Diferencia entre revisiones de «Wikipedia:Votaciones/2015/Requisitos mínimos para derecho a voto»

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== Votación sobre el cuarto aspecto: ¿Se debe exigir una actividad reciente para obtener el derecho a voto? ==
== Votación sobre el cuarto aspecto: ¿Se debe estipular una medida de actividad reciente para mantener el derecho a voto? ==
La actividad reciente se refiere al número de ediciones hechas por un usuario en un periodo limitado inmediatamente anterior al inicio de la votación. En caso de obtener 2/3 en esta votación, se hará a la comunidad una primera pregunta en la que se decidirá la duración de ese periodo y una segunda pregunta en la que se escogerá el valor medio diario de ediciones durante ese periodo. El número de ediciones se obtendrá de duración×media. Adicionalmente, se modificará la [[Wikipedia:Votaciones|política sobre votaciones]], sección "[[Wikipedia:Votaciones#Cómo participar|Cómo participar]]" y se añadirá un inciso d que dirá: "d) que la cuenta de usuario haya realizado un promedio de X ediciones en los espacios de nombre de contenido enciclopédico por día en un intervalo de Y meses inmediatamente anteriores al inicio de la votación".
La actividad reciente puede determinarse según el número de ediciones realizadas por un usuario en un periodo limitado inmediatamente anterior al inicio de una votación. En caso de obtener 2/3 en esta votación, se modificará la [[Wikipedia:Votaciones|política sobre votaciones]], sección "[[Wikipedia:Votaciones#Cómo participar|Cómo participar]]" y se añadirá un inciso d que dirá: "d) que la cuenta de usuario haya realizado al menos ''X'' ediciones en los ''Y'' días inmediatamente anteriores al inicio de la votación". El periodo a medir (''Y'') se determinará por la segunda pregunta y el resultado de la tercera pregunta establecerá el valor medio diario de ediciones que se deben realizar durante ese periodo para mantener el derecho a voto. El número de ediciones (''X'') se obtendrá de multiplicar la duración elegida por la media diaria escogida.


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=== ¿Cuál debe ser el promedio de ediciones en espacio principal por día que debe tener un usuario con derecho a voto? ===
=== ¿Cuál debe ser el promedio de ediciones por día que debe tener un usuario con derecho a voto? ===
==== 1 edición por día ====
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Revisión del 20:07 22 ene 2016

Asunto

Esta votación pregunta por tres aspectos referidos a los requisitos mínimos para determinar el derecho a voto, contemplados en la política sobre votaciones: Wikipedia:Votaciones, sección "Cómo participar"

  • La cantidad mínima de contribuciones: la política vigente señala en 100 la cantidad de ediciones mínimas para poder votar.
  • Los espacios de nombres considerados: la política vigente estipula que sólo se tendrán en cuenta, para determinar el derecho a votar, las ediciones realizadas en los espacios de nombre de contenido enciclopédico, es decir, el espacio principal y el espacio "Anexos".
  • La antigüedad: la política vigente determina que para que un usuario tenga derecho a voto, su primer contribución debe haberse realizado hace por lo menos un mes.

Antecedentes

La política vigente concede derecho a voto a todo usuario registrado con al menos cien ediciones y treinta días de antigüedad, previos al inicio de la votación. Esta política fue aprobada el 29 de junio de 2006.

Los requisitos mínimos exigidos a los usuarios para participar válidamente en votaciones han sido objeto de numerosas propuestas a lo largo de la historia de Wikipedia en español.

