Ir al contenido

Diferencia entre revisiones de «Generalidad de Cataluña»

De Wikipedia, la enciclopedia libre
Contenido eliminado Contenido añadido
Sin resumen de edición
m Revertidos los cambios de 79.158.227.23 a la última edición de MARC912374
Línea 1: Línea 1:
[[Archivo:Senyal_de_la_Generalitat_de_Catalunya.svg|thumb|[[Emblema de la Generalidad de Cataluña]].]]
[[Archivo:Senyal_de_la_Generalitat_de_Catalunya.svg|thumb|[[Emblema de la Generalidad de Cataluña]].]]
La '''Generalidad de Cataluña es el sistema institucional en que se organiza políticamente el [[autogobierno]] de [[Cataluña]] ([[España]]). Está formada por el [[Parlamento de Cataluña|Parlamento]], el Consejo Ejecutivo o [[Gobierno de Cataluña|Gobierno]], por la [[Presidente de la Generalidad de Cataluña|Presidencia de la Generalidad]], y por las otras instituciones que el [[Estatuto de Autonomía de Cataluña de 2006|Estatuto]] y las leyes establecen.
La '''Generalidad de Cataluña''' (en [[Idioma catalán|catalán]] y oficialmente: ''Generalitat de Catalunya''<ref name="generalitat">[http://www.gencat.cat/generalitat/cas/estatut/titol_preliminar.htm#a2 Estatuto de Autonomía de Cataluña; Título Preliminar, Artículo 2] en [http://www.gencat.cat/ gencat.cat]</ref>) es el sistema institucional en que se organiza políticamente el [[autogobierno]] de [[Cataluña]] ([[España]]). Está formada por el [[Parlamento de Cataluña|Parlamento]], el Consejo Ejecutivo o [[Gobierno de Cataluña|Gobierno]], por la [[Presidente de la Generalidad de Cataluña|Presidencia de la Generalidad]], y por las otras instituciones que el [[Estatuto de Autonomía de Cataluña de 2006|Estatuto]] y las leyes establecen.


== Historia ==
== Historia ==

Revisión del 21:22 28 dic 2009

Emblema de la Generalidad de Cataluña.

La Generalidad de Cataluña (en catalán y oficialmente: Generalitat de Catalunya[1]​) es el sistema institucional en que se organiza políticamente el autogobierno de Cataluña (España). Está formada por el Parlamento, el Consejo Ejecutivo o Gobierno, por la Presidencia de la Generalidad, y por las otras instituciones que el Estatuto y las leyes establecen.

Historia

La Diputación del General

La Generalidad de Cataluña debe su origen a las Cortes Catalanas, que, durante el reinado de Jaime I el Conquistador, se reunían convocadas por el rey de Aragón como representantes de los estamentos sociales de la época: eclesiásticos, nobleza militar y el real o "de villas".

Palacio de la Generalidad de Cataluña.

Bajo el reinado de Pedro el Grande, las Cortes Catalanas tomaron forma institucional. El rey se obligaba a celebrar Corte General anualmente. Las Cortes ejercían funciones de consejo y también legislativas por medio de los denominados "tres brazos": el eclesiástico, el militar y el popular o cámara real.

El primer paso hacia la institución de la Generalidad se produjo en las Cortes celebradas en 1289 en Monzón, al designarse una Diputación del General, comisión temporal para recaudar el "servicio" o tributo que se concedía al rey. Este impuesto era conocido popularmente como generalidad, nombre que se exportó a Francia donde se crearon las generalités o distritos fiscales. Con el paso del tiempo, el nombre oficioso de Generalidad terminó suplantando el nombre oficial de Diputación del General.

En las Cortes de 1358-1359 celebradas en Barcelona, Villafranca del Panadés y Cervera, las Cortes designaron a doce diputados con atribuciones ejecutivas en materia fiscal, así como unos "oyentes de cuentas" que controlaban la administración bajo la autoridad del que está considerado como primer presidente de la Generalidad, Berenguer de Cruïlles.

En el interregno producido por la muerte de Martín el Humano, la Generalidad asumió responsabilidades políticas. El sistema de elección de los diputados fue objeto de constante discusión. En las Cortes del 1455, y para evitar el nepotismo oligárquico, se introdujo el sistema de insaculación: los diputados salientes elegían a doce candidatos entre los que se elegía uno al azar.

