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Diferencia entre revisiones de «Constitución Política de la República de Chile de 1925»

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== Principales modificaciones ==
== Principales modificaciones ==
# Aumento de 5 a 6 años el periodo presidencial; la elección se haría por votación directa. De no haber mayoría absoluta, el congreso pleno debería decidir entre las dos más altas mayorías relativas.
# Aumento de 5 a 6 años el periodo presidencial; la elección se haría por votación directa. De no haber mayoría absoluta, el congreso pleno debería decidir entre las dos más altas mayorías relativas.
# Creación del tribunal calificador de elecciones.
# Creación del tribunal calificador de elecciones y de la corneta del burro.
# Separación de la iglesia y del Estado.
# Separación de la iglesia y del Estado.
# Otorga al presidente una alta iniciativa legislativa (carácter colegislador del primer mandatario).
# Otorga al presidente una alta iniciativa legislativa (carácter colegislador del primer mandatario).

Revisión del 18:19 22 abr 2013

Manuscrito original de la Constitución de 1925. Colección del Archivo Nacional de Chile..

La Constitución Política de la República de Chile de 1925 es el texto constitucional que fue aprobado en el plebiscito del 30 de agosto de 1925 y promulgado el 18 de septiembre del mismo año.[1]​ Entró en vigencia un mes después, siendo reformada en 1943, 1957, 1959, 1963, 1967, 1969, 1970 y 1971. Su aplicación fue parcialmente suspendida por el golpe de estado del 11 de septiembre de 1973.

Contenía 110 artículos y 10 disposiciones transitorias. Se caracterizó por el sistema presidencial que impuso, luego de más de tres décadas de régimen pseudoparlamentario.

En su redacción intervino una comisión designada y dirigida por el presidente Arturo Alessandri Palma, sobre la base de un proyecto elaborado por su ministro José Maza.

Principales modificaciones

  1. Aumento de 5 a 6 años el periodo presidencial; la elección se haría por votación directa. De no haber mayoría absoluta, el congreso pleno debería decidir entre las dos más altas mayorías relativas.
  2. Creación del tribunal calificador de elecciones y de la corneta del burro.
  3. Separación de la iglesia y del Estado.
  4. Otorga al presidente una alta iniciativa legislativa (carácter colegislador del primer mandatario).
  5. Establece el periodo de la legislatura ordinaria entre el 21 de mayo y el 18 de septiembre de cada año.
  6. El mandato de los diputados aumentó de 3 a 4 años, y el de los senadores, de 6 a 8 años.
  7. Consagra un estado social de derecho que estaría a cargo de resguardar el trabajo, la industria, las obras de previsión social y la salubridad.
  8. Se termina con la presión parlamentaria de la aprobación de las leyes periódicas. Si el Congreso Nacional no aprueba dentro de un plazo fijo el presupuesto presentado por el ejecutivo, se da por aprobado automáticamente el proyecto del Presidente.

Descripción

La Constitución de 1925 establecía una República Presidencial unitaria. El Presidente de la República ejercia las funciones de jefe de Estado y Gobierno. Era electo por sufragio directo por un periodo de 6 años, sin reelección inmediata. Los ministros y subsecretarios de Estado y delegados del gobierno interior (intendentes y gobernadores) son designados por el Presidente y permanecen en sus cargos mientras cuenten con la confianza de éste. El cargo de diputado o senador es incompatible con el de Ministro, subsecretario de Estado, delegado del gobierno interior o cualquier cargo de nominación presidencial. El Presidente, también nombrando a los jueces de los tribunales ordinarios de Justicia a proposiciones en ternas o quinas de las Cortes de Apelaciones o Corte Suprema de Justicia según sea el caso.

El poder legislativo estaba entregado a un Congreso Nacional bicameral elegidos por votación directa. Su cámaras eran el Senadores y la Diputados.

El territorio nacional se organiza en provincias, departamentos y comunas. El gobierno local era ejercido por las municipalidades de cada comuna, que son electas directamente. Se creó también (aunque nunca se promulgó la legislación necesaria para su funcionamiento) las asambleas provinciales.

Principales reformas hechas durante su vigencia

Año 1943

  • Ley 7.727: se crea la Contraloría General de la República como órgano autónomo del Estado, encargado de la contabilidad general de la Nación y de la revisión de legalidad de los decretos y actos administrativos. Además, otorga al Presidente de la República la iniciativa exclusiva de ley en ciertas materias.

Año 1957

  • Ley 12.548: autoriza la doble nacionalidad con España y reforma ciertos aspectos en cuanto a nacionalización.

Año 1963

  • Ley 15.295: reformas en relación al derecho de propiedad y a la expropiación por causa de utilidad pública.

Año 1967

Año 1970

  • Ley 17.284: Entre otras cosas:
    • Se rebaja la edad para votar de 21 a 18 años y otorga el derecho a sufragio a los analfabetos.
    • Crea el Tribunal Constitucional.
    • También regula nuevas materias de ley y el funcionamiento de las comisiones mixtas del Congreso.
    • Incorpora el concepto de Decretos con Fuerza de Ley (DFL) que ya existían en la práctica.
    • Modifica el procedimiento de reforma constitucional.

Año 1971

  • Ley 17.398: conocida como el Estatuto de Garantías Democráticas, consagra:
    • Regula la independencia y funcionamiento de los partidos políticos y asegura el libre ejercicio de los derechos políticos dentro del sistema democrático y republicano, y el pluralismo político.
    • Reconoce la libertad de expresión y de información de los medios de comunicación.
    • Creación de garantía general de los derechos económicos, sociales y culturales y deberes del Estado en la materia.
    • Establece un Sistema Nacional de Educación, constitucionalizando la reforma educacional de 1967, y crea la Superintendencia de Educación Pública.
    • Se reconocen una serie de derechos en la Educación Superior (libertad de cátedra, carrera académica, ingreso, etc.)
    • Se agrega el derecho a la seguridad social y la libertad de trabajo.
    • Se establece un régimen para las organizaciones sociales.
    • Regula el funcionamiento de las Fuerzas Armadas.
  • Ley 17.450: Establece la Estatización de la gran minería del cobre y establece la propiedad plena del Estado sobre las minas (derogando tácitamente la propiedad eminente del art. 591 del

Véase también

Referencias

  1. Ministerio del Interior (18 de septiembre de 1925), «Ley S/N: Constitución Política de la República de Chile», Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, consultado el 28 de julio de 2011 .

Enlaces externos