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Corregimiento

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Un Corregimiento es una división territorial o población dirigida por un corregidor o "Representante". También del mismo modo se designa el ejercicio de las funciones de corregidor, como el territorio jurisdiccional donde estas se ejercen.

En el Derecho Indiano se designaba con tal nombre a territorios relativamente extensos, donde existía numerosa población indígena y en los cuales un corregidor, nombrado generalmente por la Real Audiencia respectiva, tenía a su cargo la administración de justicia en lo civil y penal, la vigilancia y dirección de las reducciones o pueblos de indígenas y el cobro de los tributos regios. Con las reformas borbónicas, en el s. XVIII, los antiguos corregimientos (también llamadas provincias) se transformaron en partidos o subdelegaciones.

En Colombia se aplica la palabra corregimiento a las poblaciones que no alcanzan el carácter de municipio, siendo su jurisdicción superdita a un municipio o, en el caso de los corregimientos departamentales, a un departamento. Los centros de poblamiento se denominan veredas.

En Panamá se aplica a las divisiones que posee un distrito, también a las divisiones que posee la Comarca Kuna Yala. La Comarca Kuna de Wargandí es un corregimiento con carácter de comarca. En cada corregimiento la autoridad es el representante de corregimiento.

En Castilla, órgano de gobierno del agrupamiento de las Siete Merindades de Castilla Vieja y territorios en un Concejo Mayor o Ayuntamiento General para armonizar su política en aras del interés común. La primera Junta General se celebra el 8 de enero de 1551 y la primera acta conservada data de 5 de enero de 1556. Se celebraron hasta 1.835, año en que se produce la reorganización de los Ayuntamientos[1]

Antiguas Provincias o Corregimientos

Enlaces externos

Notas

  1. >Real Decreto de 23 de julio de 1835