Diferencia entre revisiones de «Enrique Cerezo»
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El 26 de febrero de 2008 mientras celebraba su cumpleaños en un conocido restaurante de la capital madrileña fue fotografiado con la camiseta del Real Madrid{{sinreferencias}}, obsequio de su amigo y presidente de dicho club [[Ramón Calderón]]. Hecho, que sumado a la nefasta trayectoria deportiva del equipo (eliminados de Copa y UEFA) llevó a centenares de aficionados rojiblancos a manifestarse en contra de Enrique Cerezo y Miguel Ángel Gil Marín en los prolegómenos del encuentro entre Atlético de Madrid y FC Barcelona (4-2). Durante ese encuentro, Cerezo, según captaron las imágenes de televisión, respondió a los abucheos con graves insultos a los aficionados{{sinreferencias}}. Circunstancia que se repitió un año atrás, cuando tras la derrota del mes de mayo de 2007 frente al Barcelona por 0-6, respondió a los indignados aficionados con idénticas ofensas{{sinreferencias}}. |
El 26 de febrero de 2008 mientras celebraba su cumpleaños en un conocido restaurante de la capital madrileña fue fotografiado con la camiseta del Real Madrid{{sinreferencias}}, obsequio de su amigo y presidente de dicho club [[Ramón Calderón]]. Hecho, que sumado a la nefasta trayectoria deportiva del equipo (eliminados de Copa y UEFA) llevó a centenares de aficionados rojiblancos a manifestarse en contra de Enrique Cerezo y Miguel Ángel Gil Marín en los prolegómenos del encuentro entre Atlético de Madrid y FC Barcelona (4-2). Durante ese encuentro, Cerezo, según captaron las imágenes de televisión, respondió a los abucheos con graves insultos a los aficionados{{sinreferencias}}. Circunstancia que se repitió un año atrás, cuando tras la derrota del mes de mayo de 2007 frente al Barcelona por 0-6, respondió a los indignados aficionados con idénticas ofensas{{sinreferencias}}. |
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delito de apropiación indebida, |
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falsedad y estafa, contra Gregorio Jesús Gil y Gil, Enrique Cerezo Torres, |
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Miguel Angel Gil Marín, y como responsables civiles subsidiarios: Promotora |
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Inmobiliaria Alhambra S.A., Promotora Inmobiliaria Guadiana S.A., |
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Promotora Inmobiliaria El Generalife S.A., Myramco S.A., Promociones |
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Futbolísticas S.A., Club Atlético de Madrid S.A.D., Rancho Valdeolivas S.A., |
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Centro de Formación Nayade S.A., María de los Angeles Marín Cobo y María |
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Jesús de Frutos Arribas''', y una vez concluso lo remitió a la Sección Primera de la |
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Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que con fecha 14 de Febrero de 2003 |
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'''dictó sentencia que contiene los siguientes HECHOS PROBADOS''': |
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"El 1 de Julio de 1987, el acusado Gregorio '''Jesús Gil y Gil''' (en |
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adelante Jesús Gil), mayor de edad, sin antecedentes penales computables, '''accedió |
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a la presidencia del Atlético de Madrid Club de Fútbol (en adelante Club), y ocupó |
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en esa misma fecha la vicepresidencia del Atlético de Madrid el también acusado |
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Enrique Cerezo Torres, mayor de edad y sin antecedentes penales. Al acceder a la |
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presidencia, Jesús Gil estaba decidido a hacer suyo el Club, que entonces era una |
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Entidad Deportiva,''' configurada legalmente como una asociación privada sin |
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ánimo de lucro, que no podía repartir beneficios, y cuyo patrimonio en caso de |
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disolución revertería en la Comunidad Autónoma de Madrid. '''Para ello, se dispuso |
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a confundir el patrimonio del club con el suyo, bien personal bien de sus empresas |
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o de otras con ellos vinculadas, y no dudo en aportar su patrimonio para la |
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adquisición de fichas federativas de jugadores, entre las que se incluyó la relativa |
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al jugador Futre, cuyo fichaje esgrimió en la campaña electoral antes de ser |
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elegido Presidente,''' o para otros gastos del Club.- '''Ante la situación deficitaria del |
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Club, que arrojaba, en julio de 1.987, un patrimonio neto negativo de |
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1.883.586.643 pts, y a requerimiento del Consejo Superior de Deportes (en |
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adelante C.S.D.), Jesús Gil se vinculó a sucesivos planes de saneamiento.'''- El |
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ratificado por Jesús Gil el 16 de julio de 1.987 contenía las siguientes condiciones: |
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"1ª La contratación de jugadores profesionales por el valor de su traspaso, no |
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comprometerá el patrimonio del Club Atlético de Madrid.- ...la adquisición de las |
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fichas federativas han sido realizadas con dinero privado del presidente, tal |
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adquisición se documentará mediante una operación de préstamo sin intereses, |