  • Desde el comienzo del proyecto hasta fines de 2004, el acuerdo tácito era que cualquier usuario registrado tenía derecho a participar con voz y voto en el proceso de toma de decisiones.
  • El primer ajuste formal se produjo el 19 de septiembre de 2004. En ese entonces se decidió la sintaxis de las subpáginas de votaciones, sin que se cambiasen los requisitos para emitir el voto.
  • Los requisitos mínimos comenzaron a discutirse desde diciembre de 2004 hasta marzo de 2005, sin arribarse a conclusiones.
  • Como resultado de la discusión anterior, entre el 14 y el 28 de marzo de 2005 se llevó a cabo una votación. La opción más votada fue la de no exigir un mínimo de ediciones; sin embargo, por defecto de formulación (la opción en favor de exigir un mínimo incluía una serie de subopciones), el resultado no quedó claro y fue objeto de impugnaciones cruzadas.
  • Prevaleciendo la opinión de que el resultado anterior indicaba el deseo de la comunidad de establecer un requisito de número mínimo de ediciones, se llevó a cabo una "segunda vuelta" entre el 5 y el 15 de abril de 2005. Esta instancia arrojó siete votos a favor de exigir 50 ediciones, y cinco votos a favor de exigir 150. Considerando lo exiguo del número de votantes, se decidió dejar en suspenso la aplicación de la norma votada con el propósito de obtener mayor consenso.
  • Entre el 15 y el 25 de junio de 2005 se realizó una nueva votación con el fin de establecer el número mínimo de ediciones requeridas para el derecho a voto. Se impuso por 32 votos contra 5 la opción en favor de exigir 50 ediciones como mínimo, la que por lo tanto fue aprobada y se convirtió en política.
  • Esa política expresa, que no requería antigüedad mínima, estuvo vigente hasta finales de junio de 2006. Entre el 16 y el 29 de junio de 2006 se llevó a cabo una nueva votación, de inusual complejidad porque debía decidirse entre 18 propuestas distintas. La opción con mayor porcentaje de aceptación (38 votos a favor, 19 en contra) y al mismo tiempo la más votada formulaba la regla de cien ediciones sin distinción de espacio y treinta días de antigüedad. Nótese que ya entonces hubo propuestas en favor de imponer restricciones adicionales (como que las ediciones se realizaran en ciertos espacios de nombres, o en artículos distintos, o empleando un mecanismo de "karma", etc.). Esa política 100/30 fue aprobada, entró en vigencia el 30 de junio de 2006, y es la que nos rige hasta hoy.
  • En 2007 se intentó modificar los requisitos para el derecho a voto. Con ese fin se llevó a cabo una nueva votación entre el 24 de agosto y el 8 de septiembre de 2007, que implicaba una decisión en general sobre la necesidad de modificación, y en caso de resultar aprobada esta, decisiones en particular sobre los requisitos adicionales. La propuesta en general fue rechazada, al no obtener los dos tercios requeridos. Cabe destacar que entre las opciones en particular se habían planteado requisitos adicionales sobre los espacios de nombres "válidos", como los que aquí se discuten; la opinión mayoritaria entonces (41 a 27) fue contraria a imponer restricciones relacionadas a los espacios de nombres.
  • Un año después se propuso una nueva modificación, que fue sometida a votación entre el 30 de septiembre y el 14 de octubre de 2008. Aquí también se votaba en general imponer restricciones sobre antigüedad de ediciones, y ``en particular`` sobre el tipo de restricciones. La propuesta fue rechazada al no alcanzar el mínimo necesario para su aprobación.
  • Dieciséis meses después se propuso una nueva modificación, puesta a votación entre el 15 y el 28 de febrero de 2010. En ella también se resolvía una cuestion en general, sobre la necesidad de modificación de la política, y cuestiones en particular sobre número mínimo de ediciones, antigüedad como usuario y actividad reciente; entre las opciones de "actividad reciente" se hallaban algunas relativas a restricciones sobre los espacios "válidos". La propuesta fue rechazada por no obtener el mínimo de votos requerido.
  • La restricción de la validez de las ediciones para la cuenta mínima de cien ediciones fue nuevamente discutida en 2010 y ha sido objeto de opiniones de numerosos usuarios en el ámbito del Café. Si se considera que la política vigente fue aprobada mediante una votación formal, corresponde la misma formalidad para modificarla.

Instrucciones

Cada uno de los aspectos presentados (1.Número de ediciones; 2.Espacio de nombres considerados; 3.Antigüedad mínima; 4.Actividad reciente) se vota por separado, y para que sean modificados deben obtener 2/3 de votos a favor en su pregunta "general". Las preguntas subordinadas determinan los parámetros a utilizar en los distintos aspectos, en caso de que se acuerde modificar la política, y por lo tanto se elige la opción más votada.

