.
Parece que la Audiencia Nacional, no está de acuerdo con la Wikipedia ya que el texto que cito procede de la sentencia de este organismo del Estado Español, accesible mediante esta misma página. La Asociación de Víctimas del Terrorismo en cambio parece que apludiría esta formulación.
Vayamos ahora con el carácter español de ETA. ¿Alguno de los autores del artículo tiene constancia de que ETA esté registrada en alguno de los registros de organizaciones que puedan existir en la Administración española? ¿Están sus estatutos depositados en alguna de las posibles oficinas para esos efectos? ¿O quizá, es la propia organización la que se define a sí misma de esa forma? Tal vez se quiera indicar que actúa en territorio español pero, además de que no se dice esto, se me ocurren cuando menos los siguientes países en los que existe constancia más o menos firme, más o menos intensa, de que opera o ha operado ETA: Francia, Portugal, Holanda, Bélgica, Alemania, México, Santo Domingo, Cuba, Argel, Mauritania... Por lo tanto el carácter de españolidad de ETA, está atribuído gratuitamente y puede obedecer a un convencimiento personal del redactor, pero en ningún caso es información objetiva.
Qué decir del concepto terrorista que no esté dicho en otras muchas páginas dedicadas a aspectos del País Vasco (Euskadi, Nafarroa, Euskal Herría, ...). No existe una definición internacionalmente asumida de qué pueda ser terrorismo y, por extensión, terrorista. No es sino una etiqueta presente en muchos sistemas legales del mundo y dispuesta para agravar las penas de aquellos que delinquen en la persecución de determinados objetivos políticos. Terroristas son los chechenos que luchan contra Rusia, terroristas eran los luchadores por la libertad reganianos en Nicaragua, terroristas fueron los que se enfrentaron al genocidio guatemalteco, o los que se revelaron en el Salvador. Terroristas fueron los padres de Israel, o incluso los que se enfrentaron al dominio inglés en África, Asia o América. Terroristas los que alimentaron el sistema de guerrillas contra la presencia francesa en la península, o los últimos luchadores contra la insurrección del 36 en España. El concepto de terrorista es un concepto contextualizado política e historicamente y no sirve como elemento de una definición. Sí se puede decir 'organización declarada terrorista por...' (Rafa Aguirrebengoa, 20 de febrero de 2007)
- Esto que nos cuentas tiene un nombre: falacia. El hecho de que otros no sean terroristas no implica que ETA no lo sea. Inténtalo de nuevo. --Ecemaml (discusión) 23:25 20 feb 2007 (CET)
Yo no cuento nada. Pongo tres objecciones a una redacción desafortunada. La audiencia nacional absuelve a de Juana del delito de 'integración en organizacion terrorista', en el artículo se dice expresamente que es militante de la organización terrorista española ETA; se dice que ETA es española, exactamente con el mismo criterio que se podría decir que es francesa (ninguno); y se dice que es 'terrorista' utilizando un término muy utilizado en la vida política y recogido en muchos códigos penales pero en torno al que existen tantas discrepancias y discusiones que aún no se ha llegado a unha definición con suficiente consenso, por lo que no debería ser utilizado como adjetivo calificativo inmediatamente unido al nombre que se pretende definir. Por mi parte ha acabado la discusión salvo que se precisen novos argumentos relacionados con la redacción del texto (Rafa Aguirrebengoa 09:10 21 feb 2007).
- El problema es que tus tres objeciones se basan en una manipulación, una mentira y una falacia respectivamente.
- La manipulación es incluir exclusivamente el párrafo de absolución del delito de pertenencia a banda terrorista y no incluir la justificación de por qué se le absuelve. Si te molestas en leer(nos) la sentencia (un tocho de unas cuantas páginas), podrás leer que la pertenencia a ETA por parte de De Juana es inequívoca. Simplemente, el ordenamiento jurídico español no permite juzgar a una persona dos veces por el mismo delito.
- La mentira es decir que ETA puede ser considerada francesa igual que española. Pues dado que se trata de un grupo terrorista nació en España, que todos los expertos consideran el más duradero residuo del franquismo, que el 99% de sus miembros son españoles y que actúa exclusivamente en España... pues blanco y en botella. Si cambias todo esto por francés o Francia, te sale otro grupo terrorista, ya desaparecido: Iparretarrak.
- Finalmente la falacia es muy evidente:
- Se considera a X grupo terrorista
- Se considera a Y grupo terrorista
- Si X no es un grupo terrorista, Y tampoco lo es.
