Ley Antitabaco de España

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Se conoce como Ley Antitabaco a la Ley española 28/2005, de 26 de diciembre, que entró en vigor el 1 de enero de 2006, aunque algunos aspectos de la Ley no entraron en vigor hasta septiembre de 2006 y enero de 2007, y cuya medida más importante es la prohibición de fumar en lugares en los que hasta esa fecha estaba permitido, como los lugares de trabajo (tanto públicos como privados) o los centros culturales. La Ley, además, distingue entre zonas en las que está "totalmente prohibido fumar", y espacios en los que se puede fumar si se habilita una sala especial de fumadores. Las Comunidades Autónomas son las responsables de vigilar que se cumpla esta Ley, establecida dentro del Convenio marco para el control del tabaco, además de tener la competencia para el desarrollo normativo de la ley.


En este sentido, comunidades como Baleares, Madrid, Valencia o La Rioja, tres de ellas presididas por el Partido Popular y una (Baleares) por el PSOE han planteado normas propias que la suavizan o no han creado una normativa de aplicación, régimen de inspecciones o régimen sancionador, lo que de facto lleva a no fomentar desde los poderes públicos el cumplimiento de la ley.

Ello ha llevado a que España tenga una de las situaciones más caóticas al respecto de toda Europa, causando inseguridad jurídica a los ciudadanos en función de las comunidades autónomas en que vivan. La Comunidad Europea ha lamentado la situación.

La ley antitabaco no puede ser modificada en sentidos menos restrictivos (a la baja) por las comunidades, sino sólo al contrario, al ser una Ley Básica.

Paradójicamente la ley fue aprobada en el Parlamento Español por unanimidad de las fuerzas políticas, incluyendo al Partido Popular. El Ministerio de Sanidad ha denunciado ante los Tribunales de Justicia la falta de aplicación o modificación de esta ley por parte de las citadas comunidades autónomas.

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