Diferencia entre revisiones de «Sindicatos de México»
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Revisión del 07:16 10 mar 2019
Los sindicatos en México están reconocidos por la Constitución Política de México desde 1917, según el artículo 123 que dice los obreros [...] tendrán derecho para coaligarse en defensa de sus intereses, formando sindicatos.[1] Todos los sindicatos deben de registrarse ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social o en una junta local de conciliación y arbitraje para obtener reconocimiento oficial.[2] El primer sindicato formado en México fue el Gran Círculo de Obreros de México, creado en 1872.[3]
Varios sindicatos han decidido agruparse en centrales sindicales a nivel nacional, tales como las siguientes:
- Confederación de Trabajadores de México (CTM)
- Confederación Regional Obrera Mexicana (CROM)
- Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC)
- Unión Nacional de Trabajadores (UNT)
- Frente Auténtico del Trabajo (FAT)
- Nueva Central de Trabajadores (NCT)
Referencias
- ↑ «Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos».
- ↑ «GUÍA BÁSICA PARA FORMACIÓN DE SINDICATOS DE TRABAJADORES». www.unt.org.mx. Consultado el 26 de enero de 2019.
- ↑ Trueba Urbina, Alberto. Nuevo derecho del trabajo (3a edición). México: Porrúa. p. 351.