Organización de Aviación Civil Internacional

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Organización de Aviación Civil Internacional

Bandera de la OACI.
Acrónimo OACI
Tipo agencia de la ONU y editorial
Forma legal Activo
Objetivos Apoyo para la navegación aérea en la aviación civil internacional
Fundación 7 de diciembre de 1944
Sede central 999 University Street, Montreal, Quebec, HRC 5H7, Canadá [1]
Área de operación 154 estados miembros [2]
Secretario general Juan Carlos Salazar Gómez
Presidente Roberto Kobeh González
Secretario General Bandera de Francia Raymond Benjamin
Empresa matriz Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas
Sitio web www.icao.int/Pages/default.aspx


La Organización de Aviación Civil Internacional o OACI, también se conoce como Organización Internacional de Aeronáutica Civil, (por sus siglas en inglés International Civil Aviation Organization o ICAO) es una agencia de la Organización de las Naciones Unidas creada en 1944 por el Convenio sobre Aviación Civil Internacional para estudiar los problemas de la aviación civil internacional y promover los reglamentos y normas únicos en la aeronáutica mundial. La dirige un consejo permanente con sede en Montreal (Canadá).

El convenio previo al establecimiento de una organización de aviación civil internacional fue elaborado por la conferencia de Aviación Civil Internacional celebrada en Chicago del 1 de noviembre al 7 de diciembre de 1944, que entró en vigor el 4 de abril de 1947. Una Organización Provisional de Aviación Civil Internacional estuvo funcionando desde el 6 de junio de 1945 hasta que se estableció oficialmente la OACI.

Objetivos

  1. Fomentar las artes para diseñar rutas aéreas, aeropuertos y apoyo para la navegación aérea en la aviación civil internacional.
  2. Satisfacer las necesidades de los pueblos del mundo en lo tocante a transportes aéreos seguros, regulares, eficientes y económicos.
  3. Evitar el despilfarro de recursos económicos.
  4. Garantizar la seguridad internacional.
  5. Evitar la parcialidad entre Estados contratantes.
  6. Fomentar la seguridad de los vuelos en la navegación aérea internacional.
  7. Fomentar el desarrollo.

Funcionamiento

El órgano supremo de OACI es la Asamblea, y el órgano ejecutivo el Consejo (formado por treinta y seis estados); ambos tienen su sede mundial en Montreal (Canadá) y a nivel europeo en París. En la Asamblea están representados todos los Estados contratantes de la OACI. En sus reuniones se examina la labor realizada por la Organización en el ámbito técnico, jurídico, económico y de asistencia técnica, y se fijan las directrices de los trabajos futuros de los demás órganos de la OACI. Esta asamblea se celebrará al menos una vez cada tres años. El Presidente es elegido por el Consejo pero no tiene que ser miembro de ese órgano. En estos momentos este presidente es Luis Alberto Escapa García.

Comisiones

Las funciones técnicas del Consejo se llevan a cabo a través de una serie de comisiones:

  • Comisión de aeronavegación.
  • Comité de transporte aéreo.
  • Comité de ayudas colectivas.
  • Comité de finanzas.
  • Comité de personal.
  • Comité sobre interferencia ilícita en la aviación civil y sus instalaciones y servicios.
  • Comité de cooperación técnica.
  • Comité jurídico.

Publicaciones

Durante la Conferencia de Chicago se redactaron unos anexos técnicos al convenio. Unos tienen carácter de norma y son los mínimos de obligado cumplimiento para todos los estados firmantes del Convenio de Chicago. Otros se articulan como recomendaciones aceptables en mayor o menor medida por los países. Los anexos de la OACI recogen prácticamente todos los aspectos del transporte aéreo y tratan sobre cuestiones técnicas fundamentales para su normalización y regulación

  • Anexo 1 Licencias al personal: define la expedición de las licencias de personal de vuelo, control aéreo y mantenimiento de aeronaves.
  • Anexo 2 Reglamento del aire: se fijan las reglas de vuelo visuales o instrumentales de las aeronaves.
  • Anexo 3 Servicio meteorológico para la navegación aérea internacional
  • Anexo 4 Cartas aeronáuticas: regulan las especificaciones de las cartas que se usan para la aviación internacional
  • Anexo 5 Unidades de medida que se emplearán en las operaciones aéreas y terrestres
  • Anexo 6 Operación de aeronaves
  • Anexo 7 Marcas de nacionalidad y de matrícula de las aeronaves
  • Anexo 8 Aeronavegabilidad
  • Anexo 9 Facilitación
  • Anexo 10 Telecomunicaciones aeronáuticas
  • Anexo 11 Servicios de tránsito aéreo
  • Anexo 12 Búsqueda y salvamento
  • Anexo 13 Investigación de accidentes e incidentes de aviación
  • Anexo 14 Aeródromos
  • Anexo 15 Servicios de información aeronáutica
  • Anexo 16 Protección del medio ambiente
  • Anexo 17 Seguridad: Protección de la aviación civil internacional contra los actos de interferencia ilícita
  • Anexo 18 Transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por vía aérea[3]
  • Anexo 19 Gestión de la seguridad operacional[4]

Distribución regional

Sede de la OACI

La función principal de las diferentes Oficinas Regionales de la OACI es redactar y mantener los Planes Regionales de Navegación Aérea actualizados.

Organización y localización de las diferentes sedes:

Código OACI

La OACI asigna un código alfanumérico a los aeropuertos para utilizarlo en las comunicaciones de control de tráfico aéreo y de planificación de rutas internacionales.

Sistemas CNS/ATM

CNS/ATM (Communication Navigation Surveillance / Air Traffic Management, Comunicación, Navegación, Vigilancia / Gestión del Tráfico Aéreo) son unos sistemas de comunicación, navegación y vigilancia que emplean tecnologías digitales, incluyendo sistemas de satélites junto con diversos niveles de automatización, aplicados como apoyo de un sistema imperceptible de gestión del tráfico aéreo global.[5]​ Nació como una solución para ser adoptada en todos los países y líneas aéreas del mundo, que tendrían los mismos sistemas de navegación y comunicación por satélite (Comunicación, navegación, vigilancia y gestión del tráfico aéreo). El sistema fue concebido por la Organización Internacional de Aeronáutica Civil (OACI), quien en 1983 creó el Comité FANS (Comité de sistemas de aeronavegación para el futuro) que estudió las condiciones de aviónica y administración del tráfico aéreo necesarias para operar en la nueva demanda.[6]

Véase también

Enlaces externos

Referencias

  1. [1], Centro de Información de la ONU.
  2. [2], Council States 2014-2016.
  3. Anexos 1 a 18. Convenio sobre Aviación Civil Internacional.
  4. COMUNICADO DE PRENSA DE LA OACI
  5. http://www.icao.int/icao/en/ro/rio/execsum.pdf
  6. http://html.rincondelvago.com/navegacion-por-satelite.html