Usuario:LMLM/Pueblo asturiano

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Los asturianos son, según el contexto, los habitantes de la región histórica del Principado de Asturias, los nacidos en ese territorio o el pueblo asturiano como titular de los derechos políticos de la Comunidad Autónoma asturiana.

Demografía[editar]

Según el censo de 2011, la población del Principado de Asturias era de 1 075 183 personas, de las 47 711 eran extranjeras. De todos ellas 859 008 habían nacido en Asturias, 857 226 de nacionalidad española y 1 782 de otra nacionalidad. Según la misma fuente, del total de las personas residentes en España, 1.017.388 de ellas habían nacido en Asturias.

De acuerdo al Censo Electoral de españoles residentes en el extranjero (CERA), a 1 de diciembre de 2012, en la provincia de Asturias había 95.204 personas inscritas. El país con mayor número de asturianos inscritos en el CERA era, para esa misma fecha, Argentina, con 26.268 personas.

Condición política[editar]

Según el artículo 7 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, tienen la condición política de asturianos los españoles con vecindad administrativa en cualquiera de los concejos que componen el territorio de la comunidad autónoma.

Así mismo, gozan de dicha condición política los emigrantes españoles en el extranjero cuya última residencia en España haya sido en Asturias y sus descendientes, aunque nunca hayan residido en la región.

Consecuencias

Las consecuencias de poseer la condición política de asturianos se resumen en:

  • Ser elector y elegible en las elecciones autonómicas. Esto implica que todos los cargos públicos para los que se exija el ser diputado quedan reservados a los que tengan la ciudadanía asturiana.
  • Ser designable como senador por la Junta General del Principado.
  • Poder participar en la inciativa legislativa popular.

Los derechos y deberes fundamentales de los asturianos son los establecidos en la Constitución Española.

Asturianía cultural en el Estatuto

El artículo 8 del Estatuto reconoce la asturianía como identidad cultural con la región, que no comporta derechos políticos.

La asturianía se define como relación sentimental con la región y se refiere a los que, sin tener la condición política de asturianos, mantienen lazos culturales y de afectividad con Asturias. Esta asturianía cultural recae en agrupaciones no ubicadas en la región: "comunidades asturianas asentadas fuera de Asturias". Dicha asturianía se concreta genéricamente como el "derecho a colaborar y compartir la vida social y cultural de Asturias", sin "derechos políticos".

http://www.unioviedo.es/constitucional/miemb/bastida/LA%20POBLACION.pdf

La Junta General del Principado de Asturias es la representante del pueblo asturiano.


Identidad[editar]

Bailes[editar]

Uno de los elementos que marcan la etnicidad asturiana son algunos bailes conocidos como regionales, folcóricos o tradicionales. Todos ellos tienen en común que son bailes asociados a las romerías de los pueblos y que eran aprendidos por imitación y realizados de manera libre y espontánea. El decaimineto en esta práctica hace que se traslade la misma a las agrupaciones folclóricas o grupos de baile.

No hay un único baile que por sí solo represente a todos los asturianos, como podría ser el caso de la sardana para los catalanes, sino un conjunto de ellos.

Los tipos de danzas se pueden resumir en danzas procesionales, danzas primas, bailes de parejas sueltas y enlazadas, bailes juego, bales y danzas arcaizantes.

La danza prima es un baile que está en el camino de destacar sobre el resto. Jotas El Pericote Corri-corri

Instrumentos musicales[editar]

Canción asturiana[editar]

Arte popular[editar]