- En fin, todo muy burdo. --Ecemaml (discusión) 21:53 21 feb 2007 (CET)
No achaques rudeza a un defecto de lectura. Para valorar la pertenencia o no a ETA habría que entrar, y no sólo, en la discusión de la sentencia, lo que entiendo que no cabe aquí. Así seria más apropiado decir que fue apresado y condenado por pertenencia a ETA, lo que por cierto aceptaría la Audiencia nacional que, efectivamente, va mucho más lejos en sus presunciones.
Si ETA nació en España o en Francia se probará algún día. Hay historias y acontecimientos para todos los gustos, pero eso no le daría carácter español ni francés (que es lo que se dice en el artículo y aquí se discute). Que el 99% de sus miembros sean españoles, sólo indica que se nutrió o nutre, por las circunstancias que sean, de militantes que mayoritariamente resultan ser del territorio controlado administrativamente por España, con nacionalidad por tanto, aunque no admitida por ellos, española. No es cierto eso que dices de que 'actúa exclusivamente en España'. Nada que decir sobre 'Iparretarrak'.
Finalmente, si lees lo que he escrito, y olvidas lo que crees que he escrito, verás que no digo que ningunha de las organizaciones y movimientos citados no sea terrorista (tercera proposición de la falacia que describes), sino que cualquiera de ellos puede ser calificado, podría serlo o lo ha sido efectivamente como terrorista. Lo que elimina de raíz la fuerza explicativa del término (Rafa Aguirrebengoa 08:45 22 feb 2007).
Toda organización armada a lo largo de la historia puede ser declarada terrorista o ejército de liberación según quien hable de ella, o según quien vaya ganando la guerra. La única manera de ser neutral sería "organización declarada terrorista por". También los guerrilleros irakíes son terroristas para los USA, pero si ganan la guerra, sin duda serán héroes y mártires
Es responsable de 25 asesinatos...
[editar]Es responsable de 25 asesinatos, de los cuales ha declarado no arrepentirse (y hasta alegrarse de ello[1]). Tras su detención a finales de los años ochenta, fue condenado a casi 3.000 años de prisión, de los que apenas cumplió 18.
He repasado de arriba abajo el artículo al que envía la nota dentro del paréntesis (y hasta alegrarse de ello) y sólo he encontrado este comentario:
He expressed no remorse for his killings
lo que evidentemente justifica la primera parte de lo asertado pero no lo 'anotado'. Sí existen múltiples referencias periodísticas a algunha celebración, pero no puedo asegurar que tengan más fundamento que el de desprestigiar al enemigo o el de hacer más llamativa la edición del día.
No entiendo lo que quiere decirse con 'de los que apenas cumplio 18'. ¿De los que sólo cumplió 18? ¿De los que cumplió 17 y algunos meses?
A ver que tal esta otra formulación:
Fue declarado por los tribunales españoles responsable de 25 asesinatos, de los cuales ha declarado no arrepentirse[1]. Tras su dentención a finales de los años ochenta, fue condenado a casi 3.000 años de prisión, quedando cumplida su pena, en aplicación del Código Penal de 1973, en el año 2006. (Rafa Aguirrebengoa, 20 de febreiro de 2007)
- Le vale "aproximadamente" en vez de "apenas"? Creo que es mejor que XX años, xxmeses, xxdías... Afearía la redacción. Aproximadamente carece de connotaciones, a mi juicio. Amadís 18:16 20 feb 2007 (CET)
- ¿Y "apenas" qué connotaciones tiene, que no me entero? --Ecemaml (discusión) 23:23 20 feb 2007 (CET)
Me vale 'aproximadamente' puesto que aclara la duda que manifestaba. Ese 'apenas' se refiere a que estuvo encarcelado por esos delitos algo menos de 18 años. Desaparece la ambigüedad e informa con propiedad.
Quedaría pendiente el problema de la nota (Rafa Aguirrebengoa, 8:53 21 feb 2007).
"punto de salir libre tras cumplir condena, y en medio de una gran escándalo debido a que un asesino confeso de 25 personas condenado a 3.129 años de reclusión fuese puesto en libertad (debido a los beneficios de redención de pena que preveía el Código Penal de 1973, por el que fue juzgado) tras poco más de 18 años" Está lleno de juicios de valor por doquier esa frase. Ese "gran escándalo", la causa del escándalo, los 3.129 años en vez de citar los años que debía cumplir en principio, el "tras poco más de 18 años"...