Discusión:Caso de Lucía Pérez

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El artículo está totalmente manipulado para forzar la idea del asesinato. Incurre incluso en mentiras, como que Farías huyó de la guardia y de la policía, cuando consta en la causa y por varios testigos que no huyó de ninguna de las dos cosas. Que hayan tomado como emblema el caso equivocado no justifica en absoluto la condena -a perpetua - de un inocente. Peor, mucho peor, viniendo de aquellos que se consideran progresistas o de izquierda. Justicia no es fascismo. Justicia por Lucía es respetar la verdad y los hechos. — El comentario anterior sin firmar es obra de 2800:810:470:868F:B946:8808:80C1:A5A0 (disc.contribsbloq). 00:27 13 feb 2023‎

Estimado usuario/a 2800:810:470:868F:B946:8808:80C1:A5A0.
  1. No es cierto que el artículo diga que «Farías huyó de la guardia y de la policía». Dice lo contrario, tal como fue probado en la causa y no desconocido por la parte acusadora. Farías permaneció en el CAPS y colaboró con las autoridades sanitarias y policiales.
  2. Con respecto a la inocencia. En el primer juicio, Farías y Offidani, fueron encontrados culpables del delito de tenencias de drogas agravadas por estar destinadas a ser suministradas a menores, y condenados a ocho años de prisión. Ese veredicto se encuentra firme, por haberse agotado todos los recursos. Maciel por su parte, fue encontrado inocente. Ese veredicto también se encuentra firme, por fallecimiento de Maciel.
  3. Con respecto a la cadena perpetua. Es la pena que solicita toda la parte acusadora para Farías, y solo la querella para Offidani. Las defensas solicitan absolución. Le corresponde a los sucesivos tribunales que habrán de intervenir, eventualmente, en la resolución del caso (TOC2, Casación, Suprema Corte BA, y Corte Suprema de la Nación) resolver cuáles serán las penas, si es que son encontrados, ambos o alguno de ellos, culpables de los delitos que se les imputan actualmente.
-- Pepe Mexips 15:43 19 feb 2023 (UTC)[responder]

Cartel de no neutral[editar]

Hola Gejotape. Abro esta sección para discutir contigo el cartel de "no neutral", que colocaste recién, con el siguiente resumen de edición: "Agrego enlace al fallo completo. Muerte por intoxicación. Fueron condenados por eso. Persona con edad de consentimiento. No hubo abuso demostrado. El supuesto empalamiento fue mentira de la fiscal. In dubio pro reo".[1]

Honestamente no veo que el texto no sea neutral. Analizo cada uno de tus cuestionamientos:

  1. "Muerte por intoxicación". El artículo no niega ni afirma que la muerte haya sido por intoxicación. ¿Cuál sería la falta de neutralidad aquí?
  2. "Fueron condenados por eso". Si, fueron condenados por suministro de drogas. Es lo que dice el artículo. ¿Cuál sería la falta de neutralidad aquí?
  3. "Persona con edad de consentimiento". La edad de Lucía Perez era de 16 años; que es lo que dice el artículo. El consentimiento para personas de esa edad está contemplado en el artículo 120 CP. ¿Cuál sería la falta de neutralidad aquí?
  4. "No hubo abuso demostrado". No no hubo. El artículo dice exactamente eso. ¿Cuál sería la falta de neutralidad aquí?
  5. "El supuesto empalamiento fue mentira de la fiscal". El artículo dice exactamente eso. ¿Cuál sería la falta de neutralidad aquí?
  6. "In dubio pro reo". El artículo no afirma ni niega que se hubiera aplicado el principio de "in dubio pro reo". ¿Cuál sería la falta de neutralidad aquí?

No me parece entonces que ninguna de las razones que invocaste para poner el cartel de "No neutral" se apliquen al artículo, al menos en su estado actual. Pienso que habría que sacarlo, ¿No? Te mando un abrazo,-- Pepe Mexips 19:25 21 dic 2018 (UTC)[responder]


Hola Roblespepe,

Primero que nada te manifiesto mi respeto por todo tu trabajo en Wikipedia. Siempre me gustó leer tus artículos y aportes.

