Discusión:Prelatura personal

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La prelatura personal en la "Ecclesiae Sancta"[editar]

No es correcto hablar de "la específica prelatura personal que se describe en este documento", ya que al tratarse de una figura de nueva creación (PO no tiene carácter ejecutivo, así que la p.p. aparece con ES) y ser este un documento del supremo legislador (el Papa) la única prelatura personal es la aquí descrita. Este documento no tiene carácter provisional, así que al leerlo no puede contemplarse la idea de que surgirán otros modelos de p.p.

Por otro lado, es evidente que la colaboración de los laicos es externa: trabajan ("con su pericia profesional") para ella.—Valencia1900 23:47 16 oct 2007 (CEST)

"Con la pericia profesional" se puede trabajar también desde dentro: véanse los hermanos hospitalarios de San Juan de Dios, los profesores de una Universidad, los músicos de una orquesta: colaboran con su pericia profesional y están bien dentro... No sé qué es P.O., p.p., ES: las dos primeras me lo imagino (es fácil), la tercera, no... En cuanto a pensar que un documento excluye desarrollos futuros, me parece atrevido decirlo.--Irus 23:40 16 oct 2007 (CEST)

ES es Ecclesiae Sancta. PO es un documento que habla de presbíteros. Si ES (igual que PO) dice "Prelaturas, de las que formen parte sacerdotes del clero secular", en ellas no hay ni laicos ni religiosos. Además, entre los deberes del prelado no se contempla ninguno referido a los laicos, cosa incompatible con ser su Pastor.—Valencia1900 23:47 16 oct 2007 (CEST)

Hace un momento, decía usted que "colabora", "externamente" y "sin formar parte" eran lo mismo.—Valencia1900 23:54 16 oct 2007 (CEST)

Colaboración de los laicos con las prelaturas personales tal como lo entiende la ES[editar]

Creo que la expresión "los laicos... pueden dedicarse con su pericia profesional al servicio de las obras y empresas de la Prelatura" debe entenderse en el sentido de que esa colaboración, en otras circunstancias, podría ser el medio de vida (si cobrasen por ese servicio) de esos laicos; pero colaboran con la prelatura haciéndolo gratis, por ejemplo. Las ocupaciones citadas en el artículo , tanto las puestas por mí como las añadidas por usted, son ejemplos posibles. Aunque creo que la redacción no queda bien, ya que parece que son posibilidades exclusivas, cuando solo son ejemplos.

Por otra parte, y por compararlo con lo que podrían hacer si perteneciesen a la prelatura (como pertenecen los sacerdotes), no se podría calificar como "pericia profesional" a rezar, hacer apostolado, tener dirección espiritual ofrecida por la prelatura o llevar la dirección espiritual de otras personas por encargo de la misma.

Por último, estamos hablando de la prelatura personal definida por ES. Otra cosa sería la prelatura personal actual, tal como queda definida por el Código de Derecho Canónico, que quizá tenga otras características.—Valencia1900 20:59 17 oct 2007 (CEST)

Textos copiados largos[editar]

Un saludo. En la voz se copian textos largos cuando bastaría con citar y resumir, o solo copiar lo más relevante. También se nota una total ausencia de fuentes, sobre todo cuando se reproducen opiniones de personas. Habría que recortar y citar.--Tenan (discusión) 18:18 7 ene 2016 (UTC)[responder]

Enlaces externos modificados[editar]

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