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Un Proyecto de Inversión Pública (PIP) en Perú es un tipo de proyecto de inversión orientado a desarrollar las capacidades del estado para producir beneficios tangibles e intangibles en la sociedad. Su objetivo es dar solución a un problema social identificado de un sector específico.[1]​Son regulados a través del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). No son proyectos de inversión las intervenciones que constituyen gastos de operación y mantenimiento.[2]

Los PIP se orientan hacia el logro de los resultados previstos en el Plan de Desarrollo Local Concertado (PDLC) o los Planes de Desarrollo Regional Concertado (PDRC). Resulta importante mencionar que los PIP no solo se limitan a infraestructura, también implica actividades como asistencia técnica o capacitación.[1]

Resulta importante indicar que los recursos económicos derivados de diversos canon en el país solo pueden ejecutarse mediante este tipo de proyectos.[3]

Idea de proyecto de inversión[editar]

Es un primer planteamiento sobre el proyecto de inversión antes de su formulación y evaluación. Debe responder a los criterios de priorización establecidos por la OPMI de su entidad, así como contribuir al cierre de brechas priorizadas. [4]

Estas ideas se registran en el Formato N°05-A: Registro de idea de proyecto o programa de inversión a fin de que se verifique la pertinencia de la iniciativa de inversión.[4]

Información mínima[editar]

A continuación, se presenta la información mínima que debe considerarse para el registro de la idea de inversión:[4]

  1. Vinculación con los objetivos del plan estratégico institucional del sector: Gobierno Regional (GR) o Gobierno Local (GL).
  2. Articulación o sinergias con otras inversiones de la entidad: GR o GL.
  3. Cadena funcional, servicio, unidad productora, tipología de inversión e indicador de brecha.
  4. Justificación del planteamiento en términos de su prioridad y de su contribución al cierre de brechas.
  5. Hipótesis del problema central, causas y efectos.
  6. Delimitación preliminar del área geográfica a intervenir y de los beneficios directos.
  7. Planteamiento preliminar: objetivo central, principales acciones, metas físicas referenciales de producto y costo de inversión preliminar.
  8. Descripción cualitativa de los beneficios sociales que genera el proyecto o programa de inversión.
  9. Descripción cualitativa de los principales riesgos (institucional, legal, operacional, presupuestal, desastres, entre otros) que el proyecto podría enfrentar durante su ejecución y funcionamiento.
  10. ¿Cómo se plantea garantizar la operación y mantenimiento del proyecto?

Estructura[editar]

Es importante mencionar que este documento es de carácter obligatorio y solo aplica para los proyectos que solo requieren un estudio a nivel de perfil para evaluar su viabilidad. A continuación, se presenta el contenido del resumen ejecutivo que debe tener este documento:[5]

  1. Nombre del proyecto de inversión pública (PIP).
  2. Objetivo del proyecto.
  3. Balance oferta y demanda de los bienes o servicios del PIP.
  4. Descripción técnica del PIP.
  5. Costos del PIP.
  6. Beneficios del PIP.
  7. Resultados de la evaluación social.
  8. Sostenibilidad del PIP.
  9. Impacto Ambiental.
  10. Organización y gestión.
  11. Plan de implementación.
  12. Conclusiones y recomendaciones.
  13. Marco lógico.

Fases de los proyectos de inversión pública[editar]

Los proyectos de inversión pública se encuentran sujetos a las siguientes fases:[6]

  1. Fase de preinversión: Se realizan los estudios para sustentar y obtener la viabilidad del proyecto.
  2. Fase de inversión: Se inicia una vez obtenida la viabilidad del proyecto,
  3. Fase de post inversión.

Formulación y evaluación en el ciclo de inversión[editar]

A continuación, se presenta como funciona el proceso de presentación de un proyecto de inversión:[2]

Formulación y evaluación de estudios de proyecto de inversión[editar]

Esta fase inicia con la elaboración de la ficha técnica o del estudio de preinversión, siempre que el proyecto de inversión se encuentre previsto en el Programa Multianual de Inversiones respectivo.

La unidad formuladora registra en el aplicativo informático del Banco de Inversiones el proyecto de inversión, mediante el formato n.° 01: Registro de Proyecto de Inversión. Este documento debe tener el siguiente contenido mínimo:

  1. Definición de problemas y objetivos.
  2. Cuantificación de su contribución al cierre de brechas.
  3. Las líneas de corte y/o los parámetros de formulación y evaluación respectivos.
  4. Información cualitativa sobre el cumplimiento de requisitos institucionales.

Formulación y evaluación de las fichas técnicas y estudios de preinversión[editar]

  1. La Unidad formuladora verifica en el banco de inversiones que no exista un proyecto de inversión registrado con los mismos objetivos, beneficiarios directos, localización geográfica y componentes del que pretende formular.
  2. La UF elabora elabora las fichas técnicas para los proyectos de inversión simplificadas o estándar, o los estudios de preinversión para los proyectos de alta complejidad.
  3. La UF declarará la viabilidad de un proyecto de inversión en el banco de inversiones, incluyendo el formato de registro del proyecto de inversión, el archivo electrónico de la ficha técnica o del estudio de pre-inversión que sustenta la viabilidad y el Resumen Ejecutivo de dicho estudio.

Inversiones no previstas en el Programa Multianual de Inversiones[editar]

Estas inversiones deben ser sustentadas técnica y financieramente por la Oficina de programación multianual de inversiones (OPMI) conforme al "Anexo N° 05: Contenido mínimo del informe de sustento para incorporar inversiones no previstas en el PMI aprobado". Además, deben ser aprobadas por el órgano resolutivo del sector, gobierno regional o gobierno local y tras ello ser comunicado a Dirección General de Programación Multianual de Inversiones (DGPMI) por este órgano, para su publicación en el portal del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

Véase también[editar]

Referencias[editar]

  1. a b Guía de trabajo N° 6: Inversión Pública. MIM PERÚ. 
  2. a b «Directiva para la formulación y evaluación en el marco del sistema nacional de programación multianual y gestión de inversiones, Directiva N° 002-2017-EF/63.01». Diario El Peruano. 2017. Consultado el 13 de diciembre de 2023. 
  3. Reporte 4: Distribución del canon en el Perú. Presidencia del Consejo de Ministros. 2023. Consultado el 14 de diciembre de 2023. 
  4. a b c «Formato N.° 05: Registro de idea de proyecto o programa de inversión - 20 de marzo de 2023». YouTube (Ministerio de Economía y Finanzas del Perú) (Perú: Ministerio de Economía y Finanzas del Perú). 2023. Consultado el 12 de diciembre de 2023. 
  5. «Anexo SNIP 05A : Contenido mínimo de perfil para declarar la viabilidad de un PIP». 
  6. Andia V., Walter. «El Sistema Nacional de Inversión Pública. Un análisis Crítico». NOTAS CIENTÍFICAS 7 (1): 70-72.