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Cortes de León de 1188

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Básilica de San Isidoro de León

Las Cortes de León de 1188 se celebraron al principio del reinado de Alfonso IX de León en el claustro de la Basílica de San Isidoro de León, tal como se mantiene en la afirmación del monarca en una comunicación al Arzobispo de Compostela. Han sido reconocidas por la Unesco como «el testimonio documental más antiguo del sistema parlamentario europeo». [1]

Historia

Alfonso IX de León y Galicia, representado en el Tumbo A de la catedral de Santiago de Compostela.

Sólo se puede entender el acontecimiento, siguiendo los importantes hechos que tuvieron lugar en esa época. Lo primero fue la coronación de Alfonso VII de León, lo cual ocurrió en 1135 y tuvo una multitudinaria acogida, ya que dicha coronación tuvo una presencia del pueblo llano como nunca antes. Anteriormente sólo había habido en la Europa medieval un ejemplo anterior relativo a asambleas legislativas, el Althing islandés, pero su lejanía y la falta de comunicación del área escandinava con Europa occidental hicieron que tuviera nula repercusión.

Tras el freno en la Reconquista, la corona leonesa necesita ingresos por lo que crea nuevos impuestos lo que provoca una alza de precios. A la vez, la guerra con Portugal y con Castilla, requieren más ingresos. La clase ciudadana exige una contrapartida como también regular el gasto de la corona. En el año 1188, recién llegado al trono Alfonso IX de León, se convoca a la Curia regia del Reino de León a la que por primera vez se le suman los representantes electos de las principales ciudades con voz y voto. Esta medida ha sido considerada el primer ejemplo del parlamentarismo moderno en la historia de Europa occidental. [2]

Desarrollo

Las Cortes se constituyeron con tres estamentos:

  • Privilegiados: clero y la nobleza.
  • No privilegiados: representantes de las ciudades

Los privilegiados aparecen como un diálogo entre el rey y la curia, por un lado, y los representantes de las ciudades y villas por otro, sin oposición a que cada estamento se consolide por separado. La incorporación de elementos populares o ciudadanos responde sólo a necesidades económicas.

En ellas se reconoce la inviolabilidad del domicilio, del correo, la necesidad del rey de convocar Cortes para hacer la guerra o declarar la paz, y se garantizan numerosos derechos individuales y colectivos. En estas Cortes, además de ampliar los Fueros de Alfonso V de León del año 1020, se promulgaron nuevas leyes destinadas a proteger a los ciudadanos y a sus bienes contra los abusos y arbitrariedades del poder de los nobles, del clero y del propio Rey. Este importante conjunto de decretos ha sido calificado con el nombre de «Carta Magna Leonesa».

La legislación alfonsina no introduce novedades importantes. Pretende únicamente profundizar en el pacto feudal sobre el que se construye la legitimidad monárquica.

Los análisis referidos a los Decreta (decretos) atribuidos a 1188 reúnen la confirmación de decretos de carácter general como, por ejemplo, el no atentar contra la propiedad ajena, resolver las querellas ante la justicia o la promesa del Rey de no entrar en Guerra sin contar con todos los que le deben dar su consejo. Estos decretos, son cosas normales en los inicios del nuevo reinado de Alfonso VII de León, sin embargo se crearon «nuevos Decretos», entre los que se contaba la redacción de una Constitución fechada en julio de 1188, que trataba de la existencia de violencia y de intento por paliarla usando la Justicia.

Este tema será desarrollado en unas «constituciones» para Galicia, en 1194, y a partir de este texto podemos explicar lo contenido en el texto atribuido a las Cortes de 1188; es decir que éste, tal y como se conoce en muchos de sus pasajes, se debe a la elaboración desarrollada a lo largo del reinado de Alfonso IX de León.

Legado

Logotipo de la marca «León, cuna del parlamentarismo» que conmemora las Cortes de León de 1188.

Después de la iniciativa de Alfonso IX de León, varios reinos de Europa occidental convocaron Cortes, Parlamentos o Estados Generales con la participación de representantes de las ciudades. Fue el caso del Reino de Aragón o Reino de Inglaterra.

Se abrió así el camino para que el Tercer Estado participase en las decisiones de gobierno.

Bibliografía

  • The Life and Death of Democracy. John Keane. Simon & Schuster, London, 2009.
  • Crónica de la Humanidad 1987, Plaza&Janés: ISBN:84-01-60699-3
  • CONMEMORACION DE LAS CORTES DE LEON 1188. LA PRESENCIA DE ZAMORA Autores: ESTEPA DIEZ, CARLOS; VALDEON BARUQUE, JULIO ISSN: 0213-8212
  • Revista: Anuario Instituto de Estudios Zamoranos «Florián de Ocampo»

Datos Fuente: 1988,: 609-622

  • El original latino del ordenamiento de las Cortes de León en 1188 Bécker, Jerónimo Edición digital: Alicante: Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes, 2008

Referencias

  1. La Unesco reconoce a León como cuna del parlamentarismo europeo
  2. The Life and Death of Democracy. John Keane. Simon & Schuster, London, 2009

Enlaces externos