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Diferencia entre revisiones de «Dirección General de Presupuestos»

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La '''Dirección General de Presupuestos''' es un órgano de gestión del [[Ministerio de Hacienda y Función Pública]] dependiente de la [[Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos]] encargada de la formulación de los objetivos y criterios de política presupuestaria, la programación plurianual de los programas de gastos e ingresos del sector público estatal, la elaboración anual de los [[Presupuestos Generales del Estado]] y el seguimiento y evaluación de su ejecución, de acuerdo con las directrices de política económica establecidas por el [[Gobierno de España|Gobierno]].<ref>{{Cita web|url=http://www.sepg.pap.minhafp.gob.es/sitios/sepg/es-ES/ClnSEPG/Paginas/dgpresupuestos.aspx|título=SEPG:Dirección General de Presupuestos|fechaacceso=7 de septiembre de 2017|sitioweb=www.sepg.pap.minhafp.gob.es|idioma=es-ES}}</ref>
La '''Dirección General de Presupuestos''' es un órgano de gestión del [[Ministerio de Hacienda y Función Pública]] dependiente de la [[Secretaría de Presupuestos y Gastos]] encargada de la formulación de los objetivos y criterios de política presupuestaria, la programación plurianual de los programas de gastos e ingresos del sector público estatal, la elaboración anual de los [[Presupuestos Generales del Estado]] y el seguimiento y evaluación de su ejecución, de acuerdo con las directrices de política económica establecidas por el [[Gobierno de España|Gobierno]].<ref>{{Cita web|url=http://www.sepg.pap.minhafp.gob.es/sitios/sepg/es-ES/ClnSEPG/Paginas/dgpresupuestos.aspx|título=SEPG:Dirección General de Presupuestos|fechaacceso=7 de septiembre de 2017|sitioweb=www.sepg.pap.minhafp.gob.es|idioma=es-ES}}</ref>


El Director General de Presupuestos es, desde el [[13 de enero]] de [[2012]], Jaime Iglesias Quintana.<ref>{{Cita web|url=http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2012-597|título=Real Decreto 126/2012, de 13 de enero, por el que se nombra Director General de Presupuestos a don Jaime Iglesias Quintana.|fechaacceso=7 de septiembre de 2017|sitioweb=www.boe.es|idioma=es}}</ref>
El Director General de Presupuestos es, desde el [[13 de enero]] de [[2012]], Jaime Iglesias Quintana.<ref>{{Cita web|url=http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2012-597|título=Real Decreto 126/2012, de 13 de enero, por el que se nombra Director General de Presupuestos a don Jaime Iglesias Quintana.|fechaacceso=7 de septiembre de 2017|sitioweb=www.boe.es|idioma=es}}</ref>

Revisión del 11:00 27 dic 2017

Dirección General de Presupuestos


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Logotipo del Ministerio de Hacienda y Función Pública
Localización
País EspañaBandera de España España
Información general
Jurisdicción España
Tipo Dirección general
Organización
Director General Jaime Iglesias Quintana
Depende de Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos
Entidad superior Ministerio de Hacienda y Función Pública
Historia
Fundación 1963[1]

La Dirección General de Presupuestos es un órgano de gestión del Ministerio de Hacienda y Función Pública dependiente de la Secretaría de Presupuestos y Gastos encargada de la formulación de los objetivos y criterios de política presupuestaria, la programación plurianual de los programas de gastos e ingresos del sector público estatal, la elaboración anual de los Presupuestos Generales del Estado y el seguimiento y evaluación de su ejecución, de acuerdo con las directrices de política económica establecidas por el Gobierno.[2]

El Director General de Presupuestos es, desde el 13 de enero de 2012, Jaime Iglesias Quintana.[3]

Funciones

Sus funciones se regulan en el Artículo 9 del Real Decreto 769/2017, de 28 de julio, y sus funciones son:[4]

