Usuario:Gonzaloluengo/pre

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1. Creo que en la introducción debe ir el dato del 5%, ya que esto abrca tanto a la nobleza criolla como a la extranjera. 2. “Los títulos siempre se rehabilitan por la Corona española dejando en claro que se poseen sin perjuicio de los terceros que en el futuro hagan valer su mejor derecho a la sucesión en la dignidad.” Esa referencia está de más, porque eso ya se explica en el apartado de títulos nobiliarios de España. Eso de “dejando en claro” le da un toque de personalismo a un artículo enciclopédico. 3. “Sin embargo, debe aclararse que la obtención de un título sólo otorga nobleza personal a quien lo posee pero no otorga nobleza de sangre, que en materia nobiliaria es la verdadera nobleza. La nobleza de sangre en un titulado se consolida en la tercera generación.”! Esto debe incluirse en el artículo nobleza o títulos nobiliarios de España. 4. “Descendientes de estas familias son Olga Correa Pereira casada con Fernando Yrarrázaval Fernández, VI marqués de Pica[1]​, Sergio Fernández Larraín, diputado, senador y embajador en España, Juan José Fernández Valdés, Embajador ante la Unesco, Ana Fernández Iñiguez, esposa de Francisco Ramón Undurraga Vicuña, fundador de la viña Undurraga, Carolina Iñiguez Vicuña, esposa de Luis Pereira Cotapos, fundador de la viña Santa Carolina, Francisco Javier Errázuriz Talavera, empresario, senador y candidato presidencial, Lily Iñiguez, Escritora.” Ninguna referencia. 5. “En segundo lugar, algunas personas que desconocen el derecho nobiliario, consideran nobles a los hijos y herederos de los poseedores de títulos de Castilla, quienes no necesariamente son nobles de sangre y que deben pleitear ante el Derecho Premial español su mejor derecho a ser considerados como tales (salvo para el heredero indiscutido del título).” Nuevamente, estas explicaciones hay que dejaralas en el artículo correspondiente. Acá no se discute acerca de la nobleza, sino que se expone la situación de la nobleza EN CHILE. 6. La idea no es hablar de “Imperio Inca”, sino de “Incas”. 7. “En primer lugar, como parte de la nobleza no titulada o (segunda nobleza), se tiene a quienes no requieren pleitear su condición de nobleza o mejor derecho en tribunal alguno, ya que el sólo vinculo sanguíneo les dá ese derecho.” Eso hay que mencionarlo en NOBLEZA. 8. “Los incas llegaron a poblar el territorio chileno hasta lo que hoy es Santiago, dentro del territorio conocido como Collasuyo. Es por eso que no es raro que nobles incas hayan llegado a tener funciones administrativas en las partes chilenas del Imperio Inca y haya dejado descendencia.” Hizo falta poner eso, o sea, contextualizarlo a Chile. 9. “De esta forma los incas llegaron a gobernar el territorio chileno hasta lo que hoy es el río Maule, existiendo nobles incas que tuvieron funciones administrativas en las partes chilenas o Collasuyo del Imperio Inca y que dejaron descendencia.” Lo borré porque ya se dice al comienzo. 10. http://espanol.groups.yahoo.com/group/chilegenea/message/5225 Foro de Genealogía Chilena El acceso a esta página es restringida. Además, no es bueno dar como referencia el mensaje en un foro, o sea, no, obvio, o sea yo puedo escribir cualquier cosa en un foro y… ¿Lo ocupo luego como referencia para un artículo enciclopédico? O sea… 11. No utilizar “don”. Las explicaciones de no utilizar este tratamiento están en los libros de Familias Fundadoras.

  1. Error en la cita: Etiqueta <ref> no válida; no se ha definido el contenido de las referencias llamadas LAPICA1998