Segundo, en su versión actual, luego de las pequeñas modificaciones que hice, creo que no hay inconveniente en retirar el cartel.

Me parecía no neutral lo de "y la impunidad de los delitos sexuales" que daba por sentado que había habido esta clase de delitos en este caso, que se dijera que el tribual sostenía que la menor tenía experiencia sexual cuando es un hecho demostrado por charlas de whatsapp en primera persona y pericias físicas, no algo que simplemente sostenía el tribunal. Y lo de omitir las fabulaciones de la primera fiscal con respecto al falso empalamiento, que fueron el motivo por el que tomó tanta repercusión el caso y por el cual causó tanta indignación que se absolviera a los acusados de la imputación de abuso y femicidio.

Lo único que me hace ruido ahora es "cuando era sexualmente penetrada por dos hombres mayores de edad". Por favor, ¿podrías aclarar cuál es la fuente para decir que fue penetrada por dos hombres y no solamente por Farías?

Abrazo --Gejotape | Decime 19:50 21 dic 2018 (UTC)[responder]

Hola nuevamente Gejotape. Uyyyy sí, tenés razón, como es usual. Fue solo Frías. Ya lo corregí. Yo también quiero aclarar que el sentimiento es recíproco, tanto por la calidad de tu trabajo, como por lo buena gente que sos. Te mando un abrazo.-- Pepe Mexips 21:04 21 dic 2018 (UTC)[responder]

Buenas, me parece que tendria que tener el cartel de no neutral:

"El mismo fue resultado de la violación y femicidio [cita requerida] de la adolescente"

El fallo dicta que no hay evidencia para decir que hubo violacion o femicidio. Los argumentos estan en el fallo, e incluso en el articulo: "sentenció que no había elementos para sostener que no había existido consentimiento en los actos sexuales"

El "absolviendo a los acusados de los delitos de feminicidio y abuso sexual agravado con el argumento de que la adolescente no era virgen [cita requerida], tenía experiencia sexual previa y un carácter fuerte" es, como minimo, tendencioso, ya que el argumento fue que no habia pruebas de violación.

El argumento que no era virgen/tenia exp sexual previa/caracter fuerte es debido a que la querella/fiscal afirmaron que fue manipulada y que no poseia las herramientas suficientes para poder tomar esta clase de decisiones, cuando la defensa demuestra mediante mensajes de texto que estaba capacitada para tomarlas y que queria tener dichas relaciones, ademas de tener 16 años, edad en la que se presume legalmente que las personas pueden dar consentimiento para tener relaciones.

Obviamente al no haber estado alli no podemos saber si ocurrió o no ocurrió una violacion como en cualquier relacion sexual.

Junto a esto, y a que dicho fallo fue anulado, me parece que lo correcto sería modificar el articulo por:

"El mismo fue resultado de la *supuesta* violación y femicidio [cita requerida] de la adolescente Lucía Pérez Montero el 8 de octubre de 2016, en la ciudad de Mar del Plata (provincia de Buenos Aires)."

Aparte de ello, veo un par de errores más:

"El fallo utilizó como argumentos para descartar que haya existido aprovechamiento de la vulnerabilidad de la menor, su experiencia sexual, su supuesta condición de consumidora habitual de drogas y el hecho de que no fuera una joven sumisa"

Diria que se elimine "su supuesta condición de consumidora habitual de drogas" debido a que el fallo comunica:

"¿Existió una relación de subordinación entre Lucia y Farías que le hicieran mantener relaciones sexuales no consentidas?

En primer lugar porque ha quedado demostrado que Lucía no era una drogadependiente que echara mano a cualquier recurso para conseguir satisfacer sus deseos y que pagaba por las drogas que consumía"

El hecho de consumir habitualmente drogas no entra en los argumentos.

