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Usuario:GABIY MATURANO/Taller

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CAPITAL: Es la suma de los aportes de los asociados que se divide en cuotas sociales. En las Cooperativas si bien el Capital no es esencial para su concepción e identidad, es sin dudas necesario para el eficaz y eficiente desempeño de sus actividades con miras a satisfacer las necesidades de sus asociados. Tiene como características el ser ilimitado, variable, único e intangible. Estas cuotas sociales que constituyen el capital, se representan por certificados o acciones con el nombre del correspondiente asociado (son nominativas). Diferencia entre capital suscripto y capital integrado El Capital suscripto es la totalidad del capital que los socios se comprometen a integrar, y que la ley 20.337 en su artículo 25, establece que como mínimo debe integrarse al momento de la suscripción un 5 % de su total y el saldo debe integrarse en un plazo no mayor de cinco años para completar la integración de los aportes. Debemos tener en cuenta que dentro de esos límites la cooperativa tiene libertad para establecer en el estatuto todas las variantes posibles. Los aportes pueden ser tanto dinerarios como no dinerarios, pero tienen distinto tratamiento y consecuencia según estos sean hechos al momento de la constitución o con posterioridad a ella. Así entonces ,el capital integrado es la suma de los aportes del capital efectivamente realizado o pagado por el asociado. Diferencia entre capital y patrimonio El capital social y el patrimonio son conceptos y por tanto recursos económicos distintos. El único momento en que coinciden es en el momento de la constitución de la cooperativa. Luego, el Capital Social se va modificando conforme ingresen o egresen socios, hayan nuevos aportes sociales, reembolso para socios o reducción de capital.. El patrimonio se va a ir modificando en función de que los resultados de los ejercicios económicos sean favorables o desfavorables. El estado económico de la cooperativa se ve reflejado en la relación entre el valor del capital y el patrimonio, cuanto mayor sea el valor de patrimonio en relación al capital social más sólida será la situación de la cooperativa.[1][2]

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  1. Cuesta, Elsa.- Manual de derecho cooperativo-2°ed.-buenos aires, ED. abaco de Rodolfo Depalma, 2006.
  2. ley de cooperativas 20337/73- Republica Argentina.