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únicamente exigible de reintegro de la siguiente manera: a. Con cargo a los |
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resultados positivos de la cuenta de explotación.- b. Con cargo al precio de |
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traspaso a otras entidades deportivas de las fichas federativas de los jugadores |
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profesionales así adquiridas, en el supuesto que haya superavit presupuestario. |
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Producido el traspaso de las fichas federativas de uno de estos jugadores a otra |
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entidad, del precio de su traspaso se cubrirá el déficit presupuestario que existiere, |
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y el exceso, si existe, y hasta el valor de su adquisición, será utilizado para |
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reintegrar éste.- Si en el ejercicio en que se produzca este traspaso existiere |
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superávit, el préstamo sería reintegrado por el coste de adquisición de la ficha |
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federativa, siendo el excedente que pudiera producirse del "Club Atlético de |
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Madrid", que obtendría así un beneficio sin haber realizado ninguna inversión.- El |
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préstamo será contabilizado como pasivo no exigible y compensado con el activo |
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como inmovilizado inmaterial por el costo de adquisición de las fichas federativas |
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de que se trate.- 2ª...la Junta Directiva del "Club Atlético de Madrid" y D. Jesús |
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Gil, como presidente de ella, expresamente otorgaran escritura pública |
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responsabilizándose ante el Consejo Superior de Deportes del déficit |
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presupuestario que pudiera producirse por su gestión, dejando además afecto a tal |
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resultado negativo el valor de cesión a terceros de las fichas federativas de los |
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jugadores profesionales, adquiridos para el club Atlético de Madrid con el |
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patrimonio privado de G. Jesús Gil y Gil".- Un segundo plan fue suscrito por Jesús |
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Gil en agosto de 1990, renovando el "compromiso" de 1987; y el día 30 de ese mes |
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otorgó la correspondiente escritura pública.- En el apartado décimo de esa |
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escritura se decía: "Para el supuesto de que el incremento de patrimonio neto |
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negativo determinado por el laudo arbitral aprobado por la Asamblea o por la |
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Junta General fuese superior al crédito a favor de DON JESUS GIL Y GIL, |
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mencionado en el Apartado SÉPTIMO, el exceso será satisfecha por DON JESÚS |
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GIL Y GIL, determinándose en el propio laudo las partidas del pasivo que han de |
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ser atendidias con cargo a aquel exceso, fijándose así las fechas y títulos de |
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vencimiento y exigibilidad de la deuda".- La escritura pública fue otorgada por |
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Jesús Gil el 30 de Agosto de 1990.- '''En el marco de la confusión patrimonial Jesús |
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Gil hizo que el club utilizara como propia la cuenta bancaria nº 18.600-271 de |
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Banesto, siendo registrada en su contabilidad durante las temporadas 1989/90, |
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1990/91, 1991/92 y 1992/1993 como la cuenta nº 57.236 "Bancos e Instituciones de |
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crédito Banesto c/c 18.600-271", si bien la titularidad de la cuenta bancaria |
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correspondía a Jesús Gil. Y, con cargo y abono a dicha cuenta, se realizaban dos |
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tipos de operaciones:''' -'''Operaciones financieras realizadas por G. Jesús Gil y Gil y |
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su grupo de empresas, por las que estas empresas o el presidente financiaban al |
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Club cuando necesitaban fondos o viceversa'''.- '''Operaciones derivadas de la |
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actividad propia del Club: ingresos de taquillas, publicidad o televisión; pago de |
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nóminas, adquisición o venta de derechos federativos de inscripción, pago a |
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proveedores, etc...'''- '''Durante el periodo que abarca de 1989 a 1993 el movimiento |
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de la cuenta 18.600-271 de Banesto descendió paulatinamente a medida en que los |
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cobros y pagos propios de la actividad deportiva del Atlético de Madrid se hacían |
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con abono y cargo en las cuentas bancarias de "Promociones Futbolísticas S.A.'''", |