--181.167.65.77 (discusión) 00:59 27 ene 2023 (UTC)[responder]

Cambio de título: ¿«asesinato», cuando aún no ha sido declarado como tal?[editar]

En el día de la fecha, la colega Jalu (disc. · contr. · bloq.) cambió el título «Caso de Lucía Pérez» por «Asesinato de Lucía Pérez». En el nuevo juicio, iniciado cuatro días atrás, los autores están acusados de “abuso sexual con acceso carnal, agravado por el suministro de estupefacientes seguido de muerte en concurso ideal con femicidio",[2] pero aún no han sido condenados por «femicidio» (es decir «asesinato»). El problema es que el procedimiento penal está lejos de haber terminado: ahora, en unos días se dictará el fallo de primera instancia, luego (el año que viene) vendrá un nuevo fallo en Casación, y luego la apelación a la Suprema Corte. Es decir aún no se ha decidido si fue un asesinato y Wikipedia ya lo afirma en su título. El título original, «Causa...», que se mantuvo estable durante cuatro años, parece mucho más adecuado, neutro y ajustado a las prácticas de Wikipedia en casos similares, al menos hasta que la justicia declare que fue un homicidio, si es que así lo hace.

Personalmente pienso que fue un femicidio, al igual que Jalu. En mi opinión, la sobredosis de drogas que la mató a la niña, fue causada por las drogas suministradas por los hombres que la violaron. Pero esa es mi opinión, no la opinión de las sucesivas instancias judiciales que es la que valdrá en última instancia. Sabemos que no es correcto poner lo que pensamos los y las wikipedistas.

Propongo entonces volver al título estable («Causa...») y esperar la decisión judicial.-- Pepe Mexips 15:21 11 feb 2023 (UTC)[responder]

A favor A favor, ya revertí el traslado. Pero el título original no era causa sino caso. --Jalu (discusión) 10:34 12 feb 2023 (UTC)[responder]
Grx Jalu. Ah sí, «caso». :-).-- Pepe Mexips 12:58 12 feb 2023 (UTC)[responder]

Entradilla[editar]

Hola colegas. La entradilla de este artículo es demasiado larga. Tiene ocho párrafos, algunos de ellos muy largos, que suman en total unas 1100 palabras, cuando la Convención sobre Estructura de un artículo dice que «no debe tener más de cinco párrafos» y la Propuesta de estilo para la sección introductoria, indica que «hay cierto consenso en que la entradilla de un artículo de tamaño medio conste de al menos dos o tres párrafos (cuidando, eso sí, de que no conformen bloques de texto demasiado largos)».

Además el texto de la introducción se ha ido escribiendo a lo largo de los años, por la simple adición de nuevos párrafos, a medida que se iban produciendo nuevos hechos: investigación, primeras marchas, sentencia de primera instancia, marchas de repudio, sentencia de casación, sentencia de la Suprema Corte, segundo juicio... Y luego seguirán la sentencia del segundo juicio, la nueva casación, la Suprema Corte y las nuevas eventuales marchas. Y todo eso por simple adición, sin síntesis.

Algunas de las informaciones de la entradilla son esenciales, pero otras son absolutamente prescindibles, han quedado viejas o son repeticiones.

Propongo entonces un texto para una nueva entradilla que cumpla con los parámetros de Wikipedia:

El asesinato de Lucía Pérez es un caso judicial argentino de alto impacto social y mediático. El 9 de octubre de 2016 el cuerpo sin vida de la adolescente Lucía Pérez Montero fue llevado por tres hombres a una sala de primeros auxilios en la Playa Serena de Mar del Plata. La primera autopsia reveló lesiones internas provocadas por penetración anal, lesiones vaginales y presencia de cocaína y marihuana. Desde un inicio el movimiento feminista contra la violencia de género Ni una menos tomó el caso de Lucía Pérez como una bandera.

