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Usuario:Steph.21.unam/Taller

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PROTOCOLO[editar]

La expresión protocolo está compuesta por dos palabras de origen griego, protos, que significa primero o principal, y kollas, que significa pegar. La fé pública notarial es esecialmente documental, por esta razón las actas y escrituras públicas sólo pueden autorizarse en el protocolo y de ellas pueden expedirse copias, testimonios y certificaciónes. el 6 de enero de 1994 , se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el cuál La Ley del Notariado del Distrito Federal, sufre reformas en lo relativo a la integración del protocolo, teniendo la adopción del estilo abierto; con la intensión de una nueva forma de seguirlo integrando.

El protocolo es único en cada notaría y se continúa integrándose con el número progresivo de instrumentos y con el número progresivo de libros que le corresponden normalmente.

PROTOCOLO ORDINARIO[editar]

El artículo 76 de la Ley del Notariado Para El Distrito Federal dispone: " Protocolo es el conjunto de libros formados por folios numerados y sellados en los que el notario, observando las formalidades que establece la presente Ley, asienta y autoriza las escrituras y actas que se otorguen ante su fe, con sus respectivos apéndices; así como por los libros de registro de cotejos con sus apéndices... "

PROTOCOLO ESPECIAL[editar]

PROTOCOLO DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO FEDERAL[editar]

PROTOCOLO CONSULAR[editar]

REFERENCIAS[editar]

...TRABAJANDO EN EL ARTÍCULO (SOY NUEVA EN ESTO)....