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Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición

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La Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición es un Organismo Autónomo de la Administración General del Estado de España, adscirto al Ministerio de Sanidad.

Historia

La Agencia, creada por Real Decreto 19/2014, de 17 de enero, es el resultado de la refundición de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición y el Instituto Nacional de Consumo, en aras de la simplificación y la sostenibilidad de la estructura administrativa.

Funciones

Corrresponde a la Agencia:

  • a) Coordinar las actuaciones de las Administraciones con competencias que incidan directa o indirectamente en el consumo, la seguridad alimentaria y la nutrición.
  • b) Identificar y coordinar los foros intersectoriales e interterritoriales con competencias en el consumo, la seguridad alimentaria y la nutrición.
  • c) Establecer y mantener los mecanismos necesarios para actuar de modo integrado en la red europea de agencias u organismos de consumo, seguridad alimentaria y nutrición.
  • d) Proponer medidas de gestión del riesgo en alimentos formulando, entre otras medidas, propuestas para nuevos desarrollos normativos y promoviendo la simplificación y unificación de las normas, así como planificar, coordinar y desarrollar estrategias de actuación en relación con las enfermedades de transmisión alimentaria.
  • e) Elaborar propuestas de ordenación y propuestas normativas en materia de bienes y servicios que faciliten y mejoren la protección del consumidor, así como informar preceptivamente los proyectos de normas, autorizaciones o propuestas que afecten a los servicios o productos de consumo no alimenticios.
  • f) Coordinar e informar sobre la posición de España y, en su caso, representarla, en los asuntos de seguridad alimentaria, nutrición y consumo que se traten en la Unión Europea y en los organismos internacionales, especialmente en la Comisión Mixta FAO/OMS del Codex Alimentarius, de la que la Agencia será punto de contacto.
  • g) La gestión del Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos.
  • h) Coordinar las actuaciones de las Administraciones públicas en territorio nacional, relativas al control oficial de productos alimenticios, para proteger la salud e intereses de los consumidores y del conjunto de los agentes de la cadena alimentaria.
  • i) Coordinar el funcionamiento de las redes de alerta existentes en territorio español, recogidas en el capítulo V de este Real Decreto, y su integración en los respectivos sistemas comunitario e internacional.
  • j) Facilitar a las Administraciones competentes soporte técnico y evaluaciones de riesgos en materia de seguridad alimentaria para su utilización en sus actuaciones normativas y ejecutivas, facilitando la coordinación de las entidades implicadas.
  • k) Elaborar, promover y participar en estudios y trabajos de investigación sobre consumo, nutrición y seguridad alimentaria.
  • l) Impulsar la Estrategia de la nutrición, actividad física y prevención de la obesidad, de acuerdo con lo establecido en la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición.
  • m) Impulsar y participar en el seguimiento y gestión de los códigos de autorregulación que se acuerden en materia de publicidad de alimentos y bebidas, especialmente las dirigidas a menores, y cualesquiera otros que se adopten para la mejora de los bienes y servicios prestados a los consumidores y usuarios.
  • n) Apoyar en su funcionamiento al Observatorio de la Nutrición y de Estudio de la Obesidad previsto en la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición.
  • ñ) Promover cuantas acciones de formación, información y educación sean precisas para los ciudadanos, las administraciones públicas y los agentes sociales implicados.
  • o) Diseñar y gestionar estrategias de comunicación del riesgo alimentario, de los beneficios y riesgos, estableciendo los mecanismos precisos que faciliten la adecuada percepción del consumidor, así como la comunicación de otros riesgos que afecten a la seguridad de los consumidores.
  • p) La realización de análisis, pruebas y ensayos sobre la calidad y seguridad de los alimentos, bienes y servicios de uso y consumo, la formación y asesoramiento de personal técnico, el desarrollo de métodos analíticos y su difusión.
  • q) La ordenación y gestión del Sistema Arbitral de Consumo.
  • r) El establecimiento de criterios comunes en el ámbito del consumo, previa consulta a las Comunidades Autónomas.
  • s) La preparación de acciones judiciales en defensa de los intereses generales de los consumidores, según lo previsto en la legislación vigente.
  • t) El fomento y registro de las asociaciones de consumidores y usuarios.
  • u) Gestión del Registro Estatal de empresas de intermediación financiera, incluyendo la instrucción y resolución de procedimientos derivados de las infracciones relacionadas con el mismo.
  • v) Cuantas otras funciones le correspondan atendiendo a los objetivos descritos en el apartado anterior.


Lista de Presidentes

  • Pilar Farjas Abadía (2014- )

Lista de Directores Ejecutivos

  • Ángela López de Sá (2014- )

Referencias