Usuario discusión:SamuelInzunza

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Se ha abierto una segunda consulta de borrado para «Karina Milei»[editar]

Hola, se ha abierto una consulta de borrado para un artículo en el que has colaborado, Wikipedia:Consultas de borrado/Karina Milei (2ª consulta). Una consulta de borrado es un proceso que se inicia para buscar la opinión de más wikipedistas para decidir el futuro de un artículo. Si estás interesado en participar de la discusión, deja tus comentarios en Wikipedia:Consultas de borrado/Karina Milei (2ª consulta). Gracias.--Jalu (discusión) 22:07 7 ene 2024 (UTC)[responder]

Observaciones y proposición de armonización en atención al artículo "Juan Ramón Godoy" (14.04.2024)[editar]

Estimado Samuel,

En atención a las observaciones, creo oportuno proponer una forma de consensuar una edición armonizada del artículo "Juan Ramón Godoy" en atención a los criterios "Wikipedia:Punto de vista neutral", "Wikipedia: Páginas de autopromoción" y "Wikipedia:Lo que Wikipedia no es", particularmente dados los acontecimientos en desarrollo. Acá estamos en un caso muy particular, ´puesto que a diferencia de otros casos como el "Caso Cathy Barriga" o el "Caso Raúl Torrealba", donde los imputados fueron formalizados de forma posterior a terminar su periodo como autoridades, acá estamos hablando del caso de una autoridad en funciones que es formalizada en el marco de un proceso judicial en desarrollo. Revisé muy delicadamente el marco legal en Chile sobre la materia, y, en esta situación en particular, la jurisprudencia es muy clara al respecto (adjunto bibliografía):

-De acuerdo al artículo 61 y 62 del DFL 1/ 2006 del Ministerio del Interior, cuando un alcalde en ejercicio es formalizado en el marco de un proceso judicial, inmediatamente entra en vigencia la "subrogancia", que de acuerdo a la ley en Chile tiene una duración de 45 días. ¿Qué se entiende por "subrogancia"? En síntesis, tanto el DFL 1/2006 como el artículo 52 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, lo definen como una "administración municipal transitoria" en la que el administrador municipal es a todos efectos el representante legal de la municipalidad, y, al mismo tiempo, para los efectos de la representación de la municipalidad en actos públicos y en instancias protocolares con la autoridad, un miembro del consejo municipal es el que actúa como representante público de la municipalidad. Es una figura legal muy rara para quienes no están muy familiarizados en el tema o para quienes fuera de Chile están acostumbrados a una organización de la democracia comunal más cercana a lo que es un modelo "parlamentarista" donde en países como España los mecanismos para casos similares a Godoy difieren muchísimo. No nos olvidemos que estamos escribiendo para 400 millones de hispanoparlantes.

-La vacancia de iure de un alcalde en funciones está definida en los términos que se indican en el artículo 60 del DFL 1/2006 y el artículo 52 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades; en otras palabras, sólo 45 días después de declarada la "subrogancia", se declara la vacancia de iure por parte del consejo municipal por las causales que señala la ley; o en su defecto, el TER puede declararla antes de ese periodo.

