Usuario discusión:Beosalsa

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Esperamos que pases buenos momentos en Wikipedia. --Filipo (Mi discusión) 00:10 29 nov 2006 (CET)

Estoy al tanto de que las leyes de muchos países son contenido libre. Pero en un artículo debe quedar claro que se está citando una ley. Y su contenido no puede limitarse a citas. Por otra parte esta es una enciclopedia global, al menos en el marco hispanoamericano. Así que el artículo debe ir más allá de lo estrictamente español. Saludos.--Fixertool (discusión) 09:40 31 mar 2015 (UTC)[responder]

Gracias por su atención inmediata. Ya he citado la fuente original, el Boletín oficial del Estado español, de uso libre. El otro inconveniente, la "regionalidad", es algo cosustancial a la definición de "Funcionarios interinos", ya que los sistemas de acceso a la función pública en otros países de latinoamérica no funcionan así. Es un tipo de organización administrativa diferente, sí sucede en varios países europeos, aunque cada país los denomina de forma distinta y también son distintas las formas de acceso, circunstancias, consideraciones legales, organización, etc, por lo que entiendo que no es posible hacer una similitud entre España explicando las diferencias con el resto de países. Sería inmenso. ¿Podría editar el título y especificar que se refiere sólo a un tipo de empleado público, dentro de una clase de funcionarios, dentro de España? Gracias. Beosalsa (discusión) 10:02 31 mar 2015 (UTC)[responder]

Hola, Beosalsa. Quiero hacerle una sugerencia. Me ha gustado la idea de crear un artículo para funcionario interino. Estuve revisando y no hay nada que se le asemeje (substituto, reemplazante, interino solo, etc.). Entonces, creo que al no haber nada en Wikipedia al respecto y al ser un artículo de alcance general y común (no exclusivo de España), creo que sería una buena idea expandir el artículo y dejarlo de alcance general, o sea, podría crearse una sección «Regulación por países», y ahí colocar a España, Chile, México, etc. A mí me gustaría agregar algo sobre lo que sucede en Chile. Naturalmente esto es una sugerencia, Ud. dígame si le agrada o no la idea. Saludos cordiales. Churrasco italiano - Mensajes 00:49 6 abr 2015 (UTC).[responder]

Hola Churrasco italiano.
Me parece una buena idea, puesto que la regulación de las diferentes conceptualizaciones y del régimen jurídico aplicable a lo que aquí en España se denomina "funcionario interino" varía mucho de unos países a otros. De hecho, sólo en la Europa de los 27 varía enormemente, puesto que la normativa europea no regula dichos regímenes jurídicos de los empleados públicos, dejándolo al arbitrio legislativo de cada país miembro.
El tema da mucho de sí, aunque ahora mismo no dispongo de tiempo para hacer un análisis pormenorizado de todos los países, y cómo se regula en cada uno de ellos.
Animo a cualquier investigador que disponga de tiempo y conocimientos jurídicos e idiomáticos para que lo lleve a cabo.
Un saludo y gracias por tu intervención, opinión y sugerencias.
Estimado, gracias. Entonces, con su permiso procedo a incorporar la información que le comenté en mi mensaje anterior. Un cordial saludo desde Santiago de Chile. Churrasco italiano - Mensajes 14:53 9 abr 2015 (UTC).[responder]