Tres hombres, Matías Gabriel Farías (n. 17 de septiembre de 1993), Juan Pablo Offidani (n. 18 de marzo de 1975) y Alejandro Alberto Maciel (n. 22 de noviembre de 1957), fueron enjuiciados en 2018, acusados de drogar, violar y matar a la niña, pero el tribunal consideró que se trató de relaciones sexuales consentidas por la menor, debido a lo cual absolvió a los tres acusados por el delito de violación seguida de muerte y condenó a los dos primeros a ocho años de prisión por tenencia de drogas con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores en inmediaciones de una escuela. En repudio al fallo se realizó un paro nacional de mujeres con la consigna «Todas somos Lucía» y miles de mujeres salieron a las calles a reclamar justicia.[1][2][3]

En 2020 el Tribunal de Casación declaró nulo el juicio sosteniendo que los jueces habían usado «intolerables prejuicios y suposiciones basados en estereotipos de género» y ordenó un nuevo juicio.[4][5][6]​ El 7 de febrero de 2023 se inició el segundo juicio.
  • Referencias:
  1. «Todas somos Lucía: miles de mujeres marcharon pidiendo justicia». Perfil. 5 de diciembre de 2018. Consultado el 11 de febrero de 2023. 
  2. «Miles de mujeres marcharon en repudio al fallo por el femicidio de Lucía Pérez». www.ambito.com. Consultado el 11 de febrero de 2023. 
  3. «Lucía Pérez: el femicidio en clave judicial». LatFem. 17 de noviembre de 2018. Consultado el 11 de febrero de 2023. 
  4. «Lucía Pérez: por qué se realiza un segundo juicio». Noticias de Mar del Plata. 7 de febrero de 2023. Consultado el 11 de febrero de 2023. 
  5. «Revocaron las absoluciones de los acusados por el asesinato de Lucía Pérez». LA NACION. 12 de agosto de 2020. Consultado el 11 de febrero de 2023. 
  6. «Nuevo juicio por el caso de Lucía Pérez. Cuándo comienza y desde dónde lo seguirán los acusados». ahoramardelplata.com.ar. Consultado el 11 de febrero de 2023. 

Envío saludos.-- Pepe Mexips 19:52 12 feb 2023 (UTC)[responder]

Bueno, viendo la ausencia de oposición, llamo también a quienes han estado entre los principales autores. Jaluj (disc. · contr. · bloq.), GoldSilver738 (disc. · contr. · bloq.), Gejotape (disc. · contr. · bloq.).-- Pepe Mexips 13:48 13 feb 2023 (UTC)[responder]

En contra En contra, estás eliminando mucha info relevante. Hay muchos artículos cuya intro es más larga que esta. Podría estar de acuerdo en resumir algo pero no quitar tanto como hacés en esta propuesta. Si proponés otra que no elimine tanto, la miro.--Jalu (discusión) 22:48 13 feb 2023 (UTC) Estoy de acuerdo con todo lo que quieras agregar pero no con que borres el trabajo de los demás.--Jalu (discusión) 22:50 13 feb 2023 (UTC)[responder]

Hola Jalu (disc. · contr. · bloq.). Como dije: la extensión de la actual entradilla viola la Convención sobre Estructura de un artículo. Es casi el doble de lo permitido. Aportá por favor que información considerás que debe estar en la entradilla sin violar la Convención. Yo no tengo ningún inconveniente en redactar un texto que la incluya. Así cumplimos con las reglas y hacemos una entradilla mejor. Saludos.-- Pepe Mexips 23:28 13 feb 2023 (UTC)[responder]

En contra En contra la información escrita por la autora Jaluj sobre este caso es importante, no estoy de acuerdo con que se borren, en todo caso se podría resumir pero sin dejar afuera lo relevante de este hecho.--Alle M.Y (discusión) 14:13 16 feb 2023 (UTC)[responder]

Ok. Que la entradilla quede entonces como está. La entradilla es mala, pero yo ya completé en el texto toda la información que faltaba.-- Pepe Mexips 14:24 16 feb 2023 (UTC)[responder]
Gracias.--Jalu (discusión) 20:51 18 feb 2023 (UTC)[responder]