  • La instrumentación y seguimiento de los objetivos de política presupuestaria y la elaboración de los criterios para su consecución.
  • La definición de las directrices que deban seguirse en cumplimiento de las obligaciones derivadas de la normativa europea en materia de Gobernanza fiscal.
  • La elaboración de la normativa y de las instrucciones que han de orientar la formulación anual de los Presupuestos Generales del Estado y la coordinación del proceso de elaboración de los mismos. En particular:
    • La formulación de la propuesta de los objetivos de estabilidad presupuestaria y el límite de gasto no financiero del Estado.
    • La elaboración de los estudios que informan las decisiones de la Comisión de Políticas de Gasto.
    • La determinación de los límites cuantitativos y directrices que han de respetar las propuestas de gasto de los centros gestores, de acuerdo con las decisiones de la Comisión de Políticas de Gasto y el límite de gasto no financiero aprobado.
    • La preparación de los estados de gastos e ingresos del anteproyecto de Presupuestos Generales del Estado a partir de las previsiones de los ingresos y de las dotaciones propuestas por los centros gestores.
    • La coordinación y elaboración de la documentación que ha de acompañar al proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado.
    • El análisis de la distribución territorial de los proyectos de inversión que se deban incluir o financiar en los Presupuestos Generales del Estado, para facilitar el análisis de coherencia del conjunto de la inversión pública.
  • Prestar el apoyo preciso durante el proceso de debate parlamentario del proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado e instrumentar las enmiendas a los estados de gastos e ingresos aprobadas por las Cortes Generales.
  • El informe de las disposiciones legales y reglamentarias, en su fase de elaboración y aprobación, de los actos administrativos, de los contratos y de los convenios de colaboración, así como de cualquier otra actuación que afecte a los gastos o ingresos públicos presentes o futuros, de acuerdo con el cumplimiento de las exigencias de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, cuando así lo establezca la legislación aplicable o sea solicitado por los órganos de los que dependa.
  • La elaboración de los estudios y propuestas específicas para el control de la estabilidad presupuestaria dentro de las directrices fijadas por el Gobierno.
  • El análisis de la incidencia económica y presupuestaria de la actuación del sector público estatal. Especialmente:
    • La realización de estimaciones a medio plazo de los ingresos del Estado y demás agentes del sector público estatal, sin perjuicio de la competencia de otros órganos.
    • El análisis del impacto económico de los programas y políticas de gasto público, el análisis de sensibilidad de situaciones alternativas y su coherencia con las proyecciones económicas a medio plazo y la consideración de sus aspectos sectoriales, territoriales y de su financiación.
  • El análisis y previsión de la incidencia de la coyuntura económica en los ingresos y gastos públicos.
  • El análisis de la distribución regional de los flujos de gastos e ingresos públicos de los Presupuestos Generales del Estado.
  • El análisis de los objetivos y actuaciones de los subsectores empresarial y fundacional del sector público estatal y de su coherencia con las políticas de gasto.
  • El análisis y seguimiento de la actividad económico-financiera y presupuestaria de los subsectores empresarial y fundacional del sector público estatal, así como la elaboración y liquidación de los contratos-programa a que se refiere la Ley General Presupuestaria.
  • El análisis y seguimiento de los objetivos fijados a los centros gestores en el presupuesto, así como el de la aplicación de las dotaciones que les hayan sido atribuidas, en orden a una eficaz asignación presupuestaria.
  • El análisis de la procedencia y oportunidad de las modificaciones presupuestarias propuestas por los centros gestores así como, en su caso, de compromisos de gasto plurianuales; el informe de sus consecuencias, de su financiación y el curso y tramitación que proceda para éstas.
  • La valoración y el análisis del impacto en los Presupuestos Generales del Estado de los sistemas de Financiación de las Administraciones Territoriales.
  • El análisis de la evolución y ejecución de los ingresos y gastos reflejados en los Presupuestos Generales del Estado.
  • El impulso y propuesta de iniciativas tendentes a mejorar las técnicas presupuestarias que permitan una mayor racionalización de los programas presupuestarios.
  • Fomentar las relaciones con las administraciones territoriales, organismos internacionales y cualquier otra institución pública o privada para el intercambio de información y experiencias sobre la institución presupuestaria.
  • La promoción de la transparencia de la información presupuestaria velando especialmente por la accesibilidad de los ciudadanos a esta información.
  • La formación específica de los empleados públicos en materia presupuestaria.

Estructura

De la Dirección General dependen los siguientes órganos directivos:

  • Subdirección General de Presupuestos.
  • Subdirección General de Política Presupuestaria.
  • Subdirección General de Programas Presupuestarios de Actividades Generales.
  • Subdirección General de Programas Presupuestarios de Actividades Económicas.
  • Subdirección General de Programas Presupuestarios de Sistemas de Seguridad y Protección Social.
  • Subdirección General de Programas Presupuestarios de Educación, Cultura y otras Políticas Públicas.
  • Subdirección General de Programación Financiera del Sector Público Empresarial.
  • Subdirección General de Análisis y Programación Económica.
  • Subdirección General de Organización, Planificación y Gestión de Recursos.

Véase también

Referencias

Enlaces externos