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La Sustitución de Peligros[1]​se trata de una medida preventiva mediante el uso de agentes químicos[2]​ o otro proceso para eliminar un riesgo determinado actuando en el origen.

Hasta este momento, no se encuentra dentro de la Reglamentación Laboral[3]​ un apartado especifico referente a la sustitución de agentes químicos peligrosos. Sin embargo, en el Real Decreto 374/2001[4]​ sobre la prevención de riesgos derivados de los agentes químicos[2]​ en el trabajo y la normativa de referencia al respecto. Dentro de este, se establece la eliminación del riesgo en origen como medida preventiva prioritaria.

Referencias[editar]

  1. https://www.insst.es/documents/94886/326775/ntp_673.pdf/02eee5d4-49ef-44cf-9d52-4fdfb9d8b06a.  Falta el |título= (ayuda)
  2. a b «Agentes Químicos peligrosos | ISTAS». istas.net. Consultado el 1 de diciembre de 2023. 
  3. «BOE.es - Código Laboral y de la Seguridad Social». www.boe.es. Consultado el 1 de diciembre de 2023. 
  4. «BOE-A-2001-8436 Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.». www.boe.es. Consultado el 1 de diciembre de 2023.