Protocolos de Roma (1934)

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Protocolos de Roma


Firmado 17 de marzo de 1934
Roma
En vigor 12 de julio de 1934
Firmantes Bandera de Austria Austria
Bandera de Hungría Hungría
Bandera de Italia Italia

Los Protocolos de Roma fueron serie de tres acuerdos internacionales firmados en Roma el 17 de marzo de 1934 entre los gobiernos de Austria, Hungría e Italia. Los firmaron el primer ministro italiano Benito Mussolini y sus colegas austriaco Engelbert Dollfuss y húngaro Gyula Gömbös. Los tres protocolos que entraron en vigor el 12 de julio de 1934 y se registraron en la Sociedad de Naciones el 12 de diciembre de 1934.[1]

Los protocolos, aunque sólo se ocupaban de temas económicos, eran parte del proceso de cooperación entre los tres gobiernos signatarios en contra la política de Hitler (que acaba de llegar al poder en Alemania) hacia Austria y de sus intentos de acrecentar su influencia en la cuenca del Danubio, así como también contra la integridad territorial de Yugoslavia, que deseaban desmembrar entre ellos. La cooperación nacida de estos protocolos fue de corta duración, ya que pronto Mussolini se unió a Hitler abandonando su anterior protección de Austria, y el gobierno de Hungría controlado por Miklós Horthy también se unió al Tercer Reich en 1938.

Términos de los Protocolos

El primer Protocolo era muy breve y no contenía cláusulas, sólo una breve declaración en la que los firmantes se comprometían a «consultarse sobre todos los problemas que les afecten en particular, y sobre los problemas de carácter general, con el fin de lograr, en el espíritu de los tratados de amistad existentes entre Italia y Austria, Italia y Hungría, Austria y Hungría, que se basan en el reconocimiento de la existencia de numerosos intereses comunes, una política acorde dirigida a la promoción de una cooperación eficaz entre los Estados de Europa y sobre todo entre Italia, Austria y Hungría». En el párrafo siguiente, los tres Gobiernos se comprometieron a «celebrar consultas conjuntas cuando al menos uno de ellos lo estime oportuno».

El segundo Protocolo se ocupaba de las relaciones económicas entre los tres Gobiernos. En el artículo 1º, los tres Gobiernos se comprometían a no colocar ningún obstáculo al comercio entre ellos, y a concluir tratados comerciales en este sentido. En el artículo 2º, las partes se comprometían a ayudar al Gobierno de Hungría, en apuros debido a la caída del precio del trigo, importante exportación magiar. En el artículo 3º los tres países establecían su propósito de facilitar el tránsito de mercancías por los puertos del Mar Adriático. En el artículo 4º las naciones decidían a establecer una comisión de expertos que formulasen nuevas recomendaciones en el ámbito económico.

El tercer Protocolo concernía sólo a los Gobiernos de Italia y Austria. En el artículo 1º los dos Gobiernos acordaban negociar un nuevo tratado comercial entre ellos tan pronto como fuese posible. En el artículo 2º, prometían concederse mutuamente privilegios comerciales en el nuevo tratado comercial que se firmase.

Notas

  1. League of Nations Treaty Series, vol. 154, pp. 282-303.

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