Diferencia entre revisiones de «Tribunal Supremo (España)»
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Sánchez Aldeguer |
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|1843 - 1850 |
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| José María Manescu Saborío |
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|1851 - 1853 |
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| El Batu de Las Palmas|1853 - 1854 |
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| Francisco Javier Olavarrieta |
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| José |
| José Luis Martin Marrero |1854 - 1855 |
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|1854 - 1855 |
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| [[Claudio Antón de Luzuriaga]] |
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|1856 - 1864 |
|1856 - 1864 |
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| Ramón |
| Ramón el Cabezón |
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|1864 - 1868 |
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| [ Tupu]]. Magistrada-Juez de menores dos Málaga y del Consejo General. |
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| [[álvaro ]]. Presidente del Consejo General del Poder Judicial. |
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Revisión del 19:57 9 jun 2013
Tribunal Supremo de España | ||
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Sede en la Plaza de la Villa de París. | ||
Localización | ||
País | España | |
Municipio | Convento de las Salesas Reales | |
Información general | ||
Sigla | TS | |
Jurisdicción | España | |
Tipo | Tribunal de Justicia | |
Sede | Convento de las Salesas Reales, Madrid | |
Organización | ||
Presidente | Gonzalo Moliner Tamborero | |
Composición | Sala Primera del Tribunal Supremo, Sala Segunda del Tribunal Supremo, Sala Tercera del Tribunal Supremo, Sala Cuarta del Tribunal Supremo y Sala Quinta del Tribunal Supremo | |
Historia | ||
Fundación | 1812 | |
www.poderjudicial.es | ||
El Tribunal Supremo es el órgano constitucional de España que se encuentra en la cúspide del Poder Judicial. Es el tribunal superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales cuya responsabilidad descansa en el Tribunal Constitucional, ajeno al Poder Judicial.
La sede del Tribunal Supremo se encuentra en Madrid, en la Plaza de la Villa de París, ocupando dependencias de lo que fue el Palacio y convento de las Salesas Reales, fundado por la reina Bárbara de Braganza en el siglo XVIII.
Atribuciones
El Tribunal Supremo es el tribunal de última instancia (final) en todos los casos y sus decisiones sólo pueden ser dejadas sin efecto cuando el Tribunal Constitucional encuentra lesión de los derechos y libertades constitucionales. En todos los demás casos, no es posible apelar o recurrir una decisión firme del Tribunal Supremo.
No obstante, en el ámbito penal, el Rey puede dejar sin efecto incluso las condenas impuestas o ratificadas por el Tribunal Supremo, en ejercicio del derecho de gracia que la Constitución le reconoce, a propuesta del Consejo de Ministros que es el órgano que decide, decisión que posteriormente formaliza el Rey como acto debido.
Conoce y decide en única instancia los procesos de responsabilidad civil o penal contra el Presidente y los ministros del Gobierno de la Nación, los senadores y diputados de las Cortes Generales, el Presidente y los magistrados del propio Tribunal Supremo y vocales del Consejo General del Poder Judicial, el Presidente y los magistrados del Tribunal Constitucional y otros integrantes de altas instituciones del Estado y de las comunidades autónomas.
Asimismo, conoce y decide los procesos de ilegalización de partidos políticos, a instancia exclusiva del Ministerio Fiscal o del Gobierno, requerido a ello por el Senado o el Congreso de los Diputados.
También conoce y decide los recursos ordinarios y extraordinarios previstos por la Ley contra las resoluciones de los tribunales inferiores.
Por último, conoce y decide los demás procesos que la Constitución o la Ley reservan a su competencia.
Garantías constitucionales
El Tribunal Supremo goza de una posición análoga a la de las Cortes Generales y el Gobierno de la Nación, a causa de posición equivalente como cabeza de uno de los tres Poderes del Estado.
En garantía de su libertad de funcionamiento, el Tribunal Supremo cuenta con la prerrogativa de ejecutividad de sus actos en virtud del principio de obediencia a las resoluciones judiciales firmes consagrado por la Constitución, en conjunción con el hecho de que la mayoría de las resoluciones de este Tribunal son firmes por tratarse de soluciones a recursos contra actos de los Tribunales inferiores.
