Wikiproyecto discusión:Derecho/Archivo/2006
Desahucio
[editar]Buenos días, He estado leyendo el miniesbozo de desahucio. La verdad es que hasta ahora nunca había oído que desahucio signifique otra cosa aparte del desalojo de los arrendatarios de una vivienda (y creo que para la Real Academia Española no existe otro significado). Me gustaría oír opiniones al respecto. Un saludo,--Filipo 00:08 8 may 2006 (CEST)
- En América se usa, también, en otros sentidos (mencionados en desahucio). Por ejemplo:
- Bolivia como indemnización por despido [1]
- Chile: como aviso de término unilateral del contrato de trabajo por parte del empleador, como indemnización por despido y como causal de término de contrato de trabajo
- Perú: como casual de término del contrato de trabajo
- Saludos, --Yakoo (discusión) 01:19 19 may 2006 (CEST)
Análisis sobre mega errores jurídicos en el pasado y en el presente
Creo que dentro del ambiente jurídico , uno de los capítulos mas olvidados en la ley , es el estudio precisamente de los grandes errores humanos ejercidos por leyes , totalmente injustas y absurdas , que generaron monstruosas épocas que son testimonio claro , de que la razón humana se pierde en el laberinto de “normas” creadas a partir de la incultura masificada , la cual es aprovechada por pequeños círculos con gran poder, para ejercer sus oscuros propósitos , que terminan siendo norma general aplicada y “creída” por las comunidades, que en cada período de la historia son inducidas, educadas y manipuladas en sus determinaciones para tener estos “principios jurídicos” como norma y como "moral"
Abro este debate , con el fin de ir concienzudamente planteando con la cooperación de todos los amigos de WiwipediA una completa investigacion, sobre MEGA- ERRORES JURIDICOS, tanto en el pasado y por qué no, empezar a pensar, en los que hay en el presente , un asunto vital de importancia humanística, a la cual no hay que tenerle miedo ni pereza mental, pues de ello depende que la humanidad avance, o por el contrario retroceda en el silencio ante estos mega-errores haciendose cómplice de los actuales errores jurídicos, que generan lo que hoy es la humanidad ¿ acaso no lo podemos ver , como vemos el pasado?
Aporte de Edgar Augusto Jaramillo Moreno [2]
Sobre la política en Derecho
[editar]La verdad es que desde que entré en Wikipedia, me he planteado una y otra vez cuál podría ser la política óptima para abordar todo tema relacionado con el Derecho. Pero no dejaban de ser buenas intenciones, y reflexiones sin mayor trascendencia, hasta que me encontré con el problema al intentar retocar el artículo sobre Contrato de Compraventa. Después de estar bastante tiempo haciendo correcciones, desarrollando subfiguras y demás, Yakoo me comentó que mi trabajo estaba muy bien, pero que la información no era correcta si quería abordar la materia desde un punto de vista universal. Y era cierto, había escrito todo el tiempo pensando en las particularidades de la compraventa tal y como está regulada en España, sin tener en cuenta la regulación que hacen otros países. Bueno, también quiero agradecer a Yakoo por su paciencia y dedicación, ya que me explicó a grandes rasgos qué política se seguía a la hora de tratar materia jurídica, y me sugirió la apertura de un sub-apartado dentro del artículo que explicase las particularidades españolas. Y de nuevo me encuentro con más problemas. Era prácticamente imposible hacer un artículo decente sobre la compraventa española sin repetir, subsanar o corregir la definición universal de compraventa, y corregir tal definición universal me resultaba imposible, por miedo a meter la pata (desconozco los detalles del resto de ordenamientos). Es entonces cuando llego a la conclusión de que la única manera de tratar el tema en profundidad y con un rigor mínimamente aceptable es creando un artículo "ex novo" sobre el Contrato de compraventa en España, y estableciendo un vínculo con la página del Contrato de Compraventa en general. Después de consultar a Yakoo sobre el sistema de "nuevo artículo" (gracias de nuevo), me sugiere que exponga aquí el posible cambio de política para que todos puedan opinar, y poder llegar así a conclusiones firmes. Y aquí me hallo.
A continuación os dejo el mensaje que le escribí, donde resumo en gran medida las ventajas del sistema que propongo, y que puede servir como introducción:
Wenas! He leído el mensaje que me dejaste sobre escribir el tema de la compraventa en España. El caso es que no acabo de estar de acuerdo en la política que se ha seguido en Wikipedia. En parte, me parece imposible tratar en profundidad una materia si ésta ha de contemplar el supuesto general y común de todo los ordenamientos continentales. Igualmente, me parece que desarrollando el artículo general con subapartados impide que se traten con corrección las distintas figuras, más que nada por multitud de precisiones de poca trascendencia aparente, pero gran trascendencia jurídica. Y de hecho sólo tienes que mirar el artículo nuevo y pensar en cómo meter toda esa información específica de la compraventa en España en un subapartado. La información parecería repetida e incluso confusa. Terminaría por suponer un lastre para el desarrollo de la wikipedia (pues hace más difícil escribir sobre la materia) e igualmente, su consulta sería más difícil, pues generalmente no interesa la totalidad de la figura en todos los ordenamientos, sino la regulación concreta y precisa en un sólo ordenamiento. Además, teniendo en cuenta que la existencia de muchos artículos no supone un problema de espacio en wikipedia, y que su limitación viene impuesta por motivos de coherencia y organización, el hecho de establecer una nueva política que tuviera como artículos de referencia una definición universal de la figura, y redirecciones hacia otros artículos menores que tratasen la materia de forma específica y correcta para cada país sería, sin duda, beneficioso para el desarrollo de wikipedia. ¿Dime, compartes conmigo esta postura? ¿Crees que sería beneficiosa?----Gaeddal 15:40 30 may 2006 (CEST)
De manera que lo que os propongo es lo siguiente:
Artículos principales: Describen BREVEMENTE las distintas figuras jurídicas, de manera que podrán ser universales, a la vez que poco precisos. Se ponen enlaces a cada una de las regulaciones particulares que cada ordenamiento haga de la figura.