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p'''erteneciente a Jesús Gil y que tenía cuentas en Banesto (Cta. nº 18261-271), |
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Central Hispano (Cta nº 11225375), y Banco Santander (Cta nº 10.759). Ahora |
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bien no todos los cargos y abonos de las cuentas bancarias de Promociones |
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Futbolísticas, S.A. se derivaban de operaciones financieras del Atlético de Madrid, |
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pues se incluían otros muchos apuntes cuya verdadera naturaleza se desconoce.-''' |
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'''De esa manera el Club utilizaba como propia una cuenta bancaria de la que era |
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titular Jesús Gil''', a través '''de la cual se realizaban los cobros y pagos propios de la |
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actividad del Club.''' '''Cuando la tesorería no podía financiar su actividad, en lugar |
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de pedir préstamos bancarios, Jesús Gil trasladaba fondos de otras cuentas suyas |
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o de empresas que controlaba o de origen desconocido a la cuenta bancaria nº |
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18600-271 de Banesto para evitar un saldo negativo o no financiable por la |
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entidad bancaria. Las cantidades aportadas por Jesús Gil se trasladaban a una |
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cuenta acreedora que recogía las obligaciones del Club''' frente a su presidente. |
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'''Cuando la actividad del Club generaba fondos suficientes se trasladaba el exceso |
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de tesorería a otras cuentas bancarias de su presidente o de empresas por él |
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controladas, contabilizándose dichas cantidades en una cuenta deudora que |
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recogía las obligaciones de Jesús Gil frente al Club.- Con el designio ya expuesto |
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de hacerse con la totalidad del Club''', '''Jesús Gil, en colaboración con Enrique |
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Cerezo Torres''', '''hizo que el Atlético de Madrid le fuera reconociendo deudas no |
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reflejadas en la contabilidad del Club''', '''otorgándose escrituras notariales.- En la |
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escritura pública de fecha 31 de Enero de 1989 Enrique Cerezo Torres, en nombre |
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del Club, reconoce a Jesús Gil una deuda de 971.475.700.- ptas,''' '''y se estaba Gil un |
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derecho de prenda sobre el contenido patrimonial transmisible a terceros de los |
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derechos de cesión temporal y transferencia definitiva a otro club de 6 jugadores |
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de la primera plantilla profesional.- |
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''' '''En la escritura de 30 de Julio de 1990 Enrique |
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Cerezo Torres, de nuevo en nombre del Club, reconoce a Jesús Gil una deuda por |
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importe de 1.015.000.000.- ptas |
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''' '''correspondientes la adquisición de los derechos |
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federativos de otros siete jugadores, y se establece a favor de Jesús Gil otro |
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derecho de prenda de contenido similar al establecido en la anterior''' escritura de |
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Enero de 1989.- '''En cualquier caso esos reconocimientos, según los estatutos del |
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Club, debían haber sido efectuados en Asamblea General y no en Junta Directiva,''' |
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como meramente se llevó a cabo. |
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'''Y, aunque Jesús Gil presentó anotaciones de los |
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pagos realizados, no constaba la procedencia de los fondos con que se abonaban.-''' |
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El mandato de '''la presidencia de Jesús Gil debía expirar en junio de 1991''', p'''ero no |
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se produce el cese, ni la convocatoria de nuevas elecciones, ante la proximidad de |
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la transformación de los clubes de fútbol en sociedades anónimas deportivas,''' |
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prevista en la Ley 10/1990.- |
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'''En la Asamblea General Extraordinaria de 24 de |
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Septiembre de 1991, bajo la presidencia de Jesús Gil y con la asistencia de |
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Ernique Cerezo Torres, como Vicepresidente 2º para Asuntos Sociales, se aprobó |
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la transformación de la Entidad Deportiva Cluib Atlético de Madrid en Sociedad |
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Anónima Deportiva, y se propuso ampliar el capital social en la cantidad que |
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resultara de las escrituras de prenda para posteriormente canjear la deuda por |
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acciones''' |
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.- Pese a ello, lo cierto era que en el proceso de transformación la |