Además, el Tribunal Supremo es el único que puede ordenar la detención de sus propios miembros y sólo él puede procesarlos y separarlos por responsabilidades civiles y penales en el desempeño de sus funciones.
Adicionalmente, el Consejo General del Poder Judicial también supervisa el funcionamiento del Tribunal Supremo, aunque todos los actos de este Consejo pueden ser anulados por el propio Tribunal Supremo en vía contencioso-administrativa.
Organización y funcionamiento
El Tribunal Supremo está compuesto por el Presidente del Tribunal Supremo y por un número indeterminado de Magistrados adscritos a las diversas Salas que lo integran, todos ellos nombrados por Su Majestad el Rey a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.
En el seno del Tribunal Supremo existen órganos jurisdiccionales, es decir, encargados de administrar justicia en nombre del Rey juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, y órganos gubernativos y administrativos, es decir, aquéllos con función de gobierno y dirección o de simple administración y auxilio a los otros dos grupos.
Órganos jurisdiccionales: las salas
El Tribunal Supremo está dividido en cinco Salas, que entienden de los recursos que se presenten contra las resoluciones de los Tribunales inferiores y en primera o única instancia de los procesos sobre responsabilidad del Presidente y los Ministros del Gobierno de la Nación, de los Senadores y Diputados de las Cortes Generales, del Presidente y los Magistrados del Tribunal Supremo, de los Vocales del Consejo General del Poder Judicial, del Presidente y los Magistrados del Tribunal Constitucional y de otros integrantes de Órganos Constitucionales del Estado y las comunidades autónomas, siempre según los respectivos órdenes jurisdiccionales:
- Sala Primera, de lo Civil.
- Sala Segunda, de lo Penal.
- Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo.
- Sala Cuarta, de lo Social.
- Sala Quinta, de lo Militar.
Además, dentro del Tribunal Supremo existen unos órganos jurisdiccionales especiales:
- Un Tribunal de Conflictos de Jurisdicción (LOPJ, art. 38), que resuelve los conflictos positivos y negativos de jurisdicción que se susciten entre los Juzgados o Tribunales y la Administración; está compuesto por el Presidente del Tribunal Supremo, dos Magistrados de la Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo y tres Consejeros Permanentes del Consejo de Estado.
- Una Sala de Conflictos de Jurisdicción (LOPJ, art. 39), que resuelve los conflictos positivos y negativos de jurisdicción que se susciten entre un órgano judicial perteneciente a la jurisdicción ordinaria y un órgano judicial perteneciente a la jurisdicción militar; está compuesta por el Presidente del Tribunal Supremo, dos Magistrados de la Sala correspondiente al orden jurisdiccional de la jurisdicción ordinaria en conflicto y dos Magistrados de la Sala Quinta, de lo Militar.
- Una Sala especial de Conflictos de Competencia (LOPJ, art. 42), que resuelve los conflictos positivos y negativos de competencia que se susciten entre órganos judiciales pertenecientes a distinto orden jurisdiccional; está compuesta por el Presidente del Tribunal Supremo y por un Magistrado de cada una de las Salas correspondientes a los órdenes jurisdiccionales en conflicto.
- Una Sala innominada descrita en el artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que conoce de los procesos de ilegalización de partidos políticos, de los procesos sobre declaración de error judicial y sobre responsabilidad en ejercicio de funciones jurisdiccionales de las demás Salas del Tribunal Supremo y de otros procesos de especial importancia; está compuesta por el Presidente del Tribunal Supremo, los Presidentes de las Salas y el Magistrado más antiguo y el más moderno de cada una de ellas.
Órganos gubernativos
Con subordinación al Consejo General del Poder Judicial, los órganos gubernativos del Tribunal Supremo son los encargados de conocer y resolver las cuestiones de índole administrativa y de funcionamiento del Tribunal y sus órganos jurisdiccionales. Son órganos gubernativos:
- El Presidente del Tribunal Supremo.
