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Junta Democrática de España (Organización de 2020)[editar]

Junta Democrática de España
Información de publicación
Creador

Antonio García Trevijano (1974)

Rubén Gisbert (2020)

Otros nombres Junta Democrática
Tipo Asociación Civil
Fundación

30 de julio de 1974

5 de Mayo de 2020 (refundación)
Disolución 26 de marzo de 1976 (original)
Presidente Rubén Gisbert
Secretario general Antonio Alfaro Diaz
Asociados (insertar número)

La Junta Democrática de España (abreviado, JDE) es una organización civil presentado originalmente en 1974 por Santiago Carrillo, Rafael Calvo Serer, José Vidal Beneyto y Antonio García-Trevijano y refundado el 25 de mayo de 2020 por Rubén Gisbert.

Historia[editar]

Antecedentes[editar]

La Junta Democrática de España, fundada por Antonio García-Trevijano, unió a diversos sectores de la oposición antifranquista con un programa de "ruptura democrática". Surgió durante la crisis del régimen franquista, buscando unidad en la lucha por la democracia. Presentó un manifiesto con 12 puntos clave, abogando por libertades ciudadanas, partidos políticos legalizados, derechos sindicales y separación Iglesia-Estado. Logró apoyo popular mediante protestas y acciones locales. Se relacionó internacionalmente y creó coaliciones como la Plataforma de Convergencia Democrática (Platajunta), uniendo diversas regiones de España en su lucha, pero debido a las divergencias ideológicas de esta organización, la Platajunta finalmente fue disuelta en Octubre de 1976.

Refundación[editar]

El 5 de mayo de 2020, Rubén Gisbert refunda la Junta Democrática de España, con el fin de restituir la separación de poderes en España, que considera que es inexistente. Desde su fundación, se ha organizado distintas protestas, siendo la más notoria la quedada indefinida cerca del Congreso de los Diputados, durante las protestas de España en 2023.

Manifiesto[editar]

La Junta Democrática fundamenta su actividad en el siguiente manifiesto, dividido nueve puntos:

  1. Principio de Libertad e Igualdad: Todos los seres humanos son por naturaleza igualmente libres e independientes, y su convivencia en estado de sociedad debe regirse y gobernarse garantizando su libertad e independencia colectiva e individual.
  2. Deslegitimación de cualquier régimen político cuya forma jurídica no haya sido elegido por aquella tras un periodo de libertad constituyente.
  3. Rechazo al modelo del sistema de autonomías: La nación española es un hecho histórico dado, y su realidad está determinada por su diversidad cultural (...), que debe ser protegida y preservada indiscriminadamente. Por ello (...) se debe devolver a los municipios el poder que garantice su independencia económica y desarrollo cultural.
  4. Soberanía nacional: El pueblo español es el único sujeto político legitimado para darse a sí mismo una forma de Estado y hacer sus propias leyes a través de representantes elegidos uninominalmente en distritos electorales de no más de 100.000 habitantes.
  5. Defensa del sistema unicameral: Toda votación cuyo fin no sea elegir uninominalmente a los miembros del legislativo (...), es fraudulenta al atentar contra la libertad política del pueblo español. Y se considera un mecanismo para que bajo la fuerza, coacción o miedo se acepte o legitime un sistema tiránico.
  6. Deslegitimación de la coacción estatal: La no participación voluntaria de la mayoría absoluta de la ciudadanía en unas votaciones cuyo fin no sea el determinado en el punto anterior, deja a todo Estado que las organice carente de autoridad ni legitimidad para formar gobierno ni hacer leyes, por lo que a partir de dicho instante será considerado como un poder impuesto mediante la fuerza a la nación española y enemigo de esta.
  7. Transición a la libertad constitucional: Deslegitimado el Estado, se debe crear un gobierno provisional que mantenga la funcionalidad del Estado y acompañar a ello la apertura de un período de libertad constituyente de mínimo un año de duración. En este periodo el gobierno provisional debe garantizar la libertad de prensa e información para la difusión de todo pensamiento y propuesta política que se base en los principios democráticos de la separación de poderes entre el legislativo y el ejecutivo y la representación política por elección uninominal.
  8. Libre refrendación de la forma del estado español: A la finalización del período de libertad constituyente, todo español mayor de dieciocho años deberá ser convocado mediante referéndum para elegir la forma de Estado propuesta desde las diferentes organizaciones civiles que las propugnen. (...)
  9. Elecciones libres y separación de poderes: Una vez elegida la forma de Estado por la nación, deben realizarse unas elecciones al parlamento o cortes constituyentes, cuyo fin será el de redactar una constitución que establezca la garantía de los derechos fundamentales (...) y determine la separación de poderes entre el legislativo y el ejecutivo. Paralelamente a ello deberá suprimirse el Tribunal Constitucional y se creará un consejo de justicia con dotación presupuestaria independiente que garantice la independencia del poder judicial.

Organización[editar]

La Junta Democrática está conformado por un órgano central denominado Junta Directiva, donde se "dirige y coordina la actividad cotidiana de la asociación", además de tomar las decisiones de la asociación civil. Este órgano está compuesto por el presidente de la Asociación, un Secretario General, un Tesorero y Vocales.

En cada una de las sedes de la Junta Democrática, denominado Delegaciones, hay un delegado representando la asociación en una provincia concreta.

Financiación[editar]

De acuerdo con la página web oficial (comprobar), la organización civil es financiada exclusivamente a través de sus afiliados, "sin aceptar ni un solo céntimo del Estado, la Banca o grandes empresas" (comprobarlo también)

Delegaciones[editar]

A día de hoy (Noviembre de 2023), la Junta Democrática cuenta con 24 sedes repartidas en toda España:

  • Alicante
  • Almería
  • Asturias
  • Badajoz
  • Barcelona
  • Bilbao
  • Cáceres
  • Cádiz
  • Castellón de la Plana
  • Ciudad Real
  • Córdoba
  • Granada
  • Islas Baleares
  • Madrid
  • Málaga
  • Murcia
  • La Coruña
  • Pontevedra
  • Sevilla
  • Toledo
  • Valencia
  • Valladolid
  • Vizcaya
  • Zaragoza

Hitos[editar]

  • 5 de mayo de 2020: Refundación de la Junta Democrática

Controversias[editar]

(Introducir aquí cualquier controversia relacionada con la Asociación)

Véase también[editar]

  • Partitocracia
  • Junta Democrática de España (1974)
  • Coordinación Democrática
  • ...

Referencias[editar]