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Consejo Nacional de Gobierno

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Consejo Nacional de Gobierno


Localización
País Uruguay Uruguay
Información general
Jurisdicción Gobierno de Uruguay
Tipo Ejecutivo
Base legal Constitución de 1952
Sede Palacio Estévez
Organización
Presidente del Consejo Nacional de Gobierno
Ver lista
Historia
Fundación 1 de marzo de 1952
Disolución 15 de febrero de 1967

El Consejo Nacional de Gobierno fue el órgano de gobierno de Uruguay entre 1952 y 1967. Estaba integrado por nueve miembros, de los cuales seis pertenecían al partido más votado en las elecciones generales y tres al partido que obtuvo el segundo lugar. Generalmente conocido como el sistema colegiado,[1] anteriormente había existido como Consejo Nacional de Administración entre 1918 y 1933.[2]

Antecedentes

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El poder ejecutivo colegiado de Uruguay fue una experiencia inédita en América Latina (con excepción de los primeros años de la independencia). Los antecedentes históricos inmediatos están en el Consejo Nacional de Administración creado por la Constitución de 1918 que funcionó hasta 1933 junto con el presidente de la República. A diferencia de aquel, el Consejo Nacional de Gobierno sigue la idea de José Batlle y Ordóñez en cuanto a un ejecutivo íntegramente colegiado.

Los integrantes del primer Consejo Nacional de Gobierno, que completó los tres años que restaban del mandato del presidente Andrés Martínez Trueba, fueron elegidos excepcionalmente, en 1952, por la Asamblea General, ya que así lo habilitaba una disposición transitoria de la nueva constitución. Martínez Trueba, que había aceptado la interrupción de su período presidencial, ocupó la Presidencia del Consejo durante todo el trienio 1952-1955. Los actos eleccionarios se efectuaban en el mes de noviembre, y en los años: 1954, 1958 y 1962.

Composición

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Estuvo compuesto por 9 consejeros electos en forma directa por 4 años, sin reelección inmediata. Al lema más votado le correspondían 6 consejeros y 3 al que le seguía. El Presidente del Consejo se designaba rotativamente en forma anual entre los miembros del lema más votado y por orden de su ubicación en la lista en forma decreciente.

Las atribuciones del Consejo Nacional de Gobierno fueron:

  • Designar y destituir a los Ministros de Estado.
  • Encargado del Poder Ejecutivo de la República que ejerce con el concurso del o los ministros en los casos que corresponda

Ministerios

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En sus quince años de permanencia, el ejecutivo colegiado por nueve secretarias de estado.

Presidencia

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El Consejo Nacional de Gobierno era presidido de manera anual por los consejeros con mayorías.

Presidentes del Consejo Nacional de Gobierno en el Museo de la Casa de Gobierno del Palacio Estévez.

Periodos

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Parte del mobiliario utilizado por los miembros del Consejo Nacional de Gobierno en el Palacio Estévez.

Disolución

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El 15 de febrero de 1967, con el inicio la nueva legislatura entró en vigor la Constitución de 1967, la cual suprimió el Consejo de Gobierno y restauró el presidencialismo.

Tras la promulgación de la nueva carta magna, se mantuvieron los cargo de Presidente y Vicepresidente de la República. La formula presidencial que resultó electa en los comicios de 1966, asumieron como tales el 1 de marzo de 1967.


Predecesor:
Presidente de la República (Constitución 1942)
Consejo Nacional de Gobierno

1952-1967
Sucesor:
Presidente de la República (Constitución 1967)

Véase también

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Referencias

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  1. The Constitution Library of Congress Country Studies
  2. Nohlen, D (2005) Elections in the Americas: A data handbook, Volume II, p489 ISBN 978-0-19-928358-3

Bibliografía

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Enlaces externos

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