- La Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, compuesta por el Presidente del Tribunal Supremo, los Presidentes de cada una de sus Salas y un número de Magistrados igual al de éstos, elegidos por el procedimiento arbitrado en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Órganos de administración
La Secretaría de Gobierno del Tribunal Supremo, el Gabinete Técnico de Documentación e Información, el Departamento de Archivo, Biblioteca e Información, el Departamento de Informática y el Registro General son órganos administrativos y técnicos que posibilitan el funcionamiento del Tribunal en sus respectivos ámbitos de actuación.
Presidentes del Tribunal Supremo
Esta es la lista de los Presidentes que ha tenido el Alto Tribunal. Desde 1980, año de la creación del Consejo General del Poder Judicial, el Presidente del Tribunal Supremo lo es también de éste.[1]
Nombre | Mandato |
---|---|
Ramón Posada-Soto y Rivero | 1812 - 1814 |
Antonio Cano Manuel y Ramírez de Arellano | 1820 - 1823 |
José Hevia y Noriega | |
Vicente Cano Manuel y Ramírez de Arellano | 1834 - 1838 |
Franciso Fernández del Pino | 1838 - 1840 |
José María Calatrava Peinado | 1840 - 1843 |
Nicolás María Garelly Batiffora | 1843 - 1850 |
Alejandro Rodríguez Castellano | |
Lorenzo Arrazola García (Primera vez) | 1851 - 1853 |
1853 - 1854 | |
1854 - 1855 | |
Claudio Antón de Luzuriaga | 1855 - 1856 |
Lorenzo Arrazola García (Segunda vez) | 1856 - 1864 |
Ramón el Cabezón | 1864 - 1868 |
Joaquín Aguirre de la Peña | 1868 - 1869 |
Pedro Gómez de la Serna | 1869 - 1871 |
Cirilo Alvarez Martínez | 1872 - 1878 |
Fernando Calderón Collantes | 1879 - 1882 |
Eduardo Alonso Colmenares | 1882 - 1888 |
Eugenio Montero Ríos | |
Hilario Ygón y del Royst | 1889 - 1892 |
Emilio Bravo Moreno | 1892 - 1893 |
Juan Francisco Bustamante Martínez | 1894 - 1895 |
Santos de Isasa y Valseca | 1895 - 1901 |
Eduardo Martínez del Campo | 1901 - 1909 |
José de Aldecoa y Villasante | 1910 - 1917 |
José Ciudad y Aurioles | 1917 - 1923 |
Buenaventura Muñoz Rodríguez | 1923 - 1924 |
Andrés Tornos y Alonso | 1924 - 1926 |
Rafael Bermejo Ceballos-Escalera | |
Francisco García Goyena y Alzugaray | 1929 - 1930 |
Antonio Marín de la Bárcena | |
José María Ortega Morejón | 1930 - 1931 |
Diego Medina y García | 1931 - 1936 |
Mariano Gómez González | 1936 - 1939 |
Felipe Clemente de Diego | 1938 / 1939 - 1945 |
José Castán Tobeñas | 1945 - 1967 |
Francisco Ruiz-Jarabo y Baquero | 1968 - 1973 |
Valentín Silva Melero | 1973 - 1977 |
Angel Escudero del Corral | 1977 - 1980 |
Federico Sáinz de Robles Rodríguez. Presidente del Consejo General del Poder Judicial. | 1980 - 1985 |
Antonio Hernández Gil. Presidente del Consejo General del Poder Judicial. | 1985 - 1990 |
Pascual Sala Sánchez. Presidente del Consejo General del Poder Judicial. | 1990 - 1996 |
Javier Delgado Barrio. Presidente del Consejo General del Poder Judicial. | 1996 - 2001 |
Franciso José Hernando Santiago. Presidente del Consejo General del Poder Judicial. | 2001 - 2008 |
Carlos Dívar Blanco. Presidente del Consejo General del Poder Judicial. | 2008 - 2012 |
[ Tupu]]. Magistrada-Juez de menores dos Málaga y del Consejo General. | 2011- |
álvaro . Presidente del Consejo General del Poder Judicial. | 2012- |