Comité Nacional de Productividad
El Comité Nacional de Productividad es un órgano administrativo del gobierno federal mexicano dependiente del ejecutivo federal con carácter de órgano consultivo y auxiliar en materia de productividad y empleo. Fue creado mediante decreto presidencial el 17 de mayo de 2013 e instalado por el presidente Enrique Peña Nieto el 28 de mayo del mismo año.
Antecedentes[editar]
En septiembre de 2013 se aprobó una reforma a la Ley Federal del Trabajo de México publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2012.[1] En dicha reforma se modificaron los artículos 153-K y 153-L de dicha ley, los cuales en su redacción anterior le daba a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social la facultad de constituir Comités Nacionales de Capacitación y Adiestramiento mediante la convocación de "patrones, sindicatos y trabajadores libres".[2] Asimismo, existía con anterioridad el Comité Nacional de Productividad e Innovación Tecnológica A.C. conocido como "Compite", creado en 1996 y que auxiliaba al gobierno federal en dichos temas.[3]
Con las modificaciones realizadas, el artículo 153-K crea como obligación conjunta de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y la Secretaría de Economía la constitución de un "Comité Nacional de Productividad", conformado por patrones, sindicatos, trabajadores e instituciones académicas como órgano consultivo del Ejecutivo Federal, estableciendo además sus facultades. Mientras que el 153-L determinó que el ejecutivo federal sería quien fijara las bases para su conformación y funcionamiento.[4]
Artículo 153-L. El Titular del Ejecutivo Federal fijará las bases para determinar la forma de designación de los miembros de la Comisión Nacional de Productividad, así como las relativas a su organización y funcionamiento. Sujetándose a los principios de representatividad e inclusión en su integración. (...)
Siguiendo este último artículo, el presidente Enrique Peña Nieto expidió el 17 de mayo de 2013 el decreto por el que se creaba dicho comité[5]
Por último, pocos días después, el 28 de mayo de 2013, dicho comité se instala oficialmente por primera vez.[6]
Funciones[editar]
Conforme a la Ley Federal del Trabajo, a este Comité le corresponden las siguientes funciones:[7]
- Realizar el diagnóstico nacional e internacional de los requerimientos necesarios para elevar la productividad y la competitividad en cada sector y rama de la producción, impulsar la capacitación y el adiestramiento, así como la inversión en el equipo y la forma de organización que se requiera para aumentar la productividad, proponiendo planes por rama, y vincular los salarios a la calificación y competencias adquiridas, así como a la evolución de la productividad de la empresa en función de las mejores prácticas tecnológicas y organizativas que incrementen la productividad tomando en cuenta su grado de desarrollo actual;
- Colaborar en la elaboración y actualización permanente del Catálogo Nacional de Ocupaciones y en los estudios sobre las características de la tecnología, maquinaria y equipo en existencia y uso, así como de las competencias laborales requeridas en las actividades correspondientes a las ramas industriales o de servicios;
- Sugerir alternativas tecnológicas y de organización del trabajo para elevar la productividad en función de las mejores prácticas y en correspondencia con el nivel de desarrollo de las empresas;
- Formular recomendaciones de planes y programas de capacitación y adiestramiento que permitan elevar la productividad;
- Estudiar mecanismos y nuevas formas de remuneración que vinculen los salarios y, en general el ingreso de los trabajadores, a los beneficios de la productividad;
- Evaluar los efectos de las acciones de capacitación y adiestramiento en la productividad dentro de las ramas industriales o actividades específicas de que se trate;
- Proponer a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social la expedición de normas técnicas de competencia laboral y, en su caso, los procedimientos para su evaluación, acreditación y certificación, respecto de aquellas actividades productivas en las que no exista una norma determinada;
- Gestionar ante la autoridad laboral el registro de las constancias relativas a conocimientos o habilidades de los trabajadores que hayan satisfecho los requisitos legales exigidos para tal efecto;
- Elaborar e implementar los programas a que hace referencia el artículo anterior;
- Participar en la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo;
- Emitir opinión y sugerir el destino y aplicación de recursos presupuestales orientados al incremento de la productividad.
Estructura[editar]
Tal como lo dice el decreto de creación del Comité, este se encuentra integrado por 21 personas representando los intereses del gobierno, patrones, sindicatos, trabajadores e instituciones académicas, de la manera siguiente:[8]
- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, quien preside.
- El Secretario de Economía.
- El Secretario de Educación Pública.
- El Secretario del Trabajo y Previsión Social.
- El Director General del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología
- Cinco representantes de organizaciones empresariales.
- Cinco representantes de organizaciones sindicales de trabajadores.
- Cuatro representantes de instituciones de educación superior.
- Un representante de institución de educación técnica media superior, y
- Un representante de institución de capacitación para el trabajo.
Referencias[editar]
- ↑ Aristegui Noticias. (28 de septiembre de 2012). Aprueban reforma a la Ley Federal del Trabajo
- ↑ Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Cuadro Comparativo. Disposiciones de la Ley Federal del Trabajo anteriores y el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo (DOF 30 de noviembre de 2012) Archivado el 18 de abril de 2013 en Wayback Machine. Fecha de acceso: 29 de noviembre de 2013.
- ↑ México ¿cómo vamos? (28 de mayo de 2013)Instalación del Comité Nacional de Productividad.
- ↑ Diario Oficial de la Federación. (30 de noviembre de 2012). Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo. Archivado el 8 de agosto de 2013 en Wayback Machine.
- ↑ Diario Oficial de la Federación. (17 de mayo de 2013) Decreto por el que se establece el Comité Nacional de Productividad Archivado el 8 de agosto de 2013 en Wayback Machine..
- ↑ Cecilia Téllez Cortés. (28 de mayo de 2013). Enrique Peña Nieto instala el Comité Nacional de Productividad Archivado el 27 de junio de 2013 en Wayback Machine.. La Crónica.
- ↑ Ley Federal del Trabajo. Artículo 153-K
- ↑ Decreto por el que se establece el Comité Nacional de Productividad. Artículo Cuarto.
Enlaces externos[editar]
- Comité Nacional de productividad. Presidencia de México.