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Agencia Estatal de Investigación

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Agencia Estatal de Investigación


Localización
País EspañaBandera de España España
Información general
Sigla AEI
Tipo Agencia Estatal
Sede Madrid
Organización
Dirección Enrique Playán Jubillar[1](Director)
Presidente Ángeles Heras Caballero  (Secretaria de Estado de Universidades, Investigación, Desarrollo e Innovación)
Depende de Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Entidad superior Science Europe
Presupuesto 640,1 millones de (2019)[2]
Historia
Fundación 27 de noviembre de 2015[3]
Sitio web oficial

La Agencia Estatal de Investigación (AEI) es una agencia estatal española encargada del fomento de la investigación científica y técnica en todas las áreas del saber mediante la asignación competitiva y eficiente de los recursos públicos, el seguimiento de las actuaciones financiadas y de su impacto, y el asesoramiento en la planificación de las acciones o iniciativas a través de las que se instrumentan las políticas de I+D de la Administración General del Estado.[4]

Estructura

La estructura de la Agencia Estatal de Investigación es:[5]

  • Presidencia de la AEI.
    • Dirección General de la AEI.
      • Secretaría General de la AEI.
      • División de Programación y Gestión Económica y Administrativa.
        • Subdivisión de Gestión Económica.
        • Subdivisión de Seguimiento y Justificación de Ayudas.
        • Subdivisión de Gestión de Ayudas de Fondos Europeos.
        • Subdivisión de Planificación y Gestión Administrativa.
      • División de Coordinación, Evaluación y Seguimiento Científico y Técnico.
        • Subdivisión de Coordinación y Evaluación.
        • Subdivisión de Programas Temáticos Científico-Técnicos.
        • Subdivisión de Programas Científico-Técnicos Transversales, Fortalecimiento y Excelencia.
  • Consejo Rector de la AEI.
  • Comisión de control de la AEI.
  • Comité científico y técnico de la AEI.

Órganos de la Agencia

Presidencia

La presidencia de la AEI corresponde al Secretario de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación y, por lo tanto, la agencia no posee una estructura de personal propia, sino que está integrada en el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y sus empleados pertenecen a éste.[6]

Conforme al Estatuto de la AEI corresponden al Presidente de la Agencia las siguientes funciones:

  • Ostentar la máxima representación institucional y legal de la Agencia, presidir su Consejo Rector y velar por el cumplimiento de su objeto, fines y funciones.
  • Convocar las sesiones del Consejo Rector.
  • Dirimir con su voto los empates, a efectos de adoptar acuerdos, en el seno del Consejo Rector.
  • Presentar al Consejo Rector la memoria anual de actividades de la Agencia.
  • Informar a los departamentos ministeriales competentes y a otras instituciones del Estado sobre la ejecución y cumplimiento de los objetivos fijados en el Contrato de gestión de la Agencia.
  • Celebrar convenios de colaboración, memorandos de entendimiento, acuerdos de ejecución o instrumentos jurídicos de cualquier otra naturaleza que puedan generar compromisos y obligaciones para la Agencia, sin perjuicio de las delegaciones que, en su caso, se establezcan.
  • Instar al titular del Ministerio de Hacienda y Función Pública la autorización de las variaciones presupuestarias que se precisen.
  • Proponer al Consejo Rector el nombramiento y cese del director de la Agencia.
  • Proponer al Consejo Rector la designación de los miembros de la Comisión de Control.
  • Ejercer las demás facultades y funciones que le atribuyan este Estatuto, el Consejo Rector y las disposiciones vigentes.

