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Convención sobre la Plataforma Continental

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Convención sobre la Plataforma Continental

La plataforma continental global, resaltada en cian
Firmado 29 de abril de 1958
Ginebra, Suiza
En vigor 10 de junio de 1964
Firmantes 43
Partes 58
Idiomas Chino, Inglés, Francés, Ruso y Español

Texto completo en Wikisource

La Convención sobre la Plataforma Continental fue un tratado internacional creado para codificar las normas de derecho internacional relacionadas con las plataformas continentales. El tratado, después de entrar en vigor el 10 de junio de 1964, estableció los derechos de un estado soberano sobre la plataforma continental que lo rodea, si es que existe. El tratado fue uno de los tres acordados en la primera Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS I).[1]​ Desde entonces ha sido reemplazado por un nuevo acuerdo alcanzado en 1982 en UNCLOS III.

El tratado abordó siete temas: el régimen que rige las aguas y el espacio aéreo adyacentes; tendido o mantenimiento de cables submarinos o tuberías; el régimen que rige la navegación, la pesca, la investigación científica y la competencia del estado costero en estas áreas; delimitación; túneles[2]

Antecedentes históricos

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La Convención sobre la Plataforma Continental reemplazó la práctica anterior de las naciones que tenían soberanía sobre solo una franja muy estrecha del mar que las rodeaba, con algo más allá de esa franja considerada Aguas Internacionales.[3]​ Esta política se usó hasta que el presidente de los Estados Unidos, Harry S Truman, proclamó que los recursos en la plataforma continental contigua a los Estados Unidos pertenecían a los Estados Unidos a través de una Orden Ejecutiva el 28 de septiembre de 1945.[4]​ Muchas otras naciones rápidamente adaptaron políticas similares, la mayoría afirmando que su porción del mar se extendía ya sea 12 o 200 millas náuticas desde su costa.

Derechos de los estados

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El artículo 1 de la convención definió el término plataforma en términos de explotabilidad en lugar de basarse en la definición geológica. Definió una plataforma "al fondo marino y al subsuelo de las áreas submarinas adyacentes a la costa pero fuera del área del mar territorial, a una profundidad de 200 metros o, más allá de ese límite, hasta donde la profundidad de las aguas adyacentes admite explotación de los recursos naturales de dichas áreas" o "al fondo marino y subsuelo de áreas submarinas similares adyacentes a las costas de las islas".[5]

Además de describir lo que es legal en las áreas de la plataforma continental, también dicta lo que no se puede hacer en el Artículo 5.[6]

Participantes

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País Año de ratificación País Año de ratificación
Albania 1964 Mauricio 1970
Australia 1963 México 1966
Bielorrusia 1961 Países Bajos 1966
Bosnia y Herzegovina 1994 Nueva Zelanda 1965
Bulgaria 1962 Nigeria 1961
Camboya 1960 Noruega 1971
Canadá 1970 Polonia 1962
Colombia 1960 Portugal 1963
Costa Rica 1972 Rumania 1961
Croacia 1992 Federación Rusa 1960
Chipre 1974 Senegal 1961
República checa 1993 Sierra Leona 1966
Dinamarca 1963 Eslovaquia 1993
República Dominicana 1964 Islas Salomón 1981
Fiji 1971 Sudáfrica 1963
Finlandia 1965 España 1971
Francia 1965 Suazilandia 1970
Grecia 1972 Suecia 1966
Guatemala 1961 Suiza 1966
Haití 1960 Tailandia 1968
Israel 1961 Tonga 1971
Jamaica 1965 Trinidad y Tobago 1968
Kenia 1969 Uganda 1964
Letonia 1992 Ucrania 1961
Lesoto 1973 Reino Unido 1964
Madagascar 1962 Estados Unidos 1961
Malawi 1965 Venezuela 1961
Malasia 1960 Yugoslavia 1966
Malta 1966

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UNCLOS II y III

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En 1960, las Naciones Unidas celebraron otra conferencia sobre las Leyes del Mar, UNCLOS II, pero no se alcanzaron acuerdos. Sin embargo, se convocó otra conferencia en 1973 para abordar los problemas. UNCLOS III, que duró hasta 1982 debido a un consenso requerido, ajustó y redefinió muchos principios establecidos en el primer UNCLOS. La nueva definición de la plataforma continental en la nueva Convención dejó obsoleta la Convención de 1958 sobre la Plataforma Continental. La razón principal de esto fueron los avances tecnológicos.[8]

Referencias

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  1. Text of the UN treaty
  2. Dupuy, René Jean; Daniel Vignes (1991). A Handbook on the New Law of the Sea. Martinus Nijhoff Publishers. p. 328. ISBN 978-0-7923-0924-6. 
  3. https://www.un.org/Depts/los/convention_agreements/convention_historical_perspective.htm
  4. http://www.ibiblio.org/pha/policy/1945/450928a.html
  5. Shaw, Malcolm Nathan (2003). International Law. Cambridge University Press. pp. 523. ISBN 978-0-521-82473-6. «Convention on the Continental Shelf.» 
  6. Text of the treaty from WikiSource
  7. «Copia archivada». Archivado desde el original el 15 de julio de 2018. Consultado el 3 de febrero de 2021. 
  8. «United Nations: UN Studies Ocean-Bed Treaty». Facts on File News Services. 27 de noviembre de 1968. Consultado el 22 de octubre de 2008. Uso incorrecto de la plantilla enlace roto (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última).

Enlaces externos

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