Usuario:MarcoAurelio/LEJVD
Estatuto de la víctima del delito | ||
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Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito | ||
Extensión teritorial | España | |
Legislado por | Cortes Generales | |
Referencia del diario oficial | BOE-A-2015-4606 | |
Historia | ||
Aprobación | 16 de marzo de 2015[1][2] | |
Promulgación | 27 de abril de 2015 | |
Publicación | 28 de abril de 2015 | |
Entrada en vigor | 28 de octubre de 2015 | |
Legislación vigente |
El Estatuto de la víctima del delito es una ley española cuyo propósito es ser el catálogo general de derechos de las víctimas del delito, tanto dentro como fuera del proceso penal, sin perjuicio de las especialidades que se puedan producir en relación con las víctimas con necesidades especiales o bien de especial vulnerabilidad.
Según su artículo primero, la ley es de alcance universal, por cuanto las disposiciones de la ley serán aplicables «a las víctimas de delitos cometidos en España o que puedan ser perseguidos en España, con independencia de su nacionalidad, de si son mayores o menores de edad o de si disfrutan o no de residencia legal».
Notas[editar]
Referencias[editar]
- ↑ «Diario de sesiones del Congreso de los Diputados, nº 272, año 2015, X Legislatura». 16 de marzo de 2015. Consultado el 16 de noviembre de 2019.
- ↑ «Boletín Oficial de las Cortes Generales». 22 de abril de 2015. Consultado el 16 de noviembre de 2019.