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Afinidad (derecho)

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En Derecho, la afinidad es un tipo de parentesco ( denominado parentesco político) que se produce por un vínculo legal a través del matrimonio, entre aquellas personas que sin tener lazo de consanguineidad entre sí, a su vez sí lo tienen con alguno de los esposos. Por ejemplo: los padres del esposo con los padres de la esposa, adquieren afinidad en razón del casamiento.

Si el parentesco natural se extiende hasta el cuarto grado de consanguinidad, sucede análoga y coincididentemente el parentesco por afinidad. Aunque sin poder determinarse "grados", debido que la "afinidad no engendra afinidad".[1]

Los parientes que, por el contrario, mantienen vínculos de sangre se les denomina parientes consanguíneos, y obedecen al derecho natural, como el que existe entre padres e hijos.

Importancia jurídica

El vínculo de afinidad entre dos o más personas tiene importancia en Derecho de familia y sucesiones ,[2]​ para definir el alcance de los derechos y deberes entre esas dos personas respecto a un hecho jurídico. Por ejemplo, de tutela en caso de orfandad; como designar al o los herederos legales.

También es una cuestión de importancia dentro del derecho canónico para determinar la legitimidad del matrimonio.[3]

Véase también

Enlaces externos


Notas y referencias

  1. Dr. D. Salvador del Viso (1868). Juan Mariana y Sanz, ed. Lecciones elementales de derecho civil, Volumen 1 (Tomo I). p. 104. 
  2. «Derechos de herencia en la familia por afinidad». 9 de julio de 2011. Consultado el 19 de enero de 2012. 
  3. The Catholic Encyclopedia, Volume I (1907). «Afinidad (derecho). Versión en línea». Robert Appleton Co. Consultado el 17 de enero de 2012.