Dirección General

El cargo de director general es ostentado por un funcionario de carrera nombrado por el Ministro. Conforme al Estatuto de la AEI, corresponden al Director de las siguientes funciones:[7]

  • Llevar a cabo la dirección y gestión ordinaria de la Agencia, en el marco de las funciones atribuidas en este apartado o de las que le sean expresamente delegadas.
  • Elaborar y elevar al Consejo Rector la propuesta del Contrato de gestión de la Agencia.
  • Elaborar y elevar al Consejo Rector los objetivos estratégicos y operativos de la Agencia, y los procedimientos, criterios e indicadores para la medición de su cumplimiento y del grado de eficiencia en la gestión.
  • Elaborar y elevar al Consejo Rector el plan de acción anual y dirigir y coordinar las actividades que sean necesarias para el desarrollo de las funciones de la Agencia.
  • Elaborar y elevar al Consejo Rector el anteproyecto de presupuesto de la Agencia.
  • Formular las cuentas anuales y elevarlas al Consejo Rector junto con el informe de auditoría de cuentas.
  • Acordar las variaciones presupuestarias que se estimen necesarias y que no deban ser autorizadas por el Ministro de Hacienda y Función Pública y proponer al presidente aquellas que precisan dicha autorización.
  • Autorizar, por causa justificada, la disposición de gastos, el reconocimiento de obligaciones y la ordenación de los pagos correspondientes de los que dará cuenta al Consejo Rector.
  • Proponer la modificación de los límites generales de compromiso de gasto con cargo a ejercicios futuros por causa justificada de los que dará cuenta al Consejo Rector.
  • Elevar al Consejo Rector el informe anual de actividades, ordinarias y extraordinarias, de la Agencia.
  • Elaborar y elevar a la Comisión de Control un informe mensual sobre el estado de ejecución presupuestaria.
  • Celebrar contratos con las condiciones y límites que en su caso puedan establecerse, dando cuenta de ello al Consejo Rector.
  • Proponer al Consejo Rector el nombramiento y cese del personal directivo de la Agencia.
  • Prever las necesidades de personal de la Agencia; proponer al Consejo Rector la relación de puestos de trabajo y los criterios para la selección de personal laboral; resolver las convocatorias de provisión de puestos de trabajo de personal funcionario y contratar al personal laboral.
  • Proponer al Consejo Rector los criterios para la determinación de los incentivos al rendimiento del personal de la Agencia.
  • Nombrar o cesar a colaboradores y expertos a los que se refiere el artículo 28.6 de este Estatuto.
  • Ejercer la representación institucional y legal de la Agencia cuando no corresponda a su presidente o dichas funciones hayan sido delegadas de forma expresa.
  • Recabar del Comité Científico y Técnico los informes y asesoramiento que considere necesarios para el adecuado funcionamiento de la Agencia.
  • Cualquier otra que le sea atribuida por el Consejo Rector.

Secretaría General

A cargo de la secretaría general, al igual que en la dirección, hay un funcionario de carrera. Sus funciones son:[8]

La Secretaría General es responsable, entre otras funciones, de la gestión de los servicios horizontales de la Agencia, responsabilizándose de las siguientes áreas:

  • Recursos Humanos de la Agencia.
  • Régimen jurídico, tramitación de convenios y atención al ciudadano.
  • Servicios generales, compras y suministros y Contratación administrativa.
  • Régimen Económico General, en coordinación con la Subdivisión de Gestión Económica.
  • Recursos TIC.

La Secretaría General de la Agencia actúa en coordinación con la Subsecretaría del MINECO en aquellas materias en que se mantienen servicios compartidos.

Centros de Excelencia «Severo Ochoa» y Unidades de Excelencia «María de Maeztu»

El distintivo Centro de Excelencia Severo Ochoa y Unidad de Excelencia Maria de Maeztu, dentro del Subprograma de Fortalecimiento Institucional del Plan Estatal de Investigación Científica Técnica y de Innovación tiene como objetivo financiar y acreditar los centros y unidades públicas de investigación, en cualquier área científica, que demuestran impacto y liderazgo científico a nivel internacional y que colaboran activamente con su entorno social y empresarial.

El proceso de evaluación y selección se lleva a cabo de forma independiente, por un comité científico internacional integrado por investigadores de reconocido prestigio e impacto.[9]

Véase también

Referencias