Artículos por países: Describen la figura EN SU TOTALIDAD (aunque haya contenido redundante respecto a los arts. principales) permitiendo reflejar matices y detalles que no es posible incluir en el artículo principal debido a la restricción de universalidad.
Pensad que es un cambio muy simple, y el único esfuerzo adicional pasaría por trasladar los subapartados a un artículo nuevo, que podría incluir a priori la información contenida en el artículo universal junto con la específica del subapartado, de manera que los sucesivos usuarios, que normalmente poseen conocimientos profundos exclusivamente sobre la regulación de un país determinado, redactaran de nuevo el artículo con un nivel de riqueza y precisión imposible de conseguir con el sistema actual.
Vistas las ventajas a la hora de que los wikipedistas escriban, también hay que destacar las ventajas de consulta. Y es que normalmente, se busca información sobre la regulación de un país concreto, de manera que no es beneficioso el tener que estar haciendo composiciones mentales que combinen la información universal con la específica del subapartado. Supone más trabajo, una consulta más difícil, y sobretodo, muchísimo más imprecisa.
En todo caso, y ya para finalizar, habría que suprimir por completo el sistema actual de subapartados, de manera que habría que trabajar un poco para crear nuevos artículos destinados a cada país con el sistema que he mencionado anteriormente (se crean artículos para las distintas figuras de los distintos países, y se copia la descripción universal adjuntando la información del subapartado correspondiente, dejando así una base sobre la que podrán trabajar los expertos de cada país). Quiero añadir que como se trata de una tarea con un alto grado de automatismo (no hay que escribir nada, sólo copiar y pegar, y esperar que alguien vuelva a redactar) yo mismo me ofrezco voluntario para tan tediosa labor. (grrrr)
Pd: Os pido igualmente que déis vuestra opinión sobre tal cambio, y si os queda alguna duda sobre la propuesta, responderé encantado cualquier tipo de pregunta.
Gaeddal 15:53 5 jun 2006 (CEST)
Inmigración en España
[editar]¡Hola! Necesitaría ayuda para escribir una sección de "Aspectos legales" en el artículo Inmigración en España. Es un aspecto que creo necesita ser explicado para la comprensión del fenómeno; he escrito un esbozo corto para este apartado, pero no estoy seguro de que no contenga fallos o imprecisiones. Un saludo, --Rodriguillo | Discusión 01:47 20 oct 2006 (CEST)
Nueva Categoría: Títulos de Crédito
[editar]Hola a todos los wikijuristas, les informó que voy a crear una nueva categoría: Títulos de Crédito, en la cual pienso meter artículos como el pagaré, la letra de cambio, cheque, etc. Será una subcategoría de Derecho Mercantil, espero que les parezca bien la propuesta. Cualquier cosa me avisan. Saludos!!! Javier García Gómez 23:42 22 dic 2006 (CET)
- Por mi, ningún problema ;) Pero tendría que ser "Títulos de crédito" (y no "Títulos de Crédito")... Saludos, --Yakoo (discusión) 23:59 22 dic 2006 (CET)
Pagaré
[editar]Iba a comenzar a completar el, hasta ahora, esbozo del pagaré, y me surgió la duda de que estrategia utilizar. La letra de cambio y el pagaré son relativamente lo mismo: tienen casi los mismos requisitos, los dos son títulos ejecutivos, los sujetos intervenientes son igual semejantes, etc. Entonces, me preguntaba si podía copiar de forma íntegra lo que estaba en el susodicho artículo al pagaré en lo que sean iguales o quizá establecer la difrencia entre uno y otro y remitir en el mismo artículo a la letra. En fin, espero su respuesta. Saludos!!! Javier García Gómez 02:46 25 dic 2006 (CET)
- Aunque son títulos de crédito similares, la naturaleza del pagaré es distinta (es un declaración unilateral)...
- De todos modos, en mi opinión, podrías hacer lo que señalas (copiar lo que esta en el artículo sobre letra de cambio al de pagaré, en lo que sean iguales, mencionado las diferencias entre ambos) o podrían tratar ambos, en un mismo artículo, como efectos de comercio y/o en el mismo sobre de títulos de crédito...
- Saludos, Yakoo (discusión) 02:48 26 dic 2006 (CET)