Ir al contenido

Reforma tributaria de 1845

De Wikipedia, la enciclopedia libre
Esta es una versión antigua de esta página, editada a las 16:45 22 feb 2010 por CEM-bot (discusión · contribs.). La dirección URL es un enlace permanente a esta versión, que puede ser diferente de la versión actual.
Alejandro Mon, ministro de Hacienda de España en 1845

Reforma tributaria realizada en España, aprobada en el año 1844 que estableció las bases del actual Sistema tributario español.

Antecedentes

En el verano de 1843, un pronunciamiento militar comandado por los generales Serrano, Narváez y Prim derribó al general Espartero de su puesto de regente y puso fin al trienio progresista iniciado en 1843. Isabel II, que apenas había cumplido los trece años, fue declarada mayor de edad. Comenzaba un nuevo reinado y un nuevo período.

Reforma

Ramón de Santillán fue uno de los principales impulsores de la reforma fiscal de 1845

El ejecutivo que llegó al poder en 1844, presidido por Narváez, emprendió una reforma tributaria impulsada por su ministro de Hacienda Alejandro Mon y que se basó en el Dictamen de una comisión en la que jugó un papel fundamental un hombre poco brillante pero admirablemente lógico y ordenado, Ramón de Santillán; la reforma estableció las bases del sistema fiscal vigente, rompiendo con los esquemas del Antiguo Régimen.

El sistema anterior mantenía regímenes distintos para el antiguo reino de Aragón, Navarra, País Vasco y el resto del territorio y se articulaba sobre una gran variedad de impuestos, en su mayor parte de origen medieval.

La reforma trataba de introducir los principios tributarios liberales: legalidad, suficiencia y generalidad e implantar un sistema fiscal unificado para todo el país y eliminar las trabas al crecimiento económico y así se suprimieron las aduanas interiores, los diezmos, la alcabala y los millones. En el nuevo sistema tributario se dio mucha más importancia a los impuestos directos que a los impuestos indirectos, la base del nuevo sistema estaba compuesta por cinco impuestos:

  • Impuestos directos
    • Contribución sobre bienes inmuebles, cultivos y ganadería: según las previsiones presupuestarias debía cubrir aproximadamente el 25% de los ingresos del Estado.
    • Subsidio industrial y del comercio: Gravaba las actividades industriales y comerciales, dividiéndose en dos partes, una fija y otra variable proporcional.
    • Derecho de inquilinato, cuya vigencia apenas llegó a un año.

Junto a estos impuestos también tenían importancia destacada las rentas de aduanas y monipolios de tabacos y loterías.

Resultados

El subsidio industrial y comercial suscitó numerosas protestas y dio lugar a un alto nivel de fraude. La Administración no estaba preparada para la gestión de este nuevo sistema tributario y ésta se encomendó a los ayuntamientos y a los gremios, utilizándose el sistema de reparto de cupos. Más protestas aún suscitó el derecho de consumos (entrada de artículos en la ciudad, o su venta en los mercados) que perjudicaba a las clases más modestas y que pronto se hizo muy impopular.

La reordenación tributaria fue la base de la recuperación de la Hacienda durante el reinado de Isabel II y la que hizo posible por tanto el desarrollo de las obras públicas y de las disponibilidades en general. El sistema establecido en 1845, perduró hasta 1900, con algunas pequeñas transformaciones, en este año los problemas financieros derivados de las guerras coloniales, impusieron la reforma de Raimundo Fernández Villaverde.

Referencias

  • Comellas, José Luis. Historia de España, Moderna y contemporánea. Rialp. ISBN 84-321-0251-2. 
  • Tamames, Ramón; Rueda, Ramón. Estructura económica de España. Alianza Editorial. ISBN 84-206-4259-2.