Duración

Catorce días. Del nn de aaaa de 201x al mm de bbbb de 201x.

Votación sobre el primer aspecto: ¿Se debe elevar la cantidad mínima de ediciones consideradas para poder votar?

Si esta votación obtiene 2/3 de votos a favor, se modificará la política sobre votaciones, sección "Cómo participar" inciso b, específicamente la parte en negrita que actualmente dice: "b) haber realizado al menos 100 contribuciones al proyecto (...)". El número de contribuciones se determinará por la segunda pregunta, según la opción más votada.

A favor
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En contra
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¿Cuántas ediciones como mínimo debe tener un usuario con derecho a voto?

200

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300

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500

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1000

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2000

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Votación sobre el segundo aspecto: ¿Se deben cambiar la cláusula sobre los espacios de nombres en los que se cuentan las ediciones mínimas para tener derecho a voto?

Si esta votación obtiene 2/3 de votos a favor, se modificará la política sobre votaciones, sección "Cómo participar" inciso b, específicamente la parte en negrita que actualmente dice: " (...) en páginas de los espacios de nombre de contenido enciclopédico, entendidos como tales el espacio de nombres principal y el espacio de nombres «Anexo»". El número de contribuciones se determinará por la segunda pregunta, según la opción más votada.

A favor
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En contra
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¿Qué espacios de nombre deben ser considerados para contar las ediciones mínimas para obtener el derecho a voto?

En cualquier espacio de nombres

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En cualquier espacio de nombres, pero al menos dos tercios deben haberse realizado en páginas de contenido enciclopédico, entendidos como tales el espacio de nombres principal y el espacio de nombres «Anexo»

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En cualquier espacio de nombres, sin contar aquellas realizadas en espacios de nombres de contenido personal, entendido como tal el espacio de nombres «Usuario»

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Votación sobre el tercer aspecto: ¿Se debe modificar la antigüedad mínima para obtener el derecho a voto?

Si esta votación obtiene 2/3 de votos a favor, se modificará la política sobre votaciones, sección "Cómo participar" inciso c, específicamente la parte en negrita que actualmente dice: "c) que la cuenta de usuario tenga al menos un mes de antigüedad (30 días calendario desde tu primera contribución con dicha cuenta)". La antigüedad se determinará por la segunda pregunta, según la opción más votada.

A favor
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En contra
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¿Qué antigüedad debe tener un usuario con derecho a voto?

2 meses (60 días calendario)

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3 meses (90 días calendario)

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6 meses (180 días calendario)

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1 año (365 días calendario)

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Votación sobre el cuarto aspecto: ¿Se debe estipular una medida de actividad reciente para mantener el derecho a voto?

La actividad reciente puede determinarse según el número de ediciones realizadas por un usuario en un periodo limitado inmediatamente anterior al inicio de una votación. En caso de obtener 2/3 en esta votación, se modificará la política sobre votaciones, sección "Cómo participar" y se añadirá un inciso d que dirá: "d) que la cuenta de usuario haya realizado al menos X ediciones en los Y días inmediatamente anteriores al inicio de la votación". El periodo a medir (Y) se determinará por la segunda pregunta y el resultado de la tercera pregunta establecerá el valor medio diario de ediciones que se deben realizar durante ese periodo para mantener el derecho a voto. El número de ediciones (X) se obtendrá de multiplicar la duración elegida por la media diaria escogida.

A favor
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En contra
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¿Cuál debe ser el intervalo de tiempo a tomar en cuenta para el cálculo del promedio?

2 meses (60 días calendario)

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3 meses (90 días calendario)

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6 meses (180 días calendario)

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1 año (365 días calendario)

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¿Cuál debe ser el promedio de ediciones por día que debe tener un usuario con derecho a voto?

1 edición por día

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3 ediciones por día

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5 ediciones por día

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10 ediciones por día

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