Diferencia entre revisiones de «Crimen»

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La definición de '''crimen''' ha diferido y difiere todavía hoy entre escuelas criminológicas. Alguna vez, especialmente en la tradición iberoamericana, se intentó establecer a través de concepto de [[Derecho natural]], creando por tanto el '''crimen natural'''.

Hoy esa acepción se ha dejado de lado, y se acepta más una reducción a ciertos tipos de comportamiento que una sociedad, en un determinado momento, decide punir. Así nos liberamos de paradojas y diferencias culturales que hacen verdaderamente imposible una definición universal.

'''Crimen''' y '''delito''' son términos equivalentes. Su diferencia radica en que delito es genérico y por crímen se entiende un delito más grave o específicamente un delito ofensivo en contra de las personas. Tanto el delito como el crimen son categorías presentadas habitualmente como universales, sin embargo los delitos y los crímenes son definidos por los distintos [[gobierno]]s que aplican su criterio en un [[territorio]] o en un intervalo de tiempo.

De todas formas podemos distinguir tanto en el delito como en el crimen una faz ideal y otra material: En la primera se define una conducta y se le asigna un [[castigo]], en la segunda se aplica un castigo fundamentándose el órgano ejecutor en que el castigado incurrió en una conducta previamente definida como delito o crímen. Tanto el crímen en su faz ideal y en su faz material ha sido distinto en todos los momentos históricos conocidos y en todos los sistémas políticos actuales.

Se puede alegar que el [[homicidio]] es considerado delito en todas la [[legislacion]]es pero matar a otro es castigado como homicidio sólo ''bajo estrictas condiciones'': Que no se mate en una [[guerra]], que no se mate ejerciendo una profesión ([[médico]]s, [[enfermero]]s, [[policía]]s, [[juece]]s, [[ministro]]s del interior, ministros de defensa), o que no se mate en legítima defensa.

Aún así hay delitos y crímenes considerados universales por la legistación internacional como el [[genocidio]], la [[piratería]] naval, el [[tráfico de personas]], etc. Pero un crímen que no es castigado es tan solo un reproche moral injurioso en contra de una persona, inclusive si ella incurrió en esa conducta, considerada delito. Solo el castigo constituye a alguien en delincuente o en criminal. El castigo transforma la vaga noción de delito en un hecho.

Esta idea se puede intentar refutar argumentando que basta la existencia de una víctima para que exista delito o crímen, sin embargo si entendemos por víctima a aquella persona que ha sufrido inmerecidamente producto de la acción de otro, es posible que el causante de ese sufrimiento sea el sistema político o un empresario actuando legalmente. Las leyes o las decisiones de las grandes corporaciones que hacen sufrir a muchas personas se hacen por quienes confeccionan los códigos penales o aplican los castigos o en acuerdo con ellos. Si ellos son castigados por sus acciones solo ocurre por un cámbio del régimen político lo que es conocido como ''Justicia del Vencedor''.

El crímen es creado por el poder competente para castigar y la abstinencia generalizada de castigar conductas definidas como tales, solo agrega páginas a los códigos penales sin crear delitos y la aplicación sistemática de castigos sin ser definidos legalmente crea delincuentes. En defensa de ésto solo hay que apuntar de que a nivel mundial hay más personas dentro de las cárceles que no han sido condenadas por delitos que las que si están condenadas.

La faz ideal del delito solo es relevante cuando ya se ha dirigido el poder político sobre un sujeto, se utiliza la faz ideal del delito con un efecto retroactivo legitimante.

Crear delitos, crímenes y castigos son facultades soberanas de quienes están a la cabeza de un sistema normativo. Eso explica que en [[Singapur]] sea un delito mascar [[goma]] de mascar en lugares públicos y un crímen botarlo en el piso y en [[Chile]] sea un delito fumar [[marihuana]] dentro de un espacio privado inclusive, o en [[Alemania]] el negar el [[holocausto]].

*[[Juzgamiento de Crímenes Internacionales]]

[[Categoría:Delitos]]

Revisión del 06:40 25 dic 2014

La definición de crimen ha diferido y difiere todavía hoy entre escuelas criminológicas. Alguna vez, especialmente en la tradición iberoamericana, se intentó establecer a través de concepto de Derecho natural, creando por tanto el crimen natural.

Hoy esa acepción se ha dejado de lado, y se acepta más una reducción a ciertos tipos de comportamiento que una sociedad, en un determinado momento, decide punir. Así nos liberamos de paradojas y diferencias culturales que hacen verdaderamente imposible una definición universal.

Crimen y delito son términos equivalentes. Su diferencia radica en que delito es genérico y por crímen se entiende un delito más grave o específicamente un delito ofensivo en contra de las personas. Tanto el delito como el crimen son categorías presentadas habitualmente como universales, sin embargo los delitos y los crímenes son definidos por los distintos gobiernos que aplican su criterio en un territorio o en un intervalo de tiempo.

De todas formas podemos distinguir tanto en el delito como en el crimen una faz ideal y otra material: En la primera se define una conducta y se le asigna un castigo, en la segunda se aplica un castigo fundamentándose el órgano ejecutor en que el castigado incurrió en una conducta previamente definida como delito o crímen. Tanto el crímen en su faz ideal y en su faz material ha sido distinto en todos los momentos históricos conocidos y en todos los sistémas políticos actuales.

Se puede alegar que el homicidio es considerado delito en todas la legislaciones pero matar a otro es castigado como homicidio sólo bajo estrictas condiciones: Que no se mate en una guerra, que no se mate ejerciendo una profesión (médicos, enfermeros, policías, jueces, ministros del interior, ministros de defensa), o que no se mate en legítima defensa.

Aún así hay delitos y crímenes considerados universales por la legistación internacional como el genocidio, la piratería naval, el tráfico de personas, etc. Pero un crímen que no es castigado es tan solo un reproche moral injurioso en contra de una persona, inclusive si ella incurrió en esa conducta, considerada delito. Solo el castigo constituye a alguien en delincuente o en criminal. El castigo transforma la vaga noción de delito en un hecho.

Esta idea se puede intentar refutar argumentando que basta la existencia de una víctima para que exista delito o crímen, sin embargo si entendemos por víctima a aquella persona que ha sufrido inmerecidamente producto de la acción de otro, es posible que el causante de ese sufrimiento sea el sistema político o un empresario actuando legalmente. Las leyes o las decisiones de las grandes corporaciones que hacen sufrir a muchas personas se hacen por quienes confeccionan los códigos penales o aplican los castigos o en acuerdo con ellos. Si ellos son castigados por sus acciones solo ocurre por un cámbio del régimen político lo que es conocido como Justicia del Vencedor.

El crímen es creado por el poder competente para castigar y la abstinencia generalizada de castigar conductas definidas como tales, solo agrega páginas a los códigos penales sin crear delitos y la aplicación sistemática de castigos sin ser definidos legalmente crea delincuentes. En defensa de ésto solo hay que apuntar de que a nivel mundial hay más personas dentro de las cárceles que no han sido condenadas por delitos que las que si están condenadas.

La faz ideal del delito solo es relevante cuando ya se ha dirigido el poder político sobre un sujeto, se utiliza la faz ideal del delito con un efecto retroactivo legitimante.

Crear delitos, crímenes y castigos son facultades soberanas de quienes están a la cabeza de un sistema normativo. Eso explica que en Singapur sea un delito mascar goma de mascar en lugares públicos y un crímen botarlo en el piso y en Chile sea un delito fumar marihuana dentro de un espacio privado inclusive, o en Alemania el negar el holocausto.