-Este caso en particular -por ser muy diferente a los casos de Raúl Torrealba y Cathy Barriga- es un ejemplo de la dicotomía de iure/de facto, muy estudiada en las ciencias jurídicas. En esos términos, hay una configuración de una situación "de facto" de acuerdo a la ley de municipalidades a partir de una medida cautelar judicial "de iure" conforme a la legislación vigente, y dadas estas razones, me parece oportuno ver la forma en cómo explicar una terminología legal muy compleja de entender en algo sencillo de entender para 400 millones de lectores. Concedo el hecho de que mientras no se declare la vacancia de iure, debiésemos consensuar en un "disclaimer" preciso y exacto para el artículo "Juan Ramón Godoy" que sea entendible para los 400 millones de lectores de Wikipedia en Español. La solución es citar lo que dice la jurisprudencia chilena como nota al pie y como mención explícita, y mantener cautela de aquí a lo que ocurra en el desarrollo del proceso judicial mientras mantenga la vigencia de la investigación judicial en Rancagua. Al mismo tiempo, creo que es preciso y necesario utilizar el término "Administración municipal transitoria conforme al artículo 52 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y a los artículos 60, 61 y 62 del DFL 1/2006" y el término "Subrogancia y Administración Municipal Transitoria" como términos neutrales (aplicado de acuerdo al criterio "Wikipedia:Punto de vista neutral") para describir tanto la situación actual de Godoy como también a la administración sucesora de Godoy (previo a las elecciones regionales y municipales de 2024); y utilizarlo no sólo para casos como este, sino para futuras situaciones similares.

Lo que dice la jurisprudencia chilena, no es información especulativa o "vandalismo", que la bibliografía añadida cumple lo que se exige en esta plataforma en cuanto a la relevancia enciclopédica, y por lo tanto, atendidos los criterios "Wikipedia:Punto de vista neutral", "Wikipedia: Páginas de autopromoción" y "Wikipedia:Lo que Wikipedia no es", da precisiones exactas respecto del asunto porque cumple lo que Wikipedia pide para los artículos, y más cuando existen situaciones de iure donde no es fácil explicar al lector cómo opera la jurisprudencia. Cada uno tenemos una creencia en particular respecto del tema, pero sin embargo, nosotros nos debemos a los lectores que tienen también su propia percepción del tema, más en un contexto sociocultural donde el problema de la desinformación ha generado externalidades diversas que han afectado la gobernanza. Y por estas razones, conviene citar la jurisprudencia -como forma de abordar esto desde un punto de vista neutral- porque es oportuno que los lectores conozcan cómo es el marco legal en Chile, y por lo tanto tengan una opinión formada y fundamentada. Yo actué de buena fe al incluirlo en la bibliografía, porque la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile es una base de datos fidedigna y verificable para revisar jurisprudencia de acuerdo al criterio que recomienda Wikipedia, y por lo tanto, corresponde incluirla, a fin de evitar situaciones de desinformación sobre la jurisprudencia y como manera de hacer pedagogía cívica sobre un asunto que es complejo. Atentamente, BradenMarina (discusión) 17:36 16 abr 2024 (UTC)[responder]

Hola @BradenMarina. Ya respondí a tus observaciones en tu página de discusión, así que aquí me limitaré a responder sobre el uso de las fuentes legales en tus ediciones. La cuestión es que las fuentes que utilizaste son perfectamente fiables y válidas para sustentar la información que mencionas, y no encuentro necesariamente inexactitudes en ella. También encuentro que es neutral, que no propende a la promoción del biografiado, y que la explicación y análisis del marco jurídico que norma los casos de ausencia temporal y vacancia del cargo de alcalde en Chile que tu realizas es bueno. Sin embargo, nada de esto tiene relación con el carácter arbitrario de tus ediciones. Éste recae en el acto de agregar toda esta información en la biografía de Juan Ramón Godoy, pues no es el lugar donde corresponde, y hasta la forma en que fue agregada presenta problemas. Es importante aclarar el estatus legal del municipio, "quién gobierna la comuna con Godoy en prisión preventiva" (por eso agregué una nota al pie explicando la consecuencia que tuvo la prisión preventiva en el gobierno municipal de Rancagua), pero no creo que tus ediciones hayan contribuido en ese sentido, más bien al contrario. oncuerdo con que actuaste de buena fe en tus observaciones, pero este tipo de observaciones, en su forma y fondo, no corresponden en este tipo de artículos, por las razones que ya comenté en tu página de discusión. Sin más que añadir al respecto, me despido cordialmente. SamuelInzunza (discusión) 19:45 17 abr 2024 (UTC)[responder]