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determinación del capital social, que comprendía al C.S.D., se hacía en proporción |
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con la deuda existente más el resultado del balance de los últimos años, debiendo |
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el capital social ser desembolsado en efectivo, sin admitir la compensación de |
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deuda por acciones.- Javier Gómez Navarro, Secretario de Estado y Presidente del |
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C.S.D., actuando como presidente de la Comisión Mixta de Transformación de |
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clubes en sociedades anónimas deportivas, el 2 de diciembre de 1991 dirigió un |
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escrito a Jesús Gil, en el que le manifestaba que, a raíz del otorgamiento de las |
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escrituras de reconocimiento de deuda y constitución de prenda de 31 de Enero de |
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1989 y 30 de Julio de 1990, interesaba a aquella Comisión conocer la deuda del |
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Club Atlético de Madrid con Jesús Gil a 30 de Junio de 1991, con expresión de si |
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era exigible o no, y que ello era necesario para fijar el capital social.- El 20 de |
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Diciembre de 1991 Javier Gómez Navarro le dirigió '''un nuevo escrito, en orden a |
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fijar el capital social, en el que se le dice a Jesús Gil que si la deuda a la que se |
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refieren ambas escrituras, "no existe", y, en consecuencia, no es exigible, el capital |
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social sería de 2.172.371.000.- ptas., si por el contrario la deuda existe el capital |
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social mínimo se vería incrementado con su importe y llegaría a los cuatro mil |
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millones de pesetas''' aproximadamente.- |
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'''Al comprobar Jesús Gil que la solución |
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buscada para hacerse con la propiedad de la nueva sociedad, mediante la |
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compensación de deuda por acciones, no era factible, decidió buscar una nueva |
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fórmula para lograr sus fines''', |
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Revisión del 16:27 21 abr 2009
Enrique Cerezo es un productor cinematográfico español y presidente del Atlético de Madrid, club de fútbol de la Liga española, desde 2002.
Carrera cinematográfica
Enrique Cerezo se inicia en el cine en 1971 como ayudante de cámara en la película Vente a Alemania, Pepe. Tres años después dirige su única película La sonrisa del sol: Almería.
Como productor de cine es el dueño de Enrique Cerezo - Producciones Cinematográficas y aunque anteriormente ya había producido un par de películas, empieza a desarrollar su carrera como productor en los años 90. Entre las películas más famosas producidas por Enrique Cerezo destacan El perro del hortelano, La buena estrella, Pídele cuentas al rey, Yoyes, Juana la loca o La vida de nadie.
Es el presidente de la EGEDA.
Presidencia del Atlético de Madrid
Tras el ascenso del club a la Primera División en 2002, Jesús Gil deja la presidencia del club debido a una sentencia judicial que ordenaba su inhabilitación como presidente del club, aunque su familia sigue controlándola y deciden designar como presidente a Enrique Cerezo, que lleva colaborando en el club durante muchos años.
Tras varios años mediocres con discreos resultados en competiciones nacionales, en el año 2006 el club contrata al Kun Agüero. Ese año el equipo sufrió varias lesiones y lo corta de la plantilla hace que el club tan solo pueda lograr la séptima posicion, que le da la oportunidad de jugar la Copa Intertoto, una segunda oportunidad para jugar la Copa de la UEFA.
Como presidente del club vendió el estadio Vicente Calderón al Ayuntamiento de Madrid en julio de 2007. Decisión a la que se opone gran parte de la afición. Ese mismo verano vendió al capitán del equipo Fernando Torres.
En julio de 2007 el club se clasificó para la Copa de la UEFA a través de la Copa Intertoto.
En mayo de 2008 tras 12 años el equipo vuelve a clasificarse para la Champions League. Por primera vez en la época de Cerezo como presidente se logra de forma clara alcanzar los objetivos marcados a inicios de la campaña.
Controversia
Enrique Cerezo fue considerado cooperador necesario de un delito de apropiación indebida de las acciones del Atlético, delito que cometieron Jesús Gil y Miguel Angel Gil Marín, si bien no llegaron a ingresar en prisión porque se consideró que el delito había prescrito.[1]
El 26 de febrero de 2008 mientras celebraba su cumpleaños en un conocido restaurante de la capital madrileña fue fotografiado con la camiseta del Real Madrid[cita requerida], obsequio de su amigo y presidente de dicho club Ramón Calderón. Hecho, que sumado a la nefasta trayectoria deportiva del equipo (eliminados de Copa y UEFA) llevó a centenares de aficionados rojiblancos a manifestarse en contra de Enrique Cerezo y Miguel Ángel Gil Marín en los prolegómenos del encuentro entre Atlético de Madrid y FC Barcelona (4-2). Durante ese encuentro, Cerezo, según captaron las imágenes de televisión, respondió a los abucheos con graves insultos a los aficionados[cita requerida]. Circunstancia que se repitió un año atrás, cuando tras la derrota del mes de mayo de 2007 frente al Barcelona por 0-6, respondió a los indignados aficionados con idénticas ofensas[cita requerida].