Aunque en la Guerra de Sucesión la Generalidad ocupó un lugar secundario, fue liquidada mediante el Decreto de Nueva Planta de 1716.

El período republicano

El 2 de agosto de 1931 se restaura la Generalidad de Cataluña. Tras la fallida proclamación del Estado Catalán en octubre de 1934, la Generalidad es suspendida, no siendo restaurada hasta el triunfo del Frente Popular, en febrero de 1936. En 1939 con el triunfo del general Franco, es disuelta. Aunque se reconstituye en el exilio (1940-1977). Con la vuelta a la democracia es restaurada el 29 de septiembre de 1977.

Instituciones

El Parlamento

El Parlamento de Cataluña representa al pueblo de Cataluña. Ejerce la potestad legislativa, aprueba los presupuestos de la Generalidad y controla e impulsa la acción política y de Gobierno. Ejerce asimismo las otras competencias que le son atribuidas por el ordenamiento jurídico y en especial por el Estatuto de Autonomía de Cataluña.

El Presidente de la Generalidad

El Presidente de la Generalidad de Cataluña ostenta la más alta representación de la Generalidad y la ordinaria del Estado en Cataluña. Dirige y coordina la acción del Consejo Ejecutivo o Gobierno. Tiene sede en el Palacio de la Generalidad de Cataluña, en la ciudad de Barcelona.

El Gobierno

El Consejo Ejecutivo o Gobierno de Cataluña es el órgano superior colegiado que dirige la política y la Administración de la Generalidad de Cataluña. Es asimismo el titular de la función ejecutiva y de la potestad reglamentaria.

El Consejo Consultivo

El Consejo Consultivo de la Generalidad de Cataluña es un organismo de carácter consultivo que dictamina, en los casos que la ley establece, sobre la adecuación al Estatuto de autonomía de los proyectos o proposiciones de ley sometidos a debate y aprobación del Parlamento de Cataluña. Vela además, en su actuación, por la observación y el cumplimiento de la Constitución y del Estatuto de Cataluña.

El Síndico de Agravios

El Síndico de Agravios tiene la función de proteger y defender los derechos y las libertades reconocidas por la Constitución y el Estatuto. A tal fin supervisa la actividad de la Administración de la Generalidad, la de los organismos públicos o privados vinculados que dependen de la misma, la de las empresas privadas que gestionan servicios públicos o realizan actividades de interés general o universal o actividades equivalentes de forma concertada o indirecta y la de las personas con un vínculo contractual con las administraciones públicas. Asimismo, supervisa la actividad de la Administración local de Cataluña y la de los organismos públicos o privados vinculados que dependen de la misma. También puede extender su control a la Administración del Estado en Cataluña, en los términos que establezcan los acuerdos de cooperación con el Defensor del Pueblo.

La Sindicatura de Cuentas

La Sindicatura de Cuentas es el órgano fiscalizador externo de las cuentas, de la gestión económica y del control de eficiencia de la Generalidad, de los entes locales y del resto del sector público de Cataluña. Depende orgánicamente del Parlamento, ejerce sus funciones por delegación del mismo y con plena autonomía organizativa, funcional y presupuestaria, de acuerdo con las leyes.

El Consejo Audiovisual de Cataluña

El Consejo Audiovisual de Cataluña es la autoridad reguladora independiente en el ámbito de la comunicación audiovisual pública y privada. El Consejo actúa con independencia del Gobierno en el ejercicio de sus funciones. Los criterios de elección de sus miembros y sus ámbitos específicos de actuación son delimitados por una ley del Parlamento.

Delegaciones en el exterior

La Generalidad además de contar con una representación en Madrid y Bruselas dispone al amparo de los artículos 193 y 194 del Estatuto de Autonomía de diversas delegaciones en el extranjero con el fin de promover los intereses propios de Cataluña:

Véase también

Referencias

  1. Estatuto de Autonomía de Cataluña; Título Preliminar, Artículo 2 en gencat.cat
  2. Acuerdo del Gobierno de la Generalidad de Cataluña del 09/06/2009.

Enlaces externos