Diferencia entre revisiones de «Anexo:Ministerios de Colombia»
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* 4 Defensa Nacional ([[General Freddy Padilla de León]]) |
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* 5 Agricultura y Desarrollo Rural ([[Andrés Fernández Acosta]])<ref>[http://web.presidencia.gov.co/sp/2009/febrero/07/01072009.html Presidente designa a Andrés Fernández Acosta como nuevo Ministro de Agricultura - Presidencia de la República]</ref> |
* 5 Agricultura y Desarrollo Rural ([[Andrés Fernández Acosta]])<ref>[http://web.presidencia.gov.co/sp/2009/febrero/07/01072009.html Presidente designa a Andrés Fernández Acosta como nuevo Ministro de Agricultura - Presidencia de la República]</ref> |
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* 6 Protección Social ([[Diego Palacio Betancourt]]) |
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Revisión del 00:41 26 jun 2009
En Colombia los ministros son los funcionarios que junto con el Presidente forman el poder ejecutivo. Tradicionalmente el gabinete de ministros ha sido la cartera de donde han surgido la mayoría de los mandatarios del país.
Requisitos
Para ser ministro se requiere ser ciudadano colombiano, mayor de 25 años y no tener inhabilidades ni incompatibilidades para con el cargo.
Ministros
En Colombia existen trece Ministerios:
- 1 Interior y Justicia (Fabio Valencia Cossio)
- 2 Relaciones Exteriores (Jaime Bermúdez)
- 3 Hacienda y Crédito Público (Óscar Iván Zuluaga Escobar)
- 4 Defensa Nacional (General Freddy Padilla de León)
- 5 Agricultura y Desarrollo Rural (Andrés Fernández Acosta)[1]
- 6 Protección Social (Diego Palacio Betancourt)
- 7 Minas y Energía (Hernán Martínez Torres)
- 8 Comercio, Industria y Turismo (Luis Guillermo Plata)
- 9 Educación Nacional (Cecilia María Vélez White)
- 10 Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (Carlos Costa)[2]
- 11 Comunicaciones (María del Rosario Guerra)
- 12 Transporte y Obras Públicas (Andrés Uriel Gallego Henao)
- 13 Cultura (Paula Marcela Moreno)
El orden anterior es establecido por tres razones:
- Protocolaria: En ese orden hablarán en los actos publicos.
- Formal: En ese orden seran firmados sus decretos por el Presidente.
- Delegación: En ese orden se define quién reemplaza al Presidente de la República en sus viajes al extranjero, con la salvedad de que el Ministro Delegatario debe pertenecer al mismo partido político que el Presidente según el artículo 196 de la Constitución Nacional.
Véase también
- Lista de ministros de Gobierno de Colombia
- Anexo:Ministros de Relaciones Exteriores de Colombia
- Anexo:Ministros de Defensa de Colombia
- Lista de ministros de Hacienda de Colombia
- Anexo:Ministros de Comercio, Industria y Turismo
- Anexo:Ministros de Agricultura de Colombia
- Anexo:Ministros de Educación de Colombia
- Lista de ministros de Cultura de Colombia
- Anexo:Ministros de Transporte y Obras Públicas de Colombia
- Anexo:Ministros de Comunicaciones de Colombia
- Anexo:Ministros de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial de Colombia
- Lista de ministros de Minas y Energía de Colombia
- Anexo:Ministros de Protección Social de Colombia