Patrón de Embarcaciones de Recreo

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Distintivo oficial de Patrón de Embarcaciones de Recreo.

Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER) es un título naútico que autoriza a gobernar embarcaciones de recreo de bandera española. Las condiciones que regulan las titulaciones náuticas de embarcaciones de recreo pertenecen a la Dirección General de la Marina Mercante (DGMM), dependiente del Ministerio de Fomento de España. No obstante, las actuaciones a seguir corresponden a las Comunidades Autónomas que han asumido las competencias en esta materia.

Índice

Atribuciones [editar]

Gobierno de embarcaciones de recreo a motor o motor y vela de hasta 12 metros de eslora, para la navegación que se efectúe en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 12 millas, así como la navegación interinsular en los archipiélagos balear y canario. Podrán gobernar motos náuticas.

Requisitos para su obtención [editar]

  • Haber cumplido 18 años de edad, o 16 años con consentimiento paterno o de tutor.
  • Superar un reconocimiento médico.
  • Aprobar un examen teórico.
  • Aprobar el examen práctico o haber realizado las prácticas de seguridad y de navegación de al menos 16 horas.
  • Efectuar unas practicas reglamentarias de radiocomunicaciones, sistema SMSSM, cuya duración no podrá ser inferior a 2 horas, que se realizarán en aula, en un simulador homologado de una escuela autorizada.
  • Solicitar la expedición del título.

Nota [editar]

  • Las prácticas para obtener la habilitación a vela se realizarán una sola vez, y tendrán validez para acceder a cualquiera de los títulos de capitán de yate, patrón de yate y patrón de embarcaciones de recreo. Su duración no será inferior a veinte horas.
  • Los títulos no tienen caducidad, no obstante las tarjetas (documento tipo carnet) tendrán un período de validez de diez años. Transcurridos los mismos deberán renovarse.

Véase también [editar]